Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2003 (26/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 26 de marzo de 2003

ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA
Establecen tasas de interes activas y pasivas en moneda nacional
CIRCULAR Nº 006-2003-EF/90 MORDAZA, 24 de marzo de 2003 Ref.: Tasas de interes activas y pasivas en moneda nacional

La tasa de interes aplicable a los depositos administrativos y judiciales en consignacion y custodia en el Banco de la Nacion es equivalente a la tasa promedio de los depositos de ahorro de las empresas bancarias en terminos efectivos anuales que publica la Superintendencia de Banca y Seguros. C. TASA EFECTIVA DE INTERES MORATORIO Operaciones entre empresas del sistema financiero y usuarios finales La tasa de interes moratorio se determina por la libre competencia en el MORDAZA financiero y es expresada en terminos efectivos anuales por todo concepto. El interes moratorio se cobra solo cuando se MORDAZA pactado y unicamente sobre el monto de la deuda correspondiente al capital impagado cuyo plazo este vencido. El interes moratorio se computa y cobra a partir de la fecha en que el deudor incurre en MORDAZA, sin perjuicio del cobro del interes convencional compensatorio o legal pactado. Se cobra sobre el saldo del capital impagado. Por tanto, en los casos en que la devolucion del prestamo se efectue por cuotas, el cobro del interes moratorio procede unicamente sobre la parte correspondiente al capital de las cuotas vencidas e impagadas, mientras subsista esta situacion. D. DISPOSICION FINAL Para el calculo de los intereses aplicables a las diferentes operaciones fijadas con relacion a la TAMN -tasa activa de MORDAZA promedio ponderado en moneda nacional, expresada en terminos efectivos anuales- y a la TIPMN, se aplica los factores acumulados correspondientes al periodo computable, publicados por la Superintendencia de Banca y Seguros. Este criterio es tambien aplicable al calculo de los intereses de los depositos administrativos y judiciales en consignacion y custodia en el Banco de la Nacion. MORDAZA MORDAZA Gerente General 05709

Este Banco Central, en uso de las facultades que le confieren los articulos 1243º y 1244º del Codigo Civil, el articulo 9º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y los articulos 51º y 52º de su Ley Organica, ha resuelto dejar sin efecto la Circular Nº 027-2001-EF/90 del 19 de noviembre de 2001, sustituyendola por la presente. En esta oportunidad se establece la tasa de interes aplicable a los depositos administrativos y judiciales en consignacion y custodia en el Banco de la Nacion. A. TASA DE INTERES CONVENCIONAL COMPENSATORIO 1. Operaciones entre empresas del sistema financiero y usuarios finales a) Operaciones activas En cualquiera de sus modalidades, excluidos los saldos de los creditos promocionales, la tasa de interes se determina por la libre competencia en el MORDAZA financiero y es expresada en terminos efectivos anuales por todo concepto. b) Operaciones pasivas La tasa de interes, en cualquiera de sus modalidades, se determina por la libre competencia en el MORDAZA financiero y es expresada en terminos efectivos anuales. 2. Operaciones entre empresas del sistema financiero Operaciones interbancarias: La tasa de interes se determina por la libre competencia en el MORDAZA financiero y es expresada en terminos efectivos anuales. 3. Operaciones entre el Banco Central y empresas del sistema financiero Operaciones de credito con fines de regulacion monetaria (articulo 58º de la Ley Organica del Banco Central): la que acuerde el Directorio del Banco Central. B. TASA DE INTERES LEGAL La tasa de interes legal en moneda nacional se expresa en terminos efectivos anuales y es publicada diariamente por la Superintendencia de Banca y Seguros. 1. Operaciones no sujetas al sistema de reajuste de deudas La tasa de interes legal es equivalente a la TIPMN. La TIPMN es la tasa promedio ponderado de las tasas pagadas sobre los depositos en moneda nacional, incluidos aquellos a la vista, por los bancos y financieras. Esta tasa es fijada en terminos efectivos anuales y publicada diariamente por la Superintendencia de Banca y Seguros. 2. Operaciones sujetas al sistema de reajuste de deudas La tasa efectiva es calculada de forma tal que el costo efectivo de estas operaciones, incluido el reajuste, sea equivalente a la tasa senalada en el punto B.1. 3. Tasa de interes de los depositos administrativos y judiciales en el Banco de la Nacion

Establecen tasas de interes activas y pasivas en moneda extranjera
CIRCULAR Nº 007-2003-EF/90 MORDAZA, 24 de marzo de 2003 Ref.: Tasas de interes activas y pasivas en moneda extranjera

Este Banco Central, en uso de las facultades que le confieren los articulos 1243º y 1244º del Codigo Civil, el articulo 9º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y los articulos 51º y 52º de su Ley Organica, ha resuelto dejar sin efecto la Circular Nº 028-2001-EF/90 del 19 de noviembre de 2001, sustituyendola por la presente. En esta oportunidad se establece la tasa de interes aplicable a los depositos administrativos y judiciales en consignacion y custodia en el Banco de la Nacion. A. TASA DE INTERES CONVENCIONAL COMPENSATORIO 1. Operaciones entre empresas del sistema financiero y usuarios finales a) Operaciones activas En cualquiera de sus modalidades, financiadas con recursos internos o externos, excluidos los saldos de los creditos promocionales, la tasa de interes se determina por la libre competencia en el MORDAZA financiero y es expresada en terminos efectivos anuales por todo concepto.

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