Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2002 (17/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 17 de agosto de 2002

De conformidad con lo dispuesto por los articulos 57º del TUO y el articulo 26º del Reglamento, en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Administrativa Nº 083-2001-P-PJ, del 08 de agosto del 2001, concordante con el inciso d) del articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Gerencia General del Poder Judicial, aprobado por Resolucion Administrativa Nº 161-2001CE-PJ; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar de oficio la nulidad de los procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 157, Nº 158, Nº 159 y Nº 160-2002-CEPI-GG-PJ, debiendo retrotraer dichos procesos a la etapa de convocatoria previa reformulacion de las bases. Articulo Segundo.- Disponer que el Comite Especial Permanente de Informatica realice la convocatoria del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de dichos bienes, segun el valor referencial y de conformidad con las normas de contratacion vigente, previamente a la aprobacion de bases. Articulo Tercero.- Disponer se adopte las medidas necesarias a efectos de determinar la responsabilidad administrativa en que hubiesen incurrido los miembros del Comite Especial, e imponer las sanciones a que hubiere lugar. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion. Articulo Quinto.- Transcribir el contenido de la presente resolucion a los interesados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KEIL MORDAZA Gerente General 14725

tora solicita se le conceda un plazo ampliatorio para atender y cumplir las observaciones del CONAFU; el Informe Nº 001-2002-CONAFU-CEAA del 21 de marzo del 2002; el Oficio Nº 211-2002-CONAFU-P del 03 de MORDAZA del 2002; el Expediente Nº 56384 del 18 de MORDAZA del 2002, que contienen el Informe de Levantamiento de Observaciones establecidas por el CONAFU, al Proyecto de Desarrollo Institucional de la Universidad Cientifica del Norte; el Informe 0472002-CDAYC del 01 de MORDAZA del 2002; el Acuerdo Nº 1552002, de la Sesion Ordinaria del 12 de MORDAZA del 2002; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como atribucion: la de evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional, y, emitir resoluciones autorizando o denegando su funcionamiento provisional o definitivo, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley, y los reglamentos del CONAFU; Que, con documento de Vistos, el Representante Legal de la Asociacion Civil Promotora Corporacion Promotora de la Educacion y del Conocimiento, solicita al CONAFU, otorgue autorizacion provisional de funcionamiento al Proyecto de la denominada Universidad Cientifica del Norte, bajo los alcances de la Ley Nº 26439 y Ley Universitaria Nº 23733, para prestar servicios educativos de nivel universitario en la MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, a traves de las carreras profesionales de: Administracion, Contabilidad, Economia, Derecho e Ingenieria de Sistemas; Que, las Comisiones, Evaluadora y de Analisis y Consolidacion del CONAFU luego de evaluar el Proyecto y los Informes presentados, recomendaron al CONAFU, traslade a su Asociacion Promotora las Observaciones establecidas en la evaluacion del Proyecto de Desarrollo Institucional, para que supere las debilidades encontradas, a traves de la MORDAZA de una MORDAZA version definitiva del Proyecto; Que, como resultado del analisis de la MORDAZA version del Proyecto, la Comision de Analisis y Consolidacion, con informe de Vistos, senala: que, en la Seccion I, Fundamentacion del Proyecto, no se ha cumplido con analizar la oferta de carreras en las universidades de la MORDAZA de influencia de la nueva Universidad; en el estudio de las caracteristicas socioeconomicas de la poblacion no se ha contemplado el nivel del ingreso familiar, por estratos, asi como la estructura del gasto de la familia, falta el estudio de la demanda y de la oferta del MORDAZA ocupacional por profesiones, enfocando aquellas que ofreceria la nueva Universidad; el numero de docentes principales sera 42 que equivale al 11% del total de docentes, porcentaje que es muy bajo; en Bienestar Estudiantil: dentro de Recreacion y Deportes, se senala que para el primer ano se esta considerando un convenio con el IPD para el uso de sus instalaciones, y que a partir del MORDAZA ano ya se contara con instalaciones en el Campus Universitario; sin embargo, estas no han sido presupuestadas en el quinquenio; no se detallan los proyectos de investigacion que se realizaran durante el quinquenio en su relacion con las carreras profesionales que ofreceria la Universidad; en el area de Produccion de Bienes y Servicios: no se presenta el presupuesto por servicio ofertado destinado a establecer su costo real y de esta manera determinar con mayor certidumbre el ingreso a obtenerse en cada uno de ellos; en Organizacion Administrativa Central: No se han descrito adecuadamente las funciones de las siguientes dependencias: Asesoria Legal, Planificacion y Presupuesto, Personal, Servicios Generales, Control Interno, Asuntos Academicos; Que, en la Seccion Nº 3, Carreras Profesionales, los docentes propuestos como responsables de las carreras de Derecho e Ingenieria de Sistemas no reunen los requisitos para desempenar el cargo; en el FORM 5-C no se ha consignado la remuneracion de los responsables de MORDAZA a partir del MORDAZA ano; en la MORDAZA de Ingenieria de Sistemas: El Plan de Estudios presenta deficiencias como por ejemplo: en el V ciclo se ha pasado como electivo el curso de Electronica Digital (2-0-2) que figuraba en la primera version como obligatorio en el IV ciclo. En tal sentido, no ha considerado un curso basico de Electronica, tema que ha sido propuesto por el Colegio de Ingenieros. Por otra parte, sigue siendo insuficiente el numero de cursos electivos; Que, por lo MORDAZA expuesto la Comision de Analisis y Consolidacion, recomienda al Pleno del CONAFU, no apro-

ORGANISMOS AUTONOMOS
ANR - CONAFU
Disponen no autorizar el funcionamiento provisional de la Universidad Cientifica del Norte
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES (CONAFU) RESOLUCION Nº 198-2002-CONAFU MORDAZA, 14 de agosto del 2002 VISTOS; el Expediente Nº 43228 del 20 de diciembre del 2000, organizado por la Corporacion Promotora de la Educacion y el Conocimiento, para solicitar la autorizacion provisional de funcionamiento de la denominada Universidad Cientifica del Norte; el Expediente Nº 44167 del 08 de febrero del 2001; el Expediente Nº 46588 del 14 de junio del 2001; la publicacion de admision efectuada en el Diario Oficial El Peruano el 10 de setiembre del 2001; la Resolucion Nº 186-2001-CONAFU del 26 de setiembre del 2001 que designa a la Comision Evaluadora del Proyecto; el informe de la Comision Evaluadora del 12 de octubre del 2001; el Oficio Nº 738-2001-CONAFU-P del 23 de octubre del 2001 con el que se solicita la Opinion de la Asamblea Nacional de Rectores; los Oficios Nºs. 739, 740, 741, 7422001-CONAFU-P del 19 de octubre del 2001 respectivamente; la Carta Nº 678-2001-CIP-CDP del 10 de diciembre del 2001; el Oficio Nº 77-2001-CONAFU-P del 05 de noviembre del 2001; el oficio Nº 11-2001-CLPA-I-Piura del 22 de noviembre del 2001; el Informe Nº 014-2002-CDAYC del 18 de febrero del 2002, de la Comision de Analisis y Consolidacion; el Oficio Nº 098-2002-CONAFU-P del 22 de febrero del 2002, que traslada a la solicitante las Observaciones establecidas por el CONAFU al Proyecto de Desarrollo Institucional presentado; el Expediente Nº 55311 del 18 de marzo del 2002, con el que la Asociacion Promo-

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