Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2003 (26/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, miercoles 26 de marzo de 2003 4.4 Procedimiento de Adjudicacion

NORMAS LEGALES

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Central podra establecer montos maximos de compra directa de titulos valores. 5.1. MORDAZA de propuestas a) Las propuestas de venta de titulos valores deberan ser presentadas al Departamento de Operaciones Monetarias y Cambiarias de la Gerencia de Credito y Regulacion Financiera, al facsimil que se indique en el anuncio, senalando la clave de seguridad que corresponde, hasta las 16:30 horas, en el formulario que este proporcione. Las propuestas deberan estar firmadas por funcionarios que cuenten con poderes suficientes. En el mismo formulario se detallara las caracteristicas de los titulos valores relacionados con la operacion, ordenados segun la preferencia de la ESF. Se coordinara con cada institucion el envio de claves de seguridad para ser usadas en los facsimiles. Las ESF deberan remitir al BCRP el estado de cuenta de CAVALI ICLV S.A. en el que se registre la tenencia de los titulos que proponen vender. b) Las propuestas presentadas seran irrevocables y la entidad participante sera responsable de su cumplimiento. c) Las propuestas deberan ser presentadas en multiplos de S/. 100 000,00. d) Si las propuestas de venta de titulos valores superasen el monto de las tenencias de la ESF, el BCRP retirara los excedentes. 5.2. Adjudicacion y Compra de los Titulos Valores a) Si las propuestas de venta de titulos valores de las ESF superan el monto total MORDAZA de compra anunciado, se procedera a distribuir dicho monto proporcionalmente entre las propuestas de venta de cada titulo valor. b) Si de la distribucion senalada en el punto anterior resultara un excedente debido a que las propuestas de venta de LTP y BTP superan el monto MORDAZA de compra anunciado para estos titulos valores, se procedera a distribuir dicho monto proporcionalmente entre las propuestas de venta de LTP y BTP. El excedente sera distribuido proporcionalmente entre las ESF con propuestas de venta de otros titulos valores. c) Los montos asi repartidos seran redondeados al multiplo de S/. 100 000,00 superior o inferior segun corresponda d) La compra de titulos valores se efectuara de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.6. 6. DE LA RECOMPRA DE LOS TITULOS VALORES Las ESF que vendan los titulos valores se comprometeran irrevocablemente a efectuar su recompra en la fecha pactada. Para el fin indicado las ESF autorizan al BCRP a que, en la fecha de vencimiento de la operacion, debite sus cuentas corrientes en moneda nacional hasta por el monto necesario para cubrir el valor de la recompra a que esten obligadas, procediendo luego el BCRP a transferir los titulos valores inscritos en el registro de propiedad del BCRP a nombre de las ESF y a ordenar a CAVALI ICLV S.A. la transferencia de los titulos valores a nombre de las ESF. El registro en las cuentas corrientes se realizara de acuerdo al procedimiento descrito en el Reglamento Operativo del Sistema de Liquidacion Bruta en Tiempo Real (Sistema LBTR). 7. DEL INCUMPLIMIENTO DE LA RECOMPRA DE LOS TITULOS VALORES a) En caso de incumplimiento en la recompra de los titulos valores emitidos por el BCRP, se redimira por anticipado la parte no recomprada. Los CD BCRP seran redimidos al menor valor que resulte de comparar el precio de compra del CD BCRP con compromiso de recompra, el precio vigente en el

a) Las propuestas con LTP y BTP, seran ordenadas de mayor a menor tasa, seleccionandose, en primer lugar, aquella que presente la tasa mas alta, siguiendose luego en orden descendente, hasta cubrir el monto MORDAZA de LTP y BTP a comprar anunciado. El resto de propuestas con LTP y BTP no seran consideradas. b) Las propuestas que resulten de la seleccion anterior, conjuntamente con las propuestas con otros titulos valores seran ordenadas de mayor a menor tasa, adjudicandose, en primer lugar, aquella que presente la tasa mas alta, siguiendose luego en orden descendente, hasta cubrir el monto de la subasta. c) En el caso que dos o mas propuestas tengan la misma tasa y el remanente de la cantidad subastada fuese insuficiente para atenderlas en su totalidad, se distribuira dicho remanente en la proporcion que corresponda a cada propuesta sobre el total ofrecido a la misma tasa. Los montos asi repartidos seran redondeados al multiplo de S/. 100 000,00, superior o inferior, segun corresponda. En el caso que la propuesta comprenda mas de un titulo valor y solo se MORDAZA una parte de MORDAZA, la adquisicion se efectuara en el orden de preferencia presentado por la ESF. d) El BCRP esta facultado para adjudicar un monto menor al anunciado, asi como para declarar desierta la subasta. 4.5 Comunicacion de los resultados a) Realizada la adjudicacion, la Gerencia de Credito y Regulacion Financiera informara el resultado de la subasta a las entidades participantes mediante el MSE de DATATEC, REUTERS, BLOOMBERG y otros medios disponibles. b) El acta con los resultados de la subasta estara a disposicion de las ESF participantes, en la Gerencia de Credito y Regulacion Financiera, a partir del dia siguiente al de la adjudicacion. 4.6 Compra de los Titulos Valores a) Cuando se trate de titulos valores inscritos en el registro de propiedad del Banco Central, las ESF que resulten adjudicatarias transfieren la propiedad de los titulos valores a favor del BCRP. Para tal efecto, la MORDAZA de propuestas en la subasta implica la autorizacion de la ESF para que el BCRP adquiera en su favor la propiedad de los titulos valores, lo que incluira la inscripcion de la transferencia en el registro respectivo y el abono en la cuenta corriente de la ESF. El BCRP abonara en la cuenta corriente en moneda nacional de la respectiva ESF, el monto adjudicado en la subasta, descontando los intereses, salvo que se indique otra modalidad. b) En el caso de los valores inscritos en CAVALI ICLV S.A., las ESF participantes adjudicatarias deberan transferir la propiedad de los titulos a favor del BCRP. Para tal efecto, las ESF deberan ordenar a CAVALI ICLV S.A. la transferencia de los titulos vendidos al BCRP, despues de lo cual, CAVALI ICLV S.A. debera remitir el refrendo de la operacion al BCRP, que evidencie la inscripcion de la transferencia en el registro respectivo. Luego de recibida la conformidad, se procedera al abono de los fondos en la cuenta corriente de la ESF. El BCRP abonara en la cuenta corriente en moneda nacional de la respectiva ESF, el monto adjudicado en la subasta, descontando los intereses, salvo que se indique otra modalidad. 5. DEL PROCEDIMIENTO DE LA COMPRA DIRECTA DE TITULOS VALORES La compra directa de titulos valores sera comunicada por los medios senalados en el numeral 4.1. Se anunciara los titulos valores que se aceptaran en la operacion y de ser el caso, el monto MORDAZA de LTP y BTP a comprar de acuerdo a lo senalado en el punto 1d). Asimismo, se comunicara el plazo, la hora de cierre para la recepcion y la tasa de interes que fije el BCRP. El Banco

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