Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2002 (03/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 3 de agosto de 2002

tro MORDAZA de 1 ½ ", finos y ligantes, en proporciones adecuadas. La mezcla y compactacion se efectuara con riegos sucesivos cercanos al optimo contenido de humedad y hasta alcanzar como minimo el 98% de la Densidad MORDAZA Modificado de Laboratorio para un indice de C.B.R. de 80. Se procurara una superficie MORDAZA y uniforme con el conveniente bombeo del centro a los extremos, cuidando mantener el nivel de las tapas de buzones para la aplicacion de una futura MORDAZA asfaltica de 2" de espesor. Superficie de Rodadura.- Estara constituida por una MORDAZA asfaltica en caliente de 2" de espesor como minimo, que se aplicara previa imprimacion de la superficie de base con asfalto liquido RC-250. Aceras.- Seran de Concreto de calidad de f'c = 175 kg/cm² de 0.10 m. de espesor y su colocacion se efectuara sobre un terraplen de material limpio, de buena calidad y debidamente compactado. El desnivel con relacion a la calzada terminada sera de 0.20 m. y el acabado sera con mezcla cemento MORDAZA fina en proporcion 1:2 y de un centimetro de espesor. Los radios de los abanicos en las esquinas seran de 6.00 m. Sardineles.- En ambos lados de las calzadas, confinando y protegiendo sus bordes y a nivel de dichas calzadas, se construira sardineles de concreto de calidad f'c = 175 kg./cm² y de dimensiones 0.15 m. x 0.30 m. En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construiran sardineles de concreto de calidad y acabado final igual a las aceras, en forma monolitica y homogenea con ellas y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. Rampas en Bermas para Personas con Discapacidad.- En los lugares senalados en el plano de Trazado y Lotizacion, se construiran rampas en las bermas que conectaran los niveles superiores de las aceras y de las calzadas, de acuerdo a lo dispuesto en la MORDAZA Tecnica NTE-U.190 "ADECUACION URBANISTICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD" aprobada por Resolucion Ministerial Nº 069-2001-MTC/15.04 de fecha 7.2.2001. Obras Sanitarias.- Seran ejecutadas de conformidad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que seran aprobados por SEDAPAL. Electricidad.- Los interesados ejecutaran las obras de acuerdo al proyecto que apruebe la empresa concesionaria Luz del Sur, debiendo poner en su conocimiento la fecha de inicio y termino de las mismas. Instalaciones Telefonicas.- Para las instalaciones telefonicas, el interesado debera coordinar con la Gerencia de Proyectos de Plantas Externas de Telefonica del Peru S.A., para la instalacion de ductos y camaras y la reserva de areas para centrales. Articulo Cuarto.- DISPONER, quede como carga inscrita en el Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA la obligacion del propietario de cancelar el deficit de aporte reglamentario para Recreacion Publica, que sera redimido en dinero, MORDAZA de la Recepcion de Obras y en consecuencia queda como garantia el Lote Nº 1 de la Mz. "A". El deficit de aporte para Recreacion Publica debe ser valorizado y cancelado en la Municipalidad de MORDAZA de Surco. Articulo Quinto.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de LIDER INGENIERIA Y CONSTRUCCION S.A., en el plazo de cinco dias utiles contados a partir del dia siguiente de notificado, sufragando los gastos que irrogue la mencionada publicacion. Articulo Sexto.- REMITIR los presentes actuados administrativos en MORDAZA simple a la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para su verificacion de acuerdo a Ley. Articulo Setimo.- ENCARGAR el cumplimiento de los articulos precedentes a la Direccion de Desarrollo MORDAZA, a traves de la Subdireccion de Obras Privadas. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 13748

MUNICIPALIDAD DISTRITAL MORDAZA MORDAZA
Declaran nulidad de MORDAZA de adjudicacion directa convocado para la adquisicion de alimentos destinados al Programa del Vaso de Leche
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 108-2002-MDIE MORDAZA MORDAZA, 22 de MORDAZA del 2002 VISTO: El Informe s/n de fecha 19 de MORDAZA 2002-MDIE-CEPVL, presentado por el Comite Especial referido a la nulidad de la Adjudicacion Directa Publica, Primera Convocatoria; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo previsto en el penultimo parrafo del Articulo 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y el ultimo parrafo del numeral 2) de las Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 022-2001-CONSUCODE (PRE), aprobada por Resolucion Nº 200-2001-CONSUCODE (PRE) y publicada el 14-12-2001 en el Diario Oficial El Peruano establece, que las Entidades solo pueden convocar y efectuar las licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas publicas y selectivas que se encuentren programadas e incluidas en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones; Que, el Oficio Nº 1606-2002 (GTN/MON) de CONSUCODE, recepcionado el 15/7/02, precisa que la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA no ha cumplido con la Publicacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones y respecto a las Bases que se ha contravenido ciertos dispositivos legales; Que, el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, en su Articulo 26º, establece que el Titular del Pliego o la MORDAZA Autoridad Administrativa de la Entidad segun corresponda, podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por alguna de las causales establecidas en el Art. 57º del D.S. Nº 012-2001-PCM; Que, la inobservancia de las disposiciones MORDAZA mencionadas determinan, la nulidad absoluta del MORDAZA Selectivo Convocado por contravenir las normas legales vigentes; Que, en uso de las atribuciones conferidas por los DD.SS. Nºs. 012 y 013 del TUO y Reglamento y la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27444, Ley del Procesamiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar de Oficio la Nulidad del MORDAZA Selectivo, la Adjudicacion Directa Publica Primera Convocatoria, para la adquisicion de alimentos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, correspondiente a los meses de Enero-Diciembre del 2002, en merito a lo dispuesto en la parte considerativa. Articulo 2º.- Publicar en el Diario Oficial El Peruano la presente Resolucion dentro de los plazos que establece la Ley, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA ARCELA MORDAZA MORDAZA 13857

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