Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2002 (14/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, jueves 14 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES

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Que, con el fin de perfeccionar el diseno del MORDAZA Curso Especial de Preparacion Academica para el Ascenso, el senor Director General ha elevado la propuesta de modificacion del Articulo 20º y del Articulo 21º del Reglamento de los Cursos Especiales aprobado por Resolucion Nº 005-2001-AMAG-CD, modificado por las Resoluciones Nºs. 020-2001-AMAG-CD y 006-2002-AMAG-CD; Que, en consecuencia es necesario aprobar las modificaciones al referido Reglamento; En uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de la Academia de la Magistratura Nº 26335 y la Resolucion Administrativa Nº 022-2001/AMAG/CD; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Modifiquese los Articulos 20º y 21º Reglamento de los Cursos Especiales de Capacitacion Academica para el Ascenso, aprobado por Resolucion Nº 005-2001-AMAG-CD, modificado por las Resoluciones Nº 020-2001-AMAG-CD y Nº 006-2002-AMAGCD, conforme al texto que a continuacion se detalla: "Articulo 20º .- Del Sistema de Evaluacion Para la calificacion final de los Cursos Especiales del Programa para la Formacion y el Ascenso de Magistrados, independientemente del nivel de la Magistratura a los que esten dirigidos, se promediaran las calificaciones obtenidas por los alumnos en los respectivos modulos desarrollados. Para aprobar el curso se debera obtener nota aprobatoria en cada uno de los seis modulos que integran el plan curricular. Al final del curso y solo quienes tengan hasta dos modulos desaprobados, podran rendir los respectivos examenes sustitutorios. Para la obtencion del promedio final del curso se tomaran en cuenta los calificativos obtenidos en los seis modulos. A efectos de la evaluacion de cada modulo, se tomara un examen de caracter objetivo, con opciones multiples, al termino de las sesiones presenciales del mismo". Articulo 21º .- Calificacion aprobatoria minima de cada modulo y final La calificacion aprobatoria minima de cada modulo y final de los Cursos Especiales, independientemente del nivel de la Magistratura a los que esten dirigidos, es de 13.00 (trece) puntos en la escala vigesimal. Para aprobar el curso es necesario que, ademas de obtener un promedio final aprobatorio minimo de 13.00 (trece) entre los seis modulos, cada modulo debera aprobarse con la calificacion minima de 13.00 (trece)". Las calificaciones de los participantes, seran comunicadas al Consejo Nacional de la Magistratura". DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Costos de Matricula y de Examen Sustitutorio El costo de la matricula para el MORDAZA Curso Especial de Preparacion para el Ascenso es de S/.300.00 (TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES); y el costo por cada examen sustitutorio es de S/.100.00 (CIEN Y 00/100 NUEVOS SOLES). Segunda.- Cronograma de matricula e inicio de clases Fijese como fechas para la matricula del "Segundo Curso Especial de Preparacion para el Ascenso", los dias 21 y 22 de febrero de 2002, en las sedes respectivas de la Academia de la Magistratura. El inicio de clases se realizara el 23 de febrero de 2002. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura 3053

ORGANISMOS AUTONOMOS MINISTERIO PUBLICO
Aprueban Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio Publico para el ano 2002
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 243-2002-MP-FN

MORDAZA, 11 de febrero de 2002 VISTO El Oficio Nº 217-2002-MP-FN-GG relacionado con el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio Publico para el 2002; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 326-2001-MP-FN se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio Publico para el periodo 2001 y se amplia mediante Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 1002-2001MP-FN dando cumplimiento al Decreto Supremo Nº 051-2001-PCM; Que, los servicios que brinda el Ministerio Publico a la comunidad estan sujetos a la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), la misma que ha sido modificada segun el Decreto Supremo Nº 241-2001-EF del 29 de diciembre de 2001; Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio Publico guarda concordancia con las normas de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; y en atencion a la Tercera Disposicion Transitoria, es necesario aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio Publico para el periodo 2002; Contando con la visacion de la Gerencia de Planificacion, Racionalizacion y Estadistica, Gerencia Tecnica del Instituto de Medicina Legal, Gerencia de Asesoria Juridica y Gerencia General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 64º de la Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio Publico para el ano 2002, el mismo que consta de veinte (20) procedimientos segun anexo adjunto y que forma parte de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Quedan exonerados del pago de los servicios que brinda el Instituto de Medicina Legal: a) Las personas que se encuentran en condicion de indigencia, previa autorizacion del medico encargado de la Division Medico Legal correspondiente. b) Los Ninos y Adolescentes en cumplimiento del Articulo 182º del respectivo Codigo. c) A solicitud de los miembros del Ministerio Publico, del Poder Judicial y de la Defensoria del Pueblo. d) Los casos de Violencia Familiar, segun Ley Nº 26763. e) A solicitud de la Defensoria Municipal del MORDAZA y Adolescente (DEMUNAS), segun Ley Nº 26102. Articulo Tercero.- Dejar sin efecto las Resoluciones de la Fiscalia de la Nacion Nºs. 326, 1002-2001-MP-FN. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion

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