Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2003 (26/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

Pag. 241486
IGM i = CGM i × TB TR =

NORMAS LEGALES PROYECTO
De Donde:

MORDAZA, miercoles 26 de marzo de 2003

(1 + )
i =h PR

PR

IGM i
i -h

(1 + )
i =h PR i =h PR

CCM i
i -h

=

(1 + ) CCM (1 + )
i=h PR i =h

PR

TB × CGM i
i -h

= TB ×

(1 + )
i =h PR

PR

CGM i
i -h

TBap,a = TBap,o * F1 TRa = TRo * F1

i i -h

(1 + )
i =h

CCM i
i -h

Donde: TBap,a = Tarifa Base Aplicable ajustada TRa = Tarifa Regulada ajustada TBap,o = Tarifa Base Aplicable definida en el articulo 8. TR o = Tarifa Regulada definida en el articulo 9. PPI = Producer Price Index (Finished goods less foods and energy - Serie ID : WPSSOP3500, publicado por Bureau of Labor Statistics de los Estados Unidos de America)

TR = TB × FU FU =

(1 + ) (1 + )
i =h

CGM i
i -h

CCM i
i -h

Donde: TR = Tarifa Regulada para los consumidores que no son generadores electricos. IGM = Ingreso Garantizado Mensual definido como el producto de la Tarifa Base por la Capacidad Garantizada Mensual. CGM = Capacidad Garantizada Mensual. CCM = Capacidad Contratada Mensual. FU = Factor de Utilizacion de la Capacidad Garantizada. Cuando la Capacidad Contratada supere la Capacidad Garantizada, este factor sera igual a la unidad. Por efecto del Pago Adelantado de la GRP, y para las Capacidades Demandadas por debajo de las Capacidades Garantizadas, la Tarifa Regulada se determinara como el producto de la Tarifa Base Aplicable con el Factor de Descuento definido en el articulo anterior por el Factor de Utilizacion. La Tarifa Regulada a ser aplicada a las capacidades demandadas por encima de las Capacidades Garantizadas, sera la Tarifa Base, sin aplicar el Factor de Descuento, por el Factor de Utilizacion ( el cual sera igual a la unidad). Articulo 10º.- Formulas de Actualizacion Por Reajuste anual del Costo del Servicio (F1) La Tarifa Base y Regulada sera calculada por el OSINERG en moneda local los 1 de marzo de cada ano, sobre la base del Costo de Servicio previamente actualizado mediante la siguiente formula: F1 = PPIa / PPIo · ·

Subindice o = Corresponde a Enero del 2003. Subindice a = Corresponde a Enero de los siguientes anos.

Por Reajuste Mensual de la Tasa de Cambio (F2) La Tarifa Base sera actualizada mensualmente en funcion de las variaciones en el MORDAZA de cambio, segun la siguiente formula de reajuste: F2 = (TCb / TCo) De Donde: TBap,b = TBap,a * F2 TBap,b = Tarifa Base reajustada mensualmente con la variacion del TC TC b = Tasa de cambio del mes de reajuste TC o = Tasa de cambio de la semana correspondiente a la determinacion de F1. El reajuste se llevara a cabo solo cuando la razon de cambio en F2 entre dos meses consecutivos, sea mayor al 3%. Articulo 11º.- Condiciones Generales Las Tarifas base y Regulada aplicables seran determinadas en dolares americanos y traducidos en moneda local para su aplicacion, para tal efecto se considerara lo definido en el Articulo 10º precedente. 05720

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE TEXTOS UNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS- MORDAZA Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos MORDAZA en la separata de Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los MORDAZA de los MORDAZA deben venir trabajados en Excel, una linea por celda, sin justificar. 2.- Los MORDAZA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco dias de anticipacion a la fecha de ser publicados. 3.- El MORDAZA ademas, debe ser remitido en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe.

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