Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2003 (26/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 26 de marzo de 2003

niveles nacionales con los subnacionales y el CND. Proporciona el soporte del sistema informatico, de comunicaciones y estadistico a los Gobiernos subnacionales y al Consejo Nacional de Descentralizacion, para la sistematizacion, racionalizacion y optimizacion en el uso de los recursos que les son asignados y consolida la informacion relevante en materia de descentralizacion, producida por todos los organismos publicos. La Gerencia de Sistemas de Informacion depende de la Secretaria Tecnica. Articulo 83º.- La Gerencia de Sistemas de Informacion tiene las siguientes funciones: a. Disenar, implementar y mantener actualizado un Sistema de Informacion Computarizado que: i. Incluya un Banco de Datos Regional y Local; ii. Permita disenar un conjunto de indicadores que sirva a los Gobiernos subnacionales para la formulacion y actualizacion de sus Planes de Desarrollo; iii. Facilite un eficiente monitoreo del MORDAZA de descentralizacion; iv. Genere informacion oportuna y confiable para la elaboracion de reportes que promuevan la transparencia y asi facilitar la evaluacion de las Autoridades Regionales y Locales por la ciudadania; v. Facilite la elaboracion del Informe Anual que el CND debe presentar al Congreso sobre el MORDAZA de descentralizacion; b. Promover la interconexion electronica entre Gobiernos Regionales, Locales y el CND; c. Disenar e implementar el Plan de Conectividad entre los Gobiernos Regionales, Locales y el CND; d. Proporcionar a los organos del Consejo Nacional de Descentralizacion de manera permanente, oportuna y actualizada, el servicio informatico y de comunicaciones para el soporte a sus actividades; e. Proponer los lineamientos de accion institucional en materia de informacion y comunicaciones; f. Formular las normas tecnicas de uso y mantenimiento de los equipos informaticos y de comunicaciones del CND, asi como difundir y controlar su correcta aplicacion; g. Proponer a la Secretaria Tecnica la politica que oriente las actividades estadisticas, informaticas y de comunicaciones del CND; h. Identificar y priorizar en forma conjunta con las unidades organicas las necesidades e informacion para el diseno e implementacion del sistema de informatica y de comunicaciones; i. Programar, organizar, dirigir, coordinar y controlar el manejo, utilizacion y conservacion de los registros del CND, asi como la recopilacion y procesamiento oportuno de las estadisticas del CND; j. Administrar el Banco de Informacion Estadistico del CND; k. Dirigir y ejecutar las actividades de compilacion, tabulacion y procesamiento de la informacion estadistica; l. Efectuar la MORDAZA oportuna de la informacion cuantitativa y grafica, relacionada con los proyectos, planes y programas encargados al CND; m. Establecer el soporte en telecomunicacion y telematica; y, n. Cumplir con las demas funciones que le asigne la Secretaria Tecnica. C.5.1. Subgerencia de Estadistica-Indicadores Articulo 84º.- La Subgerencia de Estadistica-Indicadores es el organo encargado de proporcionar el soporte estadistico y de informacion a los Gobiernos Regionales, Locales y al CND para la sistematizacion, racionalizacion y optimizacion en el uso de los recursos. Depende de la Gerencia de Sistemas de Informacion. Articulo 85º.- La Subgerencia de Estadistica-Indicadores tiene las siguientes funciones: a. Proporcionar la informacion pertinente para la formulacion de planes y programas de alcance regional y local; b. Colaborar, en coordinacion con los organos pertinentes del CND, en la elaboracion del Informe Anual al Congreso sobre el MORDAZA de Descentralizacion

c. Formular indicadores que permitan efectuar el seguimiento del impacto de los programas regionales y locales, en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion; d. Recopilar, sistematizar, analizar y publicar informacion estadistica relacionada con el MORDAZA de descentralizacion, a partir de la informacion existente; e. Coordinar con los organos del CND las necesidades de estadistica en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion; y, f. Cumplir con las demas funciones que le asigne la Gerencia de Sistemas e Informacion. C.5.2. Subgerencia de Conectividad con los Gobiernos Subnacionales Articulo 86º.- La Subgerencia de Conectividad con los Gobiernos Subnacionales, es el organo encargado de desarrollar los sistemas de informacion de gestion administrativa y replicarlos a nivel regional y local, con el objeto de interconectarlos con los diferentes niveles de gobierno. De igual manera, esta Subgerencia disena y formula los portales para la transparencia y conocimiento de la informacion. La Subgerencia de Conectividad con los Gobiernos Subnacionales depende de la Gerencia de Sistemas e Informacion. Articulo 87º.- La Subgerencia de Conectividad con los Gobiernos Subnacionales tiene las siguientes funciones: a. Formular los sistemas de informacion de Gestion Administrativa que permitan desarrollar la gestion del CND en forma optima; b. Disenar y poner en practica los portales de informacion concernientes al CND; c. Canalizar los requerimientos de los organos del CND para mejorar los Sistemas de Informacion de Gestion; d. Gestionar por encargo de la Gerencia de Administracion y Finanzas las necesidades de informatica del CND; e. Efectuar el seguimiento y la evaluacion de los Programas informaticos y de conectividad a cargo de los agentes involucrados; f. Informar a la Gerencia de Sistemas de Informacion sobre los avances en materia de Programas y Proyectos de informatica y conectividad; g. Desarrollar Programas de Capacitacion en Informatica y conectividad para el personal del CND y de los Gobiernos Regionales y Locales; h. Proporcionar soporte tecnico en materia de Software, Hardware y comunicaciones informaticas; y, i. Las demas que le asigne la Gerencia de Sistemas e Informacion. TITULO MORDAZA REGIMEN ECONOMICO Y FINANCIERO Articulo 88º.- El Consejo Nacional de Descentralizacion constituye un Pliego del Presupuesto del Sector Publico. Articulo 89º.- Constituyen recursos del Consejo Nacional de Descentralizacion: a. Los montos que le asigne la Ley Anual de Presupuesto del Sector Publico; b. Los creditos internos o externos que obtenga; c. Las donaciones, aportes y transferencias que efectuen personas naturales, instituciones u organismos, publicos o privados; d. Los aportes de la cooperacion tecnica internacional; e. Los transferidos mediante el Decreto Supremo Nº 018-2002-PRES; y, f. Otros que se le asigne. TITULO TERCERO REGIMEN LABORAL Articulo 90º.- De acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralizacion, el personal que labora en el Consejo Nacional de Descentralizacion esta comprendido en el regimen laboral de la actividad privada.

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