Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2003 (26/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, miercoles 26 de marzo de 2003 TITULO PRIMERO

NORMAS LEGALES

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CAPITULO II DE LA ESTRUCTURA

CAPITULO I NATURALEZA, FINALIDAD, OBJETIVOS Y FUNCIONES GENERALES Articulo 5º.- De acuerdo al Articulo 23º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, el Consejo Nacional de Descentralizacion es un organismo independiente y descentralizado, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros y con calidad de Pliego Presupuestario, cuyo titular es el Presidente del Consejo Nacional de Descentralizacion. Articulo 6º.- El Consejo Nacional de Descentralizacion dirige, conduce y coordina el MORDAZA de descentralizacion, orientado a lograr el desarrollo integral, armonico y sostenible del pais. Siendo su rol el de apoyar, asesorar, articular y facilitar la gestion de los Gobiernos Regionales y Locales en el logro de sus finalidades y objetivos. Articulo 7º.- El Consejo Nacional de Descentralizacion promueve el cumplimiento de los objetivos politicos, economicos, administrativos, sociales y ambientales contemplados en la Ley de Bases de Descentralizacion. Articulo 8º.- El Consejo Directivo del CND esta presidido por un representante del Presidente de la Republica y esta conformado por dos (2) representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros, dos (2) representantes del Ministerio de Economia y Finanzas, dos (2) representantes de los Gobiernos Regionales, un (1) representante de los Gobiernos Locales Provinciales y un (1) representante de los Gobiernos Locales Distritales. Articulo 9º.- Los miembros del Consejo Nacional de Descentralizacion son acreditados por sus respectivas entidades y designados por Resolucion Suprema por un periodo de cuatro (4) anos. El Presidente del CND tiene rango y condicion de Ministro de Estado. a. Para la primera designacion, los representantes del Poder Ejecutivo ante el Consejo Nacional de Descentralizacion son designados por dos, tres y cuatro anos, respectivamente. b. Los presidentes de los gobiernos regionales y los alcaldes de los gobiernos locales respectivos eligen a sus representantes dentro de los treinta (30) dias siguientes a su instalacion. Articulo 10º.- El CND tiene autonomia tecnica, administrativa y economica en el ejercicio de sus funciones, que son las siguientes: a. Conducir, ejecutar, monitorear y evaluar la transferencia de competencias y recursos a los gobiernos regionales y locales con arreglo a la Ley Nº 27783, especialmente en lo establecido a: i. El articulo 39º (Fondo de Compensacion Regional FONCOR) y 53º (Fondo Intergubernamental para la Descentralizacion-FIDE) de la Ley de Bases; ii. La disposicion Transitoria MORDAZA en lo referente a las etapas del MORDAZA de transferencia para cuyo efecto hace las evaluaciones correspondientes y coordina su ejecucion con los respectivos sectores del Poder Ejecutivo; y, iii. La disposicion Transitoria MORDAZA que establece la formalidad y ejecucion de las transferencias. b. Capacitar y especializar en gestion y gerencia publica a los funcionarios y empleados de los Gobiernos Regionales y Locales; c. Coordinar los planes de desarrollo nacional, regional y local; d. Canalizar y apoyar la cooperacion tecnica nacional e internacional; e. Coordinar y articular politicas y planes de gestion descentralizada; f. Brindar asistencia tecnica y financiera no reembolsable en materia de inversiones y concesiones, en coordinacion con los organismos especializados del gobierno nacional; g. Desarrollar y conducir un sistema de informacion para el MORDAZA de descentralizacion; y, h. Promover el desarrollo, fortalecimiento e integracion nacional, regional y local.

Articulo 11º.- El Consejo Nacional de Descentralizacion tiene la siguiente estructura organica: I. ORGANOS DE ALTA DIRECCION A.1. CONSEJO DIRECTIVO A.2. PRESIDENCIA: A.2.1. DESPACHO PRESIDENCIAL A.2.2. ORGANO DE ASESORAMIENTO A.2.2.1. Gabinete de Asesores A.2.3. ORGANOS AUXILIARES A.2.3.1. Oficina de Comunicaciones A.2.3.2. Oficina de Cooperacion Internacional A.2.4. ORGANO DE CONTROL A.2.4.1 Oficina de Auditoria Interna II. ORGANO DE DIRECCION B.1. SECRETARIA TECNICA B.1.1. DESPACHO DE LA SECRETARIA TECNICA B.1.2. ORGANO DE ASESORAMIENTO B.1.2.1. Gerencia Legal B.1.3. ORGANOS DE APOYO B.1.3.1. Gerencia de Administracion y Finanzas - Unidad de Finanzas - Unidad de Logistica - Unidad de Recursos Humanos - Unidad de Contabilidad - Unidad de Servicios Generales B.1.3.2. Unidad de Tramite Documentario B.1.3.3. Unidad de Centro de Documentacion y Biblioteca III. ORGANOS DE LINEA C.1. GERENCIA DE FORTALECIMIENTO REGIONAL C.1.1. Subgerencia de los Gobiernos Regionales del Norte C.1.2. Subgerencia de los Gobiernos Regionales del Centro C.1.3. Subgerencia de los Gobiernos Regionales del Sur C.2. GERENCIA DE FORTALECIMIENTO LOCAL C.2.1. Subgerencia de Asistencia Tecnica y Capacitacion C.2.2. Subgerencia de Coordinacion y Monitoreo C.2.3. Subgerencia de Diseno de Programas C.3. GERENCIA DE OPERACIONES Y FONDOS C.3.1. Subgerencia del FIDE C.3.2. Subgerencia de Otros Fondos C.3.3. Subgerencia de Proyectos Especiales

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