Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 2002 (27/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, viernes 27 de diciembre de 2002

NORMAS LEGALES

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a. Elaborar mecanismos para definir las necesidades de informacion en forma periodica, sistematizada y estandarizada. b. Elaborar un Plan Integral de Inversion en Diseno e Implementacion de Sistemas de Informacion, desarrollo de software y adquisicion de equipamiento que se pueda ejecutar en forma coordinada y descentralizada. Asimismo, en los casos que se justifiquen se disenara y desarrollara proyectos conjuntos con recursos humanos pertenecientes a diferentes areas y dependencias para el logro de sistemas de uso comun. 6) La Oficina General de Estadistica e Informatica conjuntamente con el Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos y las Direcciones Generales que correspondan, estableceran un Programa de Capacitacion permanente en: el procesamiento y analisis de informacion, sistemas de informacion de salud y herramientas de informatica. 22977

de MORDAZA Huaura Oyon, con fecha 15 de noviembre del 2002, la que fue puesta en conocimiento al Despacho Ministerial mediante Oficio numero 1445-2002-DISAIII-LN-HHHO-SBS-D.E. cursado por el Director Ejecutivo del Hospital MORDAZA Huaura Oyon; De conformidad con lo previsto en el Articulo 34º del Decreto Legislativo Nº 276, Articulo 185º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Articulo 7º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Jefe del Area de Adquisiciones del Hospital MORDAZA Huaura Oyon-Servicios Basicos de Salud de la Direccion de Salud III MORDAZA Norte; con eficacia al dia de su MORDAZA, es decir al 15 de noviembre del 2002, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud 22973

Aceptan renuncia de Jefe de la Unidad de Logistica del Hospital MORDAZA Huaura Oyon-Servicios Basicos de Salud de la Direccion de Salud III MORDAZA Norte
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1956-2002-SA/DM

VIVIENDA
Autorizan a procuradora interponer acciones para que se declare la nulidad de laudo arbitral de derecho
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 176-2002-VIVIENDA

MORDAZA, 24 de diciembre del 2002 CONSIDERANDO: Que el senor MORDAZA MORDAZA Cobos, presenta renuncia con fecha 15 de noviembre del 2002 al cargo de Jefe de la Unidad de Logistica del Hospital MORDAZA Huaura Oyon; la que fue puesta de conocimiento del Despacho Ministerial mediante Oficio numero 1456-2002-DISA-III-LNHHHO-SBS-D.E. cursado por el Director Ejecutivo del Hospital MORDAZA Huaura Oyon; De conformidad con lo previsto en el Articulo 34º del Decreto Legislativo Nº 276, Articulo 185º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM y el Articulo 7º de la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA COBOS, al cargo de Jefe de la Unidad de Logistica del Hospital MORDAZA Huaura Oyon Servicios Basicos de Salud de la Direccion de Salud III MORDAZA Norte; con eficacia al dia de su MORDAZA, es decir al 15 de noviembre del 2002, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONE MORDAZA Ministro de Salud 22972

MORDAZA, 26 de diciembre de 2002 Visto el Oficio Nº 1181-2002-INADE-PERC-7201, del Director Ejecutivo del Proyecto Especial Rio Cachi y el Informe Legal Nº 012-2002-INADE-7204/OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica del citado Proyecto Especial; y, CONSIDERANDO: Que, como consecuencia del MORDAZA de Liquidacion de contrato para la ejecucion de la Presa Cuchoquesera Diques Laterales y Obras Conexas, suscrito entre la Constructora MORDAZA Odebrecht S.A. - Sucursal MORDAZA y el Proyecto Especial "Rio Cachi" se ha dado inicio a un MORDAZA arbitral producto del desacuerdo surgido entre ambos respecto a la formulacion de las liquidaciones practicadas por las partes, dicho MORDAZA arbitral ha concluido con fecha 12 de diciembre del 2002 mediante Laudo de Derecho en el que se declaro fundada la demanda de la contratista; Que, el mencionado laudo ha sido emitido sin tener en cuenta la materia de controversia, ni los hechos invocados y sometidos a arbitraje por las partes ya que se pronuncia sobre un acto administrativo anterior al MORDAZA, con lo que se estaria vulnerando el MORDAZA de congruencia y el derecho a la defensa, ya que la parte considerativa no guarda relacion con la parte resolutiva del laudo, pronunciandose sobre un hecho extra procesal, resolviendo ademas sobre un aspecto "Extra - petita" al considerarse que en la demanda se tiene que el monto peticionado por la demandante asciende a la suma de S/. 6 980 204.43 y lo ordenado por el Tribunal Arbitral para que sea pagado por el Proyecto Especial Rio Cachi asciende a la suma de S/. 7 020 660.50 es decir un monto superior a lo solicitado por la demandante lo cual constituye un pronunciamiento contrario al MORDAZA de congruencia; Que, durante el MORDAZA arbitral se han presentado pruebas y documentos pertinentes al caso materia de controversia que no han sido considerados por el Tribunal al momento de emitir el laudo y estando las causales para la interposicion del recurso debidamente demostradas pues se ha evidenciado hechos contrarios al de-

Aceptan renuncia de Jefe del Area de Adquisiciones del Hospital MORDAZA Huaura Oyon-Servicios Basicos de Salud de la Direccion de Salud III MORDAZA Norte
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1957-2002-SA/DM

MORDAZA, 24 de diciembre del 2002 CONSIDERANDO: Que el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA formula renuncia al cargo de Jefe del Area de Adquisiciones del Hospital

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