Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2001 (25/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, jueves 25 de enero de 2001

NORMAS LEGALES

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c) PRONAA asumira los costos de logistica alimentaria, que incluye descarga, liberacion aduanera, venta de productos donados por el PMA, compras locales, almacenamiento y distribucion por el valor estimado de US$ 2'767,032. d) PRONAMACHCS aportara con recursos monetarios y bienes materiales para la ejecucion de obras y otras actividades del proyecto de acuerdo al siguiente desglose: i. ii. iii. iv. Manejo integrado de suelos, agua y bosques US$ 367,496 Rehabilitacion y manejo pastos y ganado 2'170,189 Desarrollo de micro-riego artesanal 2'167,327 Rehabilitacion y mantenimiento de caminos rurales e infraestructura 475,000 v. Diagnostico y planificacion participativa 24,000 vi. Estudio de linea de base (fondos locales del PMA) 40,000

2.4 Para la entrega de los insumos no alimentarios por parte del PMA, se aplicaran las mismas condiciones MORDAZA indicadas. 3. RECEPCION Y MANIPULEO DE LOS ALIMENTOS EN LOS PUNTOS DE ENTREGA 3.1 En todos los casos, el Gobierno se compromete a asegurar la descarga inmediata de los barcos, camiones y otros medios de transporte. 3.2 Desde el punto de entrega, todos los gastos, incluidos, entre otros, los derechos de importacion, impuestos, gravamenes, asi como los derechos portuarios, de muellaje, almacenamiento, gabarraje, descarga, clasificacion y demas derechos semejantes, incluyendo todos los tramites y gastos para la legalizacion de los documentos de embarque y demas certificados, seran asumidos por el Gobierno o este se exonerara de los mismos de acuerdo a la legislacion vigente. 3.3 En el caso de descarga de productos embarcados por el PMA con arreglo a un contrato de fletamento entre el PMA y los armadores o fletadores, cualquier sobre-estadia causada por el Gobierno al no prever el atraque inmediato y/o descarga inmediata del barco, correra por cuenta del Gobierno y sera reembolsado al PMA, previa MORDAZA de la solicitud correspondiente. En cambio, las primas de celeridad que se concedan por la reduccion del tiempo de rotacion del barco fletado se acreditaran al Gobierno. Las cuentas relacionadas con la sobre-estadia y las primas de celeridad se liquidaran anualmente. 3.4 En todos los demas contratos de transporte, los danos por retraso provocados por no proceder el Gobierno a la recepcion inmediata correran por su cargo. 3.5 Si alguno de estos gastos fuera abonado por el PMA en un primer momento, el Gobierno procedera a su reembolso inmediato. 4. SUPERINTENDENCIA Y RECLAMOS 4.1 El Gobierno permitira a los superintendentes designados por el PMA inspeccionar el estado de los productos en el momento de la descarga o tan pronto como sea posible despues de esta, para determinar su condicion y la magnitud de las perdidas y/o danos a fin que se pueda extender el certificado de recepcion correspondiente y, de ser necesario, presentar al transportista o asegurador un reclamo por esas perdidas y/o averias. 4.2 Sin perjuicio de cualquier otro termino aqui estipulado, el PMA gozara del derecho exclusivo de presentar todos los reclamos contra el transportista maritimo o terrestre en relacion con las perdidas o averias de las mercancias que se produzcan MORDAZA del traspaso del titulo de propiedad y de dirimirlas o renunciar a ellas, segun lo estime oportuno. Cuando se traspase la propiedad y/o el riesgo, el PMA podria actuar como agente a favor del Gobierno, el cual podria presentar su nombre para cualquier procedimiento judicial, si lo solicitara el PMA. 4.3 Sin perjuicio de la definicion de "traspaso de derecho de propiedad" arriba indicada, cuando la entrega fisica se extienda mas alla del acto de traspaso del derecho de propiedad, el PMA tendra el derecho, si lo estima oportuno, a reclamar, en nombre del Gobierno, las perdidas sufridas entre dicho traspaso y la entrega material. 4.4 En cualquier caso, ningun endoso o consignacion del conocimiento de embarque influira en la fecha y lugar del traspaso de propiedad MORDAZA senalado. Cualquier endoso o consignacion de este MORDAZA sera exclusivamente para facilitar los tramites administrativos del PMA o de las autoridades receptoras. 4.5 En lo que respecta a los envios a granel en barcos fletados, los pesos que figuran en el conocimiento de embarque/recibo de cargo no negociable seran considerados definitivos por el PMA y el Gobierno. Al arribo del barco, el PMA procedera a una inspeccion provisional para verificar, lo mas aproximadamente posible, la cantidad de carga a bordo. En caso de que el peso a bordo resultante de dicha inspeccion provisional indicase una discrepancia sustancial entre ese peso y el que figura en el conocimiento de embarque, el PMA MORDAZA las investigaciones pertinentes en estrecha cola-

e. PRONAA aportara con recursos monetarios provenientes de los saldos del proyecto PER 2341.02 y bienes materiales para desarrollar actividades relacionadas con el componente de la ciudadania, ahorro y microempresas segun el siguiente detalle: i. ii. iii. iv. v. vi. viii. viii. Alfabetizacion y promocion de la ciudadania US$ 634,305 Fomento del ahorro y generacion de ingresos 456,600 Formacion y desarrollo de empresas 1'206,600 Apoyo a la comercializacion 90,000 Estudio de Linea de Base 40,000 Sistema de control de almacenes 30,000 Equipos 16,200 Vehiculos 76,695

f. FONCODES financiara proyectos de desarrollo MORDAZA e infraestructura educativa segun el siguiente detalle: i. Rehabilitacion y manejo de pastos y ganado US$ 1'105,000 ii. Desarrollo de mini-riego artesanal 1'870,000 iii. Saneamiento ambiental (letrinas) y agua potable en colegios 950,000 El financiamiento de los proyectos en las mencionadas lineas de inversion se efectuara de acuerdo a la legislacion vigente y normatividad establecida por FONCODES. Para el efecto, el Fondo coordinara con PRONAMACHCS y PRONAA. g. INFES aportara recursos economicos de acuerdo a la normatividad vigente dentro de los plazos de vigencia del proyecto para: i. Rehabilitacion y construccion de infraestructura educativa ii. Saneamiento ambiental (letrinas) y agua potable US$ 1'250,000 950,000

PRONAMACHCS presentara al INFES los expedientes tecnicos MORDAZA de cada ejercicio presupuestal (mes de junio) para su inclusion en su Plan Operativo institucional y en su propuesta presupuestal anual. 2. ENTREGA DE SUMINISTROS 2.1 El Gobierno se MORDAZA cargo de la recepcion de los productos embarcados por el PMA en buques de linea y asumira el derecho de propiedad de los mismos al ser desembarcados en el muelle, o en caso de transporte en lanchas, tras descarga de ellas. Sin embargo, cuando el gabarraje este organizado por el armador o sea de su responsabilidad, la recepcion de los productos se verificara, a momentos de la descarga en el muelle desde las lanchas. 2.2 En el caso de productos embarcados por el PMA, con arreglo a un contrato de fletamento celebrado entre el PMA y los armadores o los fletadores, el Gobierno aceptara la entrega y asumira la propiedad de los productos asi enviados en la bodega del barco o en caso de gabarraje, al ser manipulados los productos por la maquinaria de descarga del mismo barco. 2.3 En caso de productos importados por tierra, el Gobierno se MORDAZA cargo de la recepcion de los mismos y asumira el derecho de propiedad en los puntos de entrega previamente convenidos.

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