Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2002 (14/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 14 de febrero de 2002

Aceptan renuncia de Presidente del Directorio del INDECOPI
RESOLUCION SUPREMA Nº 009-2002-ITINCI

Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 3125

MORDAZA, 13 de febrero de 2002 CONSIDERANDO: Que por Resolucion Suprema Nº 122-2000-ITINCI se designo al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pizzorni como Presidente del Directorio del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; Que el citado funcionario ha formulado renuncia al referido cargo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pizzorni, al cargo de Presidente del Directorio del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 3124

PRES
Autorizan a procuradora interponer acciones legales contra persona juridica por irregularidades observadas en ejecucion del contrato de obra suscrito con el CTAR-Piura
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 057-2002-PRES

MORDAZA, 31 de enero de 2002 Visto, el Oficio Nº 1351-2001/CTAR PIURA-P del Presidente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA - CTAR Piura; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 12 de octubre de 1998 el Consejo Transitorio de Administracion Regional MORDAZA - CTAR MORDAZA suscribio con la empresa contratista MORDAZA CONSTRUCTORES CONSULTORES S.A. el Contrato de Obra para la Construccion de la Carretera Sajinos-Paimas-Puente Paraje (II Etapa), ubicada en el distrito de Paimas, provincia de Ayabaca, departamento de MORDAZA, en merito de haberle sido adjudicada la Buena Pro de la Licitacion Publica (A Precios Unitarios) Nº 001-98/CTAR PIURA-GSRLCC-OSRO, por el monto de su propuesta ascendente a la suma de S/. 2 588 410,51 (DOS MILLONES QUINIENTOS OCHENTIOCHO MIL CUATROCIENTOS DIEZ Y 51/ 100 NUEVOS SOLES) a ejecutarse en un plazo de 47 dias calendario; Que, durante la ejecucion de la obra el Contratista solicito una ampliacion de plazo de 35 dias calendario, el cual le fue otorgado, sin que este concluyera con su ejecucion, existiendo un avance fisico de la obra del orden del 45.76%, no obstante lo anteriormente senalado y teniendo en cuenta que una rescision de contrato perjudicaria su conclusion, es que mediante Resolucion Gerencial Subregional Nº 012 del Consejo Transitorio de Administracion Regional CTAR MORDAZA, de fecha 8 de enero de 1999, se resuelve autorizar la Intervencion Economica de la Obra en aplicacion de lo dispuesto por la Resolucion Nº 1396/CONSULCOP-P; Que, efectuada la Liquidacion del Contrato de Obra mediante Resolucion Gerencial Subregional Nº 582 del Consejo Transitorio de Administracion Regional - CTAR MORDAZA de fecha 22 de noviembre de 1999, se determino que se habia producido un pago en exceso por trabajos no realizados, liquidacion de obra con un saldo en contra de la empresa contratista MORDAZA CONSTRUCTORES CONSULTORES S.A. ascendente a S/. 12 890,69 (DOCE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y 69/100 NUEVOS SOLES); notificandose al Contratista, sin que se MORDAZA presentado recurso impugnativo alguno, razon por la cual ha quedado consentida, estando claramente establecido que el Contratista esta obligado a cancelar integramente la obligacion contenida en dicha Resolucion, debiendose precisar que de dicha suma hasta la fecha se ha recuperado el importe de S/. 5 942,94 (CINCO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS Y 94/100 NUEVOS SOLES), quedando pendiente de recuperar la suma de S/. 6 947,75 (SEIS

Designan Presidente del Directorio del INDECOPI
RESOLUCION SUPREMA Nº 010-2002-ITINCI

MORDAZA, 13 de febrero de 2002 CONSIDERANDO: Que es necesario designar al Presidente del Directorio del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar, a partir de la fecha, al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Tasayco como Presidente del Directorio del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual INDECOPI.

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