Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2002 (17/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 17 de agosto de 2002

Que, el Articulo 7º, Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27594, establece que mediante Resolucion Ministerial o del Titular de la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designacion o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contemplados en el Articulo 1º de la mencionada Ley; De conformidad con la Ley Nº 27594, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia presentada por don MORDAZA BARTRA DEL MORDAZA, como Director Sub Regional de Educacion Tarapoto, cargo considerado de confianza, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AYZANOA DEL MORDAZA Ministro de Educacion 14717

S.A.A., sobre imposicion, en via de regularizacion, de la servidumbre de ocupacion de bienes para la subestacion de distribucion electrica Nº 8729; La solicitud de nulidad presentada con fecha 22 de MORDAZA de 2002 por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Ministerial Nº 482-99-EM/VME, de fecha 20 de setiembre de 2002; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 482-99-EM/ VME, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 20 de setiembre de 1999, se impuso, a favor de Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A.A. - Edelnor S.A.A., en via de regularizacion y con caracter permanente, la servidumbre de ocupacion de bienes para la subestacion de distribucion electrica Nº 8729; Que, mediante escrito de fecha 22 de MORDAZA de 2002, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito la declaratoria de nulidad de la Resolucion Ministerial Nº 482-99-EM/VME, por considerarla violatoria de su derecho a la propiedad; Que, mediante Resolucion Viceministerial Nº 011-2002EM/VME, de fecha 7 de junio de 2002, se declaro improcedente la solicitud de nulidad presentada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, toda vez que el mencionado acto administrativo de imposicion de servidumbre no se encontraba aquejado de vicio de ilegalidad alguno; Que, el numeral 11.2 del articulo 11º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la nulidad sera conocida y declarada por la autoridad superior a aquella que dicto el acto. Si se tratara de un acto dictado por una autoridad que no esta sometida a subordinacion jerarquica, la nulidad sera declarada por resolucion de la misma autoridad; Que, la solicitud de declaratoria de nulidad presentada contra la Resolucion Ministerial Nº 482-99-EM/VME, fue resuelta mediante Resolucion Viceministerial Nº 0112002-EM/VME; esto es, emitida por una autoridad de menor jerarquia, contraviniendo lo establecido por el numeral 11.2 del articulo 11º de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, el articulo 10º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la contravencion a la Constitucion, a las leyes o a las normas reglamentarias, son vicios del acto administrativo que causan su nulidad de pleno derecho; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 202.1 del articulo 202º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, en cualquiera de los casos enumerados en el articulo 10º citado, puede declararse de oficio la nulidad de los actos administrativos, aun cuando hayan quedado firmes; Que, de acuerdo con lo senalado en los considerandos que anteceden, la Resolucion Viceministerial Nº 0112002-EM/VME, devendria en nula, por lo que corresponde declarar, de oficio, la referida nulidad, quedando de esta manera agotada la via administrativa; Que, de otro lado, en cuanto a la solicitud de nulidad presentada por el recurrente con fecha 22 de MORDAZA de 2002, cabe indicar que los fundamentos expuestos no resultan atendibles en el sentido que en la expedicion de la Resolucion Ministerial Nº 482-99-EM/VME no se incurrio en vicio de nulidad alguno, encontrandose conforme con las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 003-95-PCM, que autorizo al Ministerio de Energia y Minas para que mediante Resolucion Ministerial, regularice las servidumbres existentes a la fecha de su publicacion; Que, aun cuando el recurrente senala que el acto administrativo no le fue notificado, es preciso senalar que, de acuerdo con lo establecido en los articulos 3º y 4º el Decreto Supremo citado en el considerando que antecede, la Direccion General de Electricidad del Ministerio de Energia y Minas autorizo la publicacion de la Resolucion Ministerial Nº 482-99-EM/VME, la misma que fue efectuada los dias 12 y 13 de MORDAZA de 1999 en el Diario Oficial El Peruano y en el Diario Cambio, otorgando la publicidad requerida por las normas pertinentes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, y demas normas correspondientes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar de oficio la nulidad de la Resolucion Viceministerial Nº 011-2002-EM/VME. Articulo 2º.- Declarar infundado el recurso presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA con fecha 22 de MORDAZA

Designan Director Subregional de Educacion Tarapoto
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 637-2002-ED
MORDAZA, 16 de agosto de 2002 Visto el Informe Nº 162-2002-OCSR, emitido por la Oficina de Coordinacion y Supervision Regional; CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director Subregional de Educacion Tarapoto, cargo considerado de confianza; Que, el Articulo 7º, Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27594, establece que mediante Resolucion Ministerial o del Titular de la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designacion o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de confianza no contemplados en el Articulo 1º de la mencionada Ley; De conformidad con la Ley Nº 27594, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MANRIQUEZ, como Director Subregional de Educacion Tarapoto, cargo considerado de confianza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AYZANOA DEL MORDAZA Ministro de Educacion 14718

ENERGIA Y MINAS
Declaran infundada solicitud de nulidad presentada contra resolucion que impuso servidumbre de ocupacion de bienes a favor de Edelnor S.A.A.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 363-2002-EM/DM
MORDAZA, 14 de agosto de 2002 VISTOS: El Expediente Nº 32077698, organizado por Empresa de Distribucion Electrica de MORDAZA Norte S.A.A. - Edelnor

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