Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 2001 (09/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 9 de MORDAZA de 2001

de MORDAZA MORDAZA y a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT) para su conocimiento y fines. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora de Habilitaciones Urbanas Direccion General de Obras Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA 23067 RESOLUCION Nº 022-2001-MML-DMDU-DHU MORDAZA, 14 de marzo de 2001 LA DIRECTORA DE HABILITACIONES URBANAS Visto el Expediente Nº 857-2001; y el Anexo Nº 13472001, seguidos por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los que se solicita se le autorice la Subdivision sin cambio de uso y sin obras complementarias del terreno de 386.62 m2, calificado con Zonificacion para Uso Residencial de Baja Densidad "R-2", constituido por el denominado Lote Nº 07 de la Manzana Nº 11, de la urbanizacion Country Club Balneario MORDAZA MORDAZA, ubicado en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el recurrente ha cumplido con presentar la documentacion requerida para el tramite correspondiente y ha abonado los derechos administrativos senalados en el MORDAZA y en el Reglamento Nacional de Construcciones. Estando con el Informe Nº 020-2001-MML-DMDUDHU-DSD y Nº 046-2001-MML-DMDU-DHU-DSD del 15 de enero del 2001 y del 1 de marzo del 2001, emitidos por la Division de Subdivisiones de la Direccion de Habilitaciones Urbanas. De conformidad con lo previsto en el Art. 168º del Edicto Metropolitano Nº 021, el Articulo 3º del Decreto de Alcaldia Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997 y la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853. SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR la Subdivision sin cambio de uso y sin obras complementarias del terreno de 386.62 m2 (TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS), calificado con Zonificacion para Uso Residencial de Baja Densidad "R-2", constituido por el denominado Lote 07, de la Manzana 11, de la urbanizacion Country Club Balneario MORDAZA MORDAZA, ubicado en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, de la siguiente forma: - SUBLOTE 7-A.- con un area de 193.31 m2. - SUBLOTE 7-B.- con un area de 193.31 m2. Las caracteristicas de los Sublotes resultantes figuran en el plano signado con el Nº 013-2001-MML-DMDUDGO-DHU y la Memoria Descriptiva que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- AUTORIZAR, la inscripcion ante la Oficina Registral de MORDAZA y Callao de los Sublotes 7-A y 7-B, asi como autorizar la libre venta de los mismos; senalando que la presente Resolucion solo aprueba la subdivision del lote, no convalidando la falta de Licencias de Construccion que a la fecha podrian existir, ni regularizando las construcciones existentes. Articulo Tercero.- DISPONER, que los propietarios estan obligados a insertar en los contratos de venta que celebren una clausula en la que establezcan la indivisibilidad de los mismos. Articulo Cuarto.- DISPONER, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, la cual estara a cargo de la interesada, debiendo efectuarse en un plazo MORDAZA de treinta dias calendario contados a partir de la fecha de notificacion de la presente.

Articulo Quinto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolucion a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para su inscripcion correspondiente, a la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA y a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT) para su conocimiento y fines. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora de Habilitaciones Urbanas Direccion General de Obras Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA 23069 RESOLUCION Nº 025-2001-MML-DMDU-DHU MORDAZA, 14 de marzo de 2001 LA DIRECTORA DE HABILITACIONES URBANAS Visto el Expediente Nº 880-2001, y el Anexo Nº 13362001, seguidos por SEALAND S.A.C., por los que solicita se le autorice la Subdivision sin cambio de uso y sin obras complementarias del terreno de 366.25 m2, calificado con Zonificacion para Uso Residencial de Baja Densidad "R2", constituido por el denominado Lote Nº 10 de la Manzana Nº 40, de la urbanizacion Country Club Balneario MORDAZA MORDAZA, ubicado en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que el recurrente ha cumplido con presentar la documentacion requerida para el tramite correspondiente, y ha abonado los derechos administrativos senalados en el MORDAZA y en el Reglamento Nacional de Construcciones. Estando con el Informe Nº 030-2001-MML-DMDUDHU-DSD y Nº 066-2001-MML-DMDU-DHU-DSD del 15 de enero del 2001, y del 7 de marzo del 2001 emitidos por la Division de Subdivisiones de la Direccion de Habilitaciones Urbanas. De conformidad con lo previsto en el Art. 168º, del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Decreto de Alcaldia Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997, y la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853. SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR la Subdivision sin cambio de uso y sin obras complementarias del terreno de 366.25 m2 (TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON VEINTICINCO DECIMETROS CUADRADOS) calificado con Zonificacion para Uso Residencial de Baja Densidad "R-2", constituido por el denominado Lote 10, de la Manzana 40, de la Urbanizacion Country Club Balneario MORDAZA MORDAZA, ubicado en el distrito de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, de la siguiente forma: SUBLOTE 10-A.- Con un area de 183.125 m2. SUBLOTE 4-B.- Con un area de 183.125 m2. Las caracteristicas de los Sublotes resultantes figuran en el Plano signado con el Nº 035-2001-MML-DMDUDGO-DHU, y la Memoria Descriptiva que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- AUTORIZAR, la inscripcion ante la Oficina Registral de MORDAZA y Callao de los Sublotes 10A y 10-B, asi como autorizar la libre venta de los mismos. Asi mismo la presente Resolucion solo aprueba la subdivision del lote, no convalidando la falta de licencias de construccion que a la fecha podrian existir, ni regularizando las construcciones existentes. Articulo Tercero.- DISPONER, que los propietarios estan obligados a insertar en los contratos de venta que celebren una clausula en la que establezcan la indivisibilidad de los mismos. Articulo Cuarto.- DISPONER, la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, la cual estara a cargo de los interesados debiendo

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