Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2003 (26/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, miercoles 26 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES
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que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, debiendo publicarse dichas resoluciones en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viaje que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante Memorandum Nº 152-2003-MTC/12, la Direccion General de Aeronautica Civil, considera necesario capacitar al senor MORDAZA MORDAZA Freundt, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil, durante los dias 27 al 29 de marzo de 2003, en la MORDAZA de Sao MORDAZA, Republica Federativa de Brasil, en el manejo y conduccion del simulador de vuelo de la aeronave Airbus modelo A-320, a fin de que se instruya en los aspectos que comprenden la programacion de los perfiles de vuelo y evaluacion en el simulador de vuelo, para que, pueda realizar futuros chequeos tecnicos en dicho equipo; Que, dicha capacitacion permitira al senor MORDAZA MORDAZA Freundt, cumplir con las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Freundt para que se capacite en el manejo y conduccion del simulador de vuelo de la aeronave Airbus modelo A-320; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje con fines de capacitacion del senor MORDAZA MORDAZA Freundt, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Sao MORDAZA, Republica Federativa de Brasil, durante los dias 27 al 29 de marzo de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ 600.00 Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto US$ 28.00 Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Transportes y Comunicaciones 05815

La solicitud cursada por la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA de fecha veintiuno de marzo del dos mil tres; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo tercero de la Ley Nº 25446 de fecha veintitres de MORDAZA de mil novecientos noventidos, se dispuso decretar el cese, entre otros magistrados, de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, cancelandose el titulo correspondiente al cargo de Juez del Decimo Juzgado de Menores de Lima; Que, conforme al contenido de la Ley Nº 27433 de fecha nueve de marzo del ano dos mil uno se dispuso la derogacion de los Decretos Leyes Nºs. 25423, 25425, 25442, 25446, 25471, 25492, 25529, 26118 y los articulos 1º y 2º del Decreto Ley Nº 25580 dictados por el Gobierno de Emergencia y Reconstruccion Nacional; Que, por sentencia de fecha trece de marzo del ano en curso, referida al Expediente Nº 013-2002-AI/ TC, el Tribunal Constitucional MORDAZA declarando fundada en parte la demanda interpuesta por el Colegio de Abogados del Callao y en consecuencia INCONSTITUCIONALES los articulos 3º y 4º de la Ley Nº 27433, articulos que establecian que la reincorporacion de magistrados cesados mediante los Decretos Leyes detallados en el considerando precedente, debian llevarse a cabo a traves de un MORDAZA de evaluacion efectuado por el Consejo Nacional de la Magistratura; Que, en tal sentido el articulo 35º de la Ley Nº 26435, Ley Organica del Tribunal Constitucional, senala que las sentencias recaidas en los procesos de inconstitucionalidad tiene autoridad de cosa juzgada, vinculan a todos los poderes publicos y producen efectos generales desde el dia siguiente a la fecha de su publicacion; Que, en virtud a la sentencia expedida por el Tribunal Constitucional con fecha trece de marzo ultimo, la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita su reincorporacion como Juez Titular del Decimo Juzgado de Menores de MORDAZA (Hoy Decimo Juzgado de Familia de Lima) o en alguna otra plaza de juzgado similar que a la fecha ostente la condicion de vacante; Que, siendo ello asi, y conforme se advierte del Informe Nº 007-2003-P-CSJL/OCAYAJ/RBO el Decimo Juzgado de Familia de MORDAZA a la fecha no tiene la calidad de vacante razon por la cual resulta necesario asignar a la doctora MORDAZA MORDAZA una Judicatura que se encuentre a la fecha vacante, presupuestada y que sea de igual jerarquia; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 35º de la Ley Organica del Tribunal Constitucional y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del articulo 90º de la Ley Organica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER la REINCORPORACION de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Magistrada de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, asignandole en su condicion de Juez Titular el Despacho del MORDAZA Juzgado de Familia de MORDAZA a partir del 26 de marzo del 2003, en reemplazo de la doctora Ismelda MORDAZA MORDAZA quien debera retornar al cargo jurisdiccional de origen poniendose para tal efecto a disposicion de la Oficina de Personal. Articulo Segundo.- PONER la presente resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, del Consejo Nacional de la Magistratura, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, Supervision de Personal del Poder Judicial, Fiscalia de la Nacion, Oficina de Administracion Distrital y de los magistrados para los fines correspondientes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 05839

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen reincorporacion de magistrada en el Despacho del MORDAZA Juzgado de Familia de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 0111-2003-P-CSJL/PJ MORDAZA, 24 de marzo del 2003

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