Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2002 (17/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, sabado 17 de agosto de 2002 VISTA:

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

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La solicitud presentada por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito MORDAZA S.A., para que se le autorice la apertura de dos Oficinas Especiales ubicadas en la avenida El MORDAZA Nº 930, distrito MORDAZA MORDAZA y en el Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 110, MORDAZA Modelo, MORDAZA en la MORDAZA de Chiclayo, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. CONSIDERANDO: Que la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica lo solicitado; Estando a lo informado por el Intendente del Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "F" mediante Informe Nº DESF "F" 119-OT/2002; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, la Circular SBS Nº CM184-97, el procedimiento Nº 11 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Resolucion SBS Nº 131-2002, y en virtud de la facultad delegada por Resolucion SBS Nº 003-98 del 07 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito MORDAZA, la apertura de dos Oficinas Especiales ubicadas en la avenida El MORDAZA Nº 930, distrito MORDAZA MORDAZA y en el Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 110, MORDAZA Modelo, MORDAZA en la MORDAZA de Chiclayo, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque. Articulo Segundo.- Las Oficinas Especiales se encuentran autorizadas para conceder creditos directos en la modalidad de Micro Empresa (MES), de Consumo y la captacion de Depositos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 14619

Articulo Unico.- Autorizar a El MORDAZA Peruano Suiza Compania de Seguros y Reaseguros, el traslado de su oficina especial ubicada en Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 911, provincia y departamento de MORDAZA, a Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 910, provincia y departamento de Huanuco. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto de Seguros (a.i.) 14677

Autorizan viaje de funcionaria a Mexico para participar en pasantia sobre implementacion de fondos multiples y supervision y medicion de riesgos de empresas administradoras de fondos de pensiones
RESOLUCION SBS Nº 759-2002 MORDAZA, 16 de agosto de 2002 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS CONSIDERANDO: Que, la Comision Nacional de Supervision del Ahorro para el Retiro (CONSAR) de Mexico, ha confirmado la realizacion de una pasantia para funcionarios de la Superintendencia de Banca y Seguros con el fin de abordar temas referidos a la implementacion de fondos multiples y el sistema integral de supervision y medicion de riesgos de las empresas administradoras de fondos de pensiones que se viene aplicando en el citado MORDAZA, la misma que se llevara a cabo del 19 al 23 de agosto de 2002 en la MORDAZA de Mexico D.F., Estados Unidos Mexicanos; Que, las recientes propuestas de modificacion a la normatividad del sistema privado de administracion de fondos de pensiones (SPP) y los avances realizados en otros sistemas previsionales de la region, resaltan la necesidad de implementar el esquema local de administracion de fondos multiples y el control de los riesgos relacionados con la gestion de los recursos administrados por las empresas administradoras de fondos de pensiones, por lo que resulta de gran interes para las labores desarrolladas por este organismo de supervision y control la realizacion de la citada pasantia; Que, la Superintendencia de Banca y Seguros, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-02, ha dictado una serie de Medidas de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2002, estableciendose en el Numeral 6.1. que no se encuentran comprendidas en las restricciones de la citada Directiva, las actividades de capacitacion aprobados para el ejercicio 2002; Que, se ha considerado conveniente designar, en esta oportunidad exclusivamente, a la senorita MORDAZA MORDAZA Schreiber, Analista del Departamento de Control de Inversiones de la Superintendencia Adjunta de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, para que en representacion de nuestra Institucion participe en la referida pasantia, habiendose cancelado por razones de austeridad la participacion de otro representante de esta Superintendencia; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria, solo por el tiempo necesario para el cumplimiento del presente encargo, cuyos gastos por concepto de pasajes aereos y viaticos seran cubiertos con cargo al Convenio de Prestamo de Cooperacion BID 1196/ OC-PE conforme a lo solicitado mediante Oficio SBS Nº 11145-2002 y comunicacion de no objecion del Banco Interamericano de Desarrollo, remitida por la Unidad de Coordinacion de Prestamos Sectoriales - MEF, debiendo asumir esta Superintendencia los gastos por concepto de impuestos y Tarifa CORPAC, con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2002; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros" y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud

Autorizan a El MORDAZA Peruano Suiza Compania de Seguros y Reaseguros el traslado de oficina especial ubicada en la provincia de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 744-2002 MORDAZA, 9 de agosto de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por El MORDAZA Peruano Suiza Compania de Seguros y Reaseguros, para que se le autorice el traslado de su oficina especial ubicada en Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 911, provincia y departamento de MORDAZA, a Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 910, provincia y departamento de Huanuco; CONSIDERANDO: Que, en aplicacion del numeral 2.1 de la Circular Nº S569-97 la empresa solicitante ha cumplido con comunicar previamente a esta Superintendencia el traslado de la oficina especial; Estando a lo informado por la Intendencia de Instituciones de Seguros "B", mediante Informe Nº 125-2002-ISB; y, De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, la Circular Nº S569-97, y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y Resolucion SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000;

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