Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2003 (26/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 26 de marzo de 2003

DEFENSA
Autorizan al Ministerio de Defensa MORDAZA de MORDAZA del Peru a iniciar gestiones para la transferencia en propiedad de fragatas misileras de la MORDAZA Militar Italiana
DECRETO SUPREMO Nº 006-DE/MGP EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Articulo 165º de la Constitucion Politica del Peru, establece que las Fuerzas Armadas tienen como finalidad primordial garantizar la independencia, soberania e integridad territorial de la Republica; Que, conforme al Articulo 26º de la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, la MORDAZA de MORDAZA del Peru es el organo del Ministerio que tiene por funcion la preparacion, organizacion, mantenimiento y equipamiento del componente MORDAZA de las Fuerzas Armadas. Participa en la ejecucion de la Politica de Defensa Nacional y en la defensa del patrimonio maritimo, fluvial y lacustre del pais. Contribuye a garantizar, en forma permanente, la integridad territorial y el mantenimiento de la soberania del pais; Que, de acuerdo al Articulo 2º e incisos (b) y (c) del Articulo 4º de la Ley Organica de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 438, el ambito de la MORDAZA de MORDAZA del Peru es aquel en que se realizan, las actividades correspondientes al Poder MORDAZA, y los relacionados con los intereses maritimos de su competencia, correspondiendo a la Comandancia General de la MORDAZA organizar, equipar,l preparar y mantener las Fuerzas Navales en su MORDAZA potencial combativo, para asegurar la Defensa Nacional, asi como defender el patrimonio maritimo, fluvial y lacustre, dando proteccion a las actividades que se realicen en dicho medio, entre otras funciones; Que, el Estudio Estrategico para el Desarrollo de la Escuadra de Alta Mar 2002 - 2010 elaborado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru dentro del MORDAZA de Planeamiento Estrategico, ha permitido establecer la magnitud y las caracteristicas tecnicas y operacionales especificas que deben cumplir las futuras Unidades Navales que requiere la Escuadra; Que, por Resolucion de la Comandancia General de la MORDAZA Nº 0591-2002 de fecha 28.junio.2002, se dispuso la conformacion de un Comite Tecnico Operacional con la finalidad de evaluar las Unidades Navales MORDAZA Fragatas Misileras, existentes en las marinas occidentales, en los aspectos operativos, tecnico-logisticos, costos y disponibilidad; y seleccionar la mas adecuada para la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, el Informe del Comite Tecnico Operacional determino que de todas las Unidades Navales MORDAZA Fragatas existentes en las Marinas Occidentales, la Fragata Misilera MORDAZA "Lupo" es la Unidad MORDAZA de Alta Mar que mas se adecua a los requerimientos operacionales y logisticos de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, el citado informe sustenta y concluye que las Unidades Navales MORDAZA "Lupo", constituyen bienes que no admiten sustitutos, por aspectos de compatibilidad logistica, flexibilidad operativa por estandarizacion del material y disponibilidad operativa; Que, el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM de fecha 12.febrero.2001, en su inciso (f) dispone que las adquisiciones de bienes o servicios que no admiten sustitutos, estan exoneradas de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa; Que, el Informe Legal Nº 004-2002 de fecha 12.setiembre.2002, de la Direccion General del Material de la MORDAZA, analiza los fundamentos legales y sustenta que las Fragatas Misileras MORDAZA "Lupo" pueden ser adquiridas a traves del procedimiento senalado en la citada Ley, como bienes que no admiten sustitutos; Que, con Resolucion Legislativa Nº 27922 de fecha 14.enero.2003 el Congreso de la Republica aprobo el

Memorandum de Entendimiento entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica Italiana para la Cooperacion en el MORDAZA de la Defensa de los Materiales para la Defensa, el mismo que ha sido ratificado por Decreto Supremo Nº 016-2003-RE de fecha 20.enero.2003; Que, la MORDAZA Militar Italiana ha informado la disponibilidad de transferencia de DOS (2) Fragatas Misileras MORDAZA "Lupo"; Que, de acuerdo al MORDAZA legal MORDAZA citado, el Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru ha considerado conveniente llevar a cabo la adquisicion de DOS (2) Fragatas Misileras MORDAZA "Lupo" usadas y excedentes de la MORDAZA Militar Italiana, mediante un MORDAZA de transferencia de Gobierno a Gobierno a traves del Astillero Estatal del Gobierno de Italia, a un precio de QUINCE MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 15'000,000.00) por unidad, monto que incluye la adquisicion de los bienes y su alistamiento operativo; De conformidad con lo dispuesto en el inciso (8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, y en concordancia con la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Decreto Legislativo Nº 438 Ley Organica de la MORDAZA de MORDAZA del Peru modificado por Decreto Legislativo Nº 743 y Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Autorizar al Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru a iniciar las gestiones y efectuar las acciones administrativas correspondientes para la transferencia en propiedad de DOS (2) Fragatas Misileras MORDAZA "Lupo", usadas y excedentes de la MORDAZA Militar Italiana, en la modalidad de bienes que no admiten sustitutos. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Defensa. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de marzo del ano 2003. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 05853

ECONOMIA Y FINANZAS
Designan entidades financieras participantes del Programa de Creadores de MORDAZA para el ano 2003
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 118-2003-EF/75 MORDAZA, 24 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de lo dispuesto en el Reglamento del Programa de Creadores de MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 037-2003-EF, el Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Credito Publico ha evaluado las solicitudes presentadas por diversas entidades del sistema financiero a fin de ser designadas como Creadores de Mercado; Que, luego de haberse verificado el cumplimiento de los requisitos para acceder al Programa de Creadores de MORDAZA, expresamente contemplados en el reglamento referido en el parrafo anterior, se ha determinado las entidades financieras que van a participar en el Programa de Creadores de MORDAZA durante el ano 2003; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 037-2003-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designase a las siguientes entidades financieras como participantes del Programa de Creadores de MORDAZA para el ano 2003:

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