Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2003 (26/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

MORDAZA, miercoles 26 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES PROYECTO

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OSINERG
Proyecto de Procedimiento de calculo de Tarifas de Transporte y Distribucion de gas natural por ductos para el caso de la Red Principal de Camisea
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 039-2003-OS/CD MORDAZA, 17 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, las Tarifas Reguladas para el Transporte y Distribucion en Alta Presion del Gas Natural de Camisea, se rigen por el esquema tarifario definido en la Ley Nº 27133, "Ley de Promocion del Desarrollo de la Industria del Gas Natural" (en adelante la Ley), su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-99-EM y los respectivos Contratos de Concesion; Que, el Decreto Supremo Nº 046-2002-EM, establece disposiciones para regular la recaudacion y pago de la Garantia por Red Principal MORDAZA de la Puesta en Operacion Comercial de la red Principal de Camisea y determina el inicio de la recaudacion de la Garantia el 1 de noviembre del 2002, MORDAZA de la puesta en operacion comercial; Que, el inicio del pago de la Garantia MORDAZA de la puesta en operacion comercial, dispuesto por Decreto Supremo Nº 046-2002-EM, incorpora nuevos elementos que tienen un efecto importante en el calculo de la Tarifa Base y Regulada, siendo necesario establecer un procedimiento tecnico de calculo para la determinacion de las Tarifas Base y Regulada de la Red Principal, sin afectar los derechos adquiridos por las Empresas Concesionarias; Que, se requiere dar cumplimiento, a traves de la implementacion de dicho procedimiento tecnico de calculo, al Articulo 11º del Reglamento de la Promocion, que senala que, la ex - CTE ( Hoy OSINERG), expresara las Tarifas Reguladas como cargos mensuales y establecera la formula de actualizacion de dichas Tarifas Reguladas; Que, el Reglamento de la Promocion y los Contratos BOOT presentan algunas indicaciones para el calculo de las Tarifas para la Red Principal de Camisea, que requieren ser complementados y consolidados en un Procedimiento de calculo de Tarifas para la Red Principal de Camisea, unico y ordenado; Que, la Resolucion Nº 030-2003-OS/CD, del 14 de febrero 2003, establece la MORDAZA de las Propuestas Tarifarias de los Concesionarios de Transporte de Gas Natural por Ductos de Camisea a MORDAZA y de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en el Departamento de MORDAZA y Callao, el 28 de febrero del 2003 y senala que dichas propuestas tarifarias, deben contener como minimo: El efecto del adelanto del pago de la Garantia por Red Principal, la Proyeccion de las Demandas a transportar y distribuir por la Red Principal durante el periodo de analisis y las Formulas de Reajuste de las Tarifas Reguladas; Que, El procedimiento referido, sera necesario para que los Concesionarios de Transporte de Gas Natural de Camisea al City Gate y de Distribucion de Gas Natural en MORDAZA y Callao, puedan usarlo como base metodologica para llevar a cabo su estudio tarifario y presentar sus respectivas Propuestas Tarifarias referidas en el considerando anterior; Que, sobre la base de los Considerandos anteriores, se requiere establecer un procedimiento de calculo, que defina los mejores criterios, lineamientos y formulas tarifarias, a fin de que los interesados e involucrados conozcan y puedan aplicar dicho procedimiento para los fines del caso; Que, conforme al articulo 25º del Reglamento General de OSINERG, constituye requisito para la aprobacion de los reglamentos y normas de alcance general que dicte OSINERG en cumplimiento de sus funciones, que sus respectivos proyectos hayan sido prepublicados en el Diario Oficial El Peruano, con el fin de recibir las sugerencias o comentarios de los interesados, los mismos que no tendran caracter vinculante ni daran lugar a procedimiento administrativo; Que, tal como se dispone en el mencionado articulo 25º, la publicacion debe contener el texto de la MORDAZA, una exposicion de motivos y el plazo dentro del cual se recibiran los comentarios escritos de los interesados; Que, teniendo en cuenta el informe de la Asesoria Legal Interna OSINERG-GART-AL-2003-030; y, De conformidad con los dispositivos legales que anteceden y los referidos Contratos BOOT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en la Pagina Web del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia, del proyecto de norma: "Procedimiento de calculo de Tarifas de Transporte y Distribucion de gas natural por ductos para el caso de la Red Principal de Camisea", conjuntamente con su exposicion de motivos. Articulo 2º.- Definir un plazo de quince (15) dias calendario, contados a partir de la fecha de la publicacion a que se refiere el articulo primero, para que los interesados remitan por escrito sus comentarios a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (GART) sito en la avenida Canada Nº 1460 San MORDAZA, Lima. Los comentarios tambien podran ser remitidos via fax al numero telefonico Nº 2240491, o via Internet a la siguiente direccion de correo electronico: preciosregulados@cte.org.pe. Articulo 3º.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria la recepcion y analisis de los comentarios que se presenten al proyecto de MORDAZA, asi como la MORDAZA de la propuesta final al Consejo Directivo de OSINERG. Registrese y publiquese MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERG EXPOSICION DE MOTIVOS Mediante Decreto Supremo Nº 046-2002-EM , publicado en octubre del 2002, se dispuso el inicio del pago de la Garantia MORDAZA de la puesta en operacion de la Red Principal y determino el inicio de la recaudacion el 1º de noviembre del 2002, en MORDAZA del Articulo 9º del Reglamento de la Ley de Promocion del Gas Natural. Adicionalmente senala que el Costo del Servicio de la Red Principal sera el monto ofertado por el Concesionario, con vigencia a la fecha senalada en el contrato respectivo y que en el caso que se efectuaran pagos al Concesionario con anterioridad a la puesta en operacion de la Red Principal, dichos pagos podran ser descontados del Costo del Servicio, considerando la Tasa de Interes fijada en el Contrato. El adelanto del pago de la Garantia por Red Principal, mencionado en el parrafo anterior origina un Costo del Servicio descontado, el que tiene un efecto importante en el calculo de la Tarifa Base y Regulada, siendo necesario precisar en un procedimiento tecnico de calculo los alcances de este MORDAZA Costo del Servicio descontado y el mecanismo mas adecuado para la determinacion de las Tarifas Base y Regulada de la Red Principal. Por otro lado, las definiciones establecidas en el Articulo 11º del Reglamento de la Ley de Promocion respecto a la Tarifa Base y Tarifa Regulada por Red Principal, son generales y deben ser complementadas a nivel de detalle de calculo, considerando el MORDAZA Costo del Servicio, referido en el parrafo anterior. Adicionalmente el Articulo 11.5 del Reglamento de la Ley de Promocion establece que el OSINERG expresara la formula de actualizacion de la Tarifas, en tal sentido el Procedimiento debe precisar dichas formulas de actuali-

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