Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2003 (26/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 26 de marzo de 2003

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
FE DE ERRATAS RESOLUCION LEGISLATIVA DEL CONGRESO Nº 005-2002-CR Mediante Carta Nº 098-2003-OM/CR, el Congreso de la Republica solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Legislativa del Congreso Nº 005-2002-CR, publicada el 14 de marzo de 2003, en la pagina 240766. DICE: "Primero.- (...) en gravio del Estado." DEBE DECIR: "Primero.- (...) en agravio del Estado." 05874

PODER EJECUTIVO PCM
Autorizan contratacion de programas de estudios sobre medios de comunicacion mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 094-2003-PCM MORDAZA, 22 de marzo de 2003 VISTOS: El Informe Tecnico contenido en el Memorando Nº 204-2003-PCM/OA.OAA.7001; CONSIDERANDO: Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM establece en su articulo 14º los procesos de seleccion de Licitacion Publica, Concurso Publico, Adjudicacion Directa y Adjudicacion de Menor Cuantia, indicando que estos se convocan dentro de los margenes que establece la Ley Anual del Presupuesto; Que, de conformidad con el contenido del inciso 32.1 del articulo 32º de la Ley Nº 27879 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003, el Concurso Publico se convoca para la contratacion de servicios de toda naturaleza y la Adjudicacion Directa se aplica para las adquisiciones y contrataciones que realice la Entidad; Que, el literal c) del inciso 32.1 del articulo 32º de la precitada Ley establece los montos para la determinacion de los procesos de seleccion, senalando que la contratacion de servicios tales como prestaciones de empresas de servicios, se efectua por Concurso Publico, si el valor referencial es igual o superior a S/. 150 000,00; y, por Adjudicacion Directa, si el valor referencial es inferior al monto indicado; Que, el articulo 14º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM senala que la Adjudicacion Directa puede ser Publica o Selectiva, convocandose a Adjudicacion Directa Selectiva cuando el monto de la adquisicion o contratacion es igual o menor al cincuenta por ciento (50%) del limite MORDAZA establecido para la Adjudicacion Directa en la Ley Anual de Presupuesto; Que, segun el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2002-PCM, corresponde a la Secretaria de Comunicaciones efectuar el monitoreo y supervision de los estudios de opinion publica y de analisis de medios y audiencias necesarios para que el Gobierno pueda evaluar la recepcion de sus programas y politicas, por lo cual se requiere en forma priorita-

ria la adquisicion de estudios de lectoria de diarios, audiencia en cable e internet y audiencia radial en las principales ciudades del Peru; Que, la Compania Peruana de Investigacion de Mercados S.A. - CPI es una empresa de Investigacion de Mercados que actualmente viene ofreciendo el servicio de medicion de audiencia de radio, empleando para la MORDAZA de MORDAZA la tecnica del panel de hogares y para provincias la tecnica coincidental y recall, realizando tambien periodicamente la medicion de lectoria y perfil de lectores de periodicos y revistas, tanto en MORDAZA como a nivel nacional, siendo la citada empresa el unico proveedor en el MORDAZA que brinda el conjunto de servicios requerido por la Secretaria de Comunicaciones, por lo que, de acuerdo con el Informe Tecnico de Vistos, no admite sustituto alguno; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM establece en el literal f) de su articulo 19º, que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico, o Adjudicacion Directa, segun el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos; Que, segun lo dispuesto por el articulo 20º del citado Texto Unico Ordenado, las adquisiciones y contrataciones de bienes o servicios que no admiten sustitutos se realizan mediante el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, contando con el informe tecnico-legal que dispone la Ley, y en uso de sus facultades; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva por no admitir sustitutos, para la contratacion de los "Programas de Estudios CPI sobre Medios de Comunicacion" de la Compania Peruana de Investigacion de MORDAZA S.A., requerida por la Secretaria de Comunicaciones de la Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina de Asuntos Administrativos de la Oficina de Administracion a realizar la adquisicion a que se refiere el articulo precedente, mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, por un periodo de diez (10) meses a partir del mes de marzo del presente ano y hasta por la suma de S/. 42 017,50 (Cuarenta y Dos Mil Diecisiete y 50/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento de la Unidad Ejecutora 003 - Secretaria General - PCM de la Presidencia del Consejo de Ministros. Articulo 3º.- Encargar a la Oficina de Asuntos Administrativos de la Presidencia del Consejo de Ministros para que, bajo responsabilidad, remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros 05805

AGRICULTURA
Aprueban modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ministerio para el ano fiscal 2003
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0218-2003-AG MORDAZA, 7 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0122001-PCM establece que cada entidad elaborara un Plan

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