Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2002 (17/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, sabado 17 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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Que el Consejo de Supervision de Fedatarios Juramentados con especializacion en Informatica, luego de una revision exhaustiva de la documentacion remitida por la Asociacion de Fedatarios Juramentados con Especializacion en Informatica, denominada, "Asociacion de Fedatarios Juramentados Especialistas en Informatica y Profesiones Afines, para su Realce, Difusion y Desarrollo" "AFEJESI-RED", determino en su Sesion del 14 de MORDAZA del 2002 que dicha Asociacion cumplio con los requisitos de ley, por lo que APROBO por unanimidad, ACREDITAR ante el Ministerio de Justicia a la "Asociacion de Fedatarios Juramentados Especialistas en Informatica y Profesiones Afines, para su Realce, Difusion y Desarrollo" "AFEJESI-RED"; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 681 modificado por Ley Nº 26612, Decreto Supremo Nº 009-92-JUS, Decreto Supremo Nº 001-2000-JUS, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS y Resolucion Ministerial Nº 169-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ACREDITAR ante el Ministerio de Justicia, con el Registro Nº 001, a la Asociacion de Fedatarios Juramentados con Especializacion en Informatica, denominada: "Asociacion de Fedatarios Juramentados Especialistas en Informatica y Profesiones Afines, para su Realce, Difusion y Desarrollo" - "AFEJESI-RED". Articulo 2º.- Establecer que los efectos de la acreditacion, conforme a lo establecido en el Articulo 12º de la Resolucion Ministerial Nº 169-2000-JUS, son de aplicacion a la "Asociacion de Fedatarios Juramentados Especialistas en Informatica y Profesiones Afines, para su Realce, Difusion y Desarrollo" - "AFEJESI-RED". Articulo 3º.- Poner la presente Resolucion en conocimiento de los interesados, el Colegio de Abogados de MORDAZA, y del senor Ministro de Justicia, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA ISASI MORDAZA Presidente Consejo de Supervision de Fedatarios Juramentados con Especializacion en Informatica 14674

Que la primera Disposicion Final y Transitoria del Decreto Supremo Nº 001-2000-JUS, dispone en su parte final que "la Asociacion de Fedatarios Juramentados, se acredita ante el Ministerio de Justicia y le informa periodicamente sobre sus funciones y actividades"; Que mediante la Resolucion Ministerial Nº 169-2000JUS, se MORDAZA la supervision del Ministerio de Justicia para la realizacion de Programas de Especializacion y Capacitacion para otorgamiento de certificado de idoneidad tecnica de fedatario Juramentado con especializacion en informatica, asi como la acreditacion de las asociaciones de fedatarios juramentados; Que conforme a lo establecido en el inciso c) del Articulo 4º de la Resolucion Ministerial Nº 169-2000-JUS es facultad y atribucion del Consejo la acreditacion de las Asociaciones de Fedatarios Juramentados que cumplan con los requisitos establecidos en la ley; Que el Articulo 10º de la Resolucion Ministerial Nº 1692000-JUS, establece que "Las asociaciones de fedatarios juramentados con mas de dos anos de constituidas podran solicitar su acreditacion ante el Ministerio de Justicia, deberan presentar para tal efecto lo siguiente: a) MORDAZA del Certificado de Inscripcion en los Registros Publicos. b) MORDAZA del Estatuto de la Asociacion. c) MORDAZA de Libro de Registro actualizado de asociados"; Que el Consejo de Supervision de Fedatarios Juramentados con especializacion en Informatica, luego de una revision exhaustiva de la documentacion remitida por la Asociacion "FIDELIDAD - Asociacion Peruana de Fedatarios", determino que la citada Asociacion, no cumple con el requisito de tener mas de dos anos de constituida, plazo que se computa a partir de la inscripcion en el Registro Publico y no desde la fecha de la emision de la escritura publica correspondiente; por lo que en su sesion el 14 de MORDAZA de 2002, decidio por unanimidad NO ACREDITAR a la Asociacion Peruana de Fedatarios Juramentados FIDELIDAD, al no haber cumplido el plazo de ley; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 681 modificado por Ley Nº 26612, Decreto Supremo Nº 009-92-JUS, Decreto Supremo Nº 001-2000-JUS, Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS y Resolucion Ministerial Nº 169-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- No ACREDITAR ante el Ministerio de Justicia, a la Asociacion de Fedatarios Juramentados con Especializacion en Informatica, denominada: Asociacion "FIDELIDAD - Asociacion Peruana de Fedatarios", al no haber cumplido con el plazo establecido en el Articulo 10º de la Resolucion Ministerial Nº 169-2000-JUS. Articulo 2º.- Poner la presente Resolucion en conocimiento de los interesados y del senor Ministro de Justicia, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA ISASI MORDAZA Presidente Consejo de Supervision de Fedatarios Juramentados con Especializacion en Informatica 14675

Disponen no acreditar a la asociacion "FIDELIDAD - Asociacion Peruana de Fedatarios" ante el Ministerio de Justicia
CONSEJO DE SUPERVISION DE FEDATARIOS JURAMENTADOS CON ESPECIALIZACION EN INFORMATICA RESOLUCION Nº 002-2002-JUS/CSFJEI-P MORDAZA, 18 de junio de 2002 VISTA, la solicitud s/n remitida por la Asociacion denominada "FIDELIDAD - Asociacion Peruana de Fedatarios", mediante la cual solicita al Consejo de Supervision de Fedatarios Juramentados con Especializacion en Informatica, su acreditacion ante el Ministerio de Justicia, conforme a lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 1692000-JUS y sus normas reglamentarias, modificatorias y/ o complementarias; CONSIDERANDO: Que el Articulo 104º del Decreto Supremo Nº 019-2001JUS, que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, establece que, el Consejo de Supervision de Fedatarios Juramentados, esta facultado entre otras actividades, para la acreditacion de las asociaciones de fedatarios juramentados; Que mediante el Decreto Supremo Nº 001-2000-JUS, se aprobo el Reglamento sobre la aplicacion de normas que regulan el uso de tecnologias avanzadas en materia de archivo de documentos e informacion a entidades publicas y privadas, estableciendo ademas las pautas para la obtencion del Diploma de Idoneidad Tecnica;

PRODUCCION
Declaran improcedentes solicitudes de autorizacion de incremento de flota y de permiso de pesca presentadas por Casamar S.A. y Pesquera El MORDAZA S.R.L.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 008-2002-PRO/DNEPP MORDAZA, 13 de agosto de 2002 Vistos los escritos de registro Nº CE-00481002, de fechas 22 de noviembre y 14 de diciembre del 2000 y 28 de

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