Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2002 (17/08/2002)


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LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 17 de agosto de 2002

Articulo Cuarto.- Encargar a la Direccion Municipal y Division de Participacion Vecinal el cumplimiento de la misma. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 14770

El Concejo Distrital del MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha, bajo la presidencia de la Sra. Alcaldesa, Econ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la asistencia de los senores Regidores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunton, MORDAZA Castaneda MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Pintado de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lazo; Visto, el Proyecto de Ordenanza sobre Exoneracion de Pago por Inscripcion de los Comedores Populares y Organizaciones del Vaso de Leche en el RUOS, presentado por la Regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cuba; CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por el Articulo Unico de la Ley Nº 27680, concordado con el Art. 2º de Ley Organica de Municipalidades, senala que las Municipalidades Provinciales, Distritales, son los organos de Gobierno Local, que emanan de la Voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico con autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, las Municipalidades promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales, fomentan el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de las circunscripciones de su jurisdiccion segun lo establece el Art. 3º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, el 26 de MORDAZA del 2002, se ha publicado el Decreto Supremo Nº 041-2002-PCM que otorga personeria juridica a las organizaciones sociales de base, considerandose entre ellas a las organizaciones sociales del vaso de leche y comedores populares y autogestionarios; Que, de acuerdo al Art. 8º del D.S. Nº 041-2002-PCM las organizaciones sociales de base "para efectos de su reconocimiento, deben iniciar sus tramites ante la Municipalidad de su Circunscripcion"; Que, para efectos de su registro en el Registro Unico de Organizaciones Sociales de la Municipalidad deben de hacerlo sujetandose a lo dispuesto en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos; Que, es deseo de la actual gestion darle todas las facilidades a las organizaciones sociales como los comedores en todas las modalidades y la organizacion social del vaso de leche en todos sus niveles, con la finalidad de que puedan obtener su reconocimiento a la brevedad en su propio beneficio; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 11º numeral 11) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y con el MORDAZA Unanime de los miembros del Concejo y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA SOBRE EXONERACION DE PAGO POR INSCRIPCION DE LOS COMEDORES POPULARES Y ORGANIZACION DEL VASO DE LECHE EN EL RUOS Articulo Primero.- Exonerese del pago de inscripcion en el RUOS de la Municipalidad Distrital del MORDAZA a las siguientes Organizaciones Sociales de Base del Distrito del Rimac: comedores populares en todas sus modalidades y la organizacion del vaso de leche en todos su niveles, al momento de registrarse en el RUOS de la Municipalidad. Articulo Segundo.- Ambito de aplicacion Se acogeran a la presente ordenanza las organizaciones sociales del distrito, mencionadas en el art. 1º de la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al siguiente dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano regira por un periodo de 60 dias.

Otorgan beneficio de amnistia administrativa a propietarios cuyos vehiculos fueron sancionados por incumplir con limites maximos permisibles para emision de gases contaminantes
ORDENANZA Nº 063-MDR MORDAZA, 13 de agosto del 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital del MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha, bajo la presidencia de la Sra. Alcaldesa, Econ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con la asistencia de los senores Regidores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Nunton, MORDAZA Castaneda MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Pintado de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lazo; Visto, el Memorandum Nº 591-02-MDR/DM de la Direccion Municipal sobre Proyecto de Ordenanza de Amnistia Administrativa de Limites Permisibles de Gases Contaminantes; CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por el Articulo Unico de la Ley 27680, concordado con el Art. 2º de Ley Organica de Municipalidades, senala que las Municipalidades Provinciales, Distritales, son los organos de Gobierno Local, que emanan de la Voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico con autonomia economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, con fecha 18 de agosto del 2000 se emitio la Ordenanza Nº 012-MDR, mediante la cual se establecia los limites maximos permisibles para la emision de gases contaminantes de los vehiculos que circulan en el distrito; Que, el 22 de noviembre del 2001 se emitio la Ordenanza Nº 037-MDR, que adecua los limites maximos permisibles para la Emision de Gases Contaminantes de los vehiculos que circulen en el distrito a los valores establecidos en el Decreto Supremo Nº 047-2001-MTC; Que, mediante la Ordenanza Nº 060-MDR de fecha 16 de MORDAZA del 2002, se modifico el monto de las sanciones a imponer, con la finalidad de uniformizarla con otros dispositivos legales; Que, en virtud a las facultades conferidas en los dispositivos legales acotados, se realizaron operativos de control, sancionandose a los vehiculos que no cumplian con adecuarse a la normatividad vigente; Que, la actual gestion municipal desde el inicio de su periodo en el ano 1999 ha venido otorgando en reiteradas oportunidades amnistias tributarias y administrativas, a fin que el vecino rimense pueda regularizar sus deudas pendientes de pago por diversos conceptos; Que, dada la recesion economica que viene sufriendo el MORDAZA se hace necesario otorgar amnistia administrativa a favor de los contribuyentes que fueron sancionados, por no cumplir sus vehiculos con los limites maximos permisibles para la emision de gases contaminantes, ello en razon de que puedan cumplir con el pago de sus deudas pendientes de cancelacion; Estando a lo expuesto y, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y,

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