Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2003 (26/03/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 26 de marzo de 2003

siguientes de su aprobacion, y remita un ejemplar de las modificaciones aprobadas por el articulo precedente, al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Microempresa- PROMPYME. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 05725

Designan representante del ministerio ante la Comision Multisectorial de Desarrollo Rural
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0283-2003-AG MORDAZA, 25 de marzo de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 080-2003PCM de fecha 11 de marzo de 2003, se creo la Comision Multisectorial de Desarrollo Rural encargada de coordinar, evaluar y priorizar las politicas y medidas sectoriales orientadas a garantizar el desarrollo rural sostenible; Que, el articulo 2º de la MORDAZA citada en el considerando precedente, establece los miembros integrantes de la Comision Multisectorial, asimismo, senala que los representantes de cada Ministerio seran designados por Resolucion Ministerial del Sector correspondiente; Que, en consecuencia es necesario designar al representante del Ministerio de Agricultura; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, Decreto Supremo Nº 017-2001-AG y Resolucion Ministerial Nº 080-2003-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a partir de la fecha al Econ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de la Oficina General de Planificacion Agraria, como representante del Ministerio de Agricultura ante la Comision Multisectorial de Desarrollo Rural creado por Resolucion Ministerial Nº 080-2003-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 05848

Aprueban Planes Maestros de los Parques Nacionales del MORDAZA, Tingo MORDAZA, Rio Abiseo y Huascaran
INSTITUTO NACIONAL DE RECURSOS NATURALES RESOLUCION JEFATURAL Nº 456-2002-INRENA MORDAZA, 13 de diciembre de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica en su articulo 68º establece que el Estado esta obligado a promover la conservacion de la diversidad biologica y de las areas naturales protegidas; Que, mediante Decreto Supremo Nº 0644-73-AG, aprobado el 29 de MORDAZA de 1973, se creo el MORDAZA Nacional del MORDAZA, ubicado en las provincias de Paucartambo y MORDAZA, en los departamentos de MORDAZA y MORDAZA de MORDAZA, con el objetivo de proteger una muestra representativa de la diversidad biologica, asi como pasajes de la MORDAZA, Ceja de MORDAZA y de los Andes del suroriente, contribuir al reconocimiento y proteccion de

la diversidad cultural y a la autodeterminacion de los pueblos indigenas del area; Que mediante Resolucion Suprema Nº 151-80-AA-DGFF se establecio la MORDAZA Reservada del MORDAZA con el objetivo de procurar el manejo y proteccion de la MORDAZA y fauna MORDAZA, asi como de las bellezas escenicas contenidas en MORDAZA y constituirse en una muestra representativa en el ambito mundial, de los ecosistemas del bosque humedo tropical; Que mediante Resolucion Directoral Nº 020-85-DGFF, de fecha 1 de MORDAZA de 1985 se aprobo el primer Plan Maestro del MORDAZA Nacional del MORDAZA que definio su categoria, status, organizacion y las politicas de gestion de sus diversos componentes; Que mediante Decreto Supremo Nº 045-2002-AG se categorizo como MORDAZA Nacional la MORDAZA Reservada del Manu; Que el articulo 8º, literal g) de la Ley Nº 2684, Ley de Areas Naturales Protegidas, senala que el Instituto Nacional de Recursos Naturales constituye el ente rector del SINANPE y que entre sus funciones se encuentra la de aprobar los Planes Maestros de las Areas Naturales Protegidas; Que, el articulo 18º de la Ley MORDAZA citada, establece que las areas naturales protegidas contaran con documentos de planificacion de caracter general y especificos por MORDAZA de recurso y actividad aprobados por el INRENA con participacion de los sectores correspondientes, los que constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro de las areas; Que, el articulo 20º de la Ley de Areas Naturales Protegidas prescribe que la autoridad nacional aprobara un plan maestro para cada area natural protegida, el cual constituye el documento de planificacion de mas alto nivel de las mismas y en el que se define la zonificacion, estrategias y politicas generales para la gestion del area; la organizacion, objetivos, planes especificos requeridos y programas de manejo, y los MORDAZA de cooperacion, coordinacion y participacion relacionados al area y su MORDAZA de amortiguamiento; Que mediante Decreto Supremo Nº 010-99-AG, se aprobo el Plan Director de las Areas Naturales Protegidas, en el que tambien se senala que el plan maestro constituye el documento de planificacion de mas alto nivel para su gestion y que son elaborados por medio de un MORDAZA participativo y revisados cada cinco (5) anos; Que el Articulo 37º numeral 1, del Reglamento de Areas Naturales Protegidas aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, establece que el MORDAZA de elaboracion del plan maestro es liderado por el Jefe del Area Natural Protegida correspondiente, con la colaboracion de los gobiernos regionales y locales, los pobladores locales debidamente organizados, y las instituciones publicas y privadas vinculadas al area natural protegida; Que, el articulo 37º, numeral 4, del Reglamento MORDAZA mencionado, senala que el Plan Mestro es aprobado mediante Resolucion Jefatural del INRENA, con una vigencia de cinco (5) anos, a propuesta de la Direccion General; Que, mediante un amplio MORDAZA participativo con las comunidades nativas campesinas, colonos, instituciones publicas y privadas vinculadas a la conservacion, se ha elaborado el Plan Maestro del MORDAZA Nacional del MORDAZA, el que la Direccion General de Areas Naturales Protegidas ha propuesto para su aprobacion; De conformidad a lo establecido en el articulo 8º literal g) , el articulo 20º de la Ley de Areas Naturales Protegidas y el articulo 37º, numeral 4 del Reglamento de la Ley de Areas Naturales Protegidas; y, En uso de las atribuciones conferidas en el articulo 8º literal j) del Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Recursos Naturales-INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 046-2001-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plan Maestro del MORDAZA Nacional MORDAZA, como documento de planificacion para el desarrollo de las actividades que se lleven a cabo dentro del MORDAZA nacional y orientar el desarrollo de las actividades en su MORDAZA de amortiguamiento. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion General de Areas Naturales Protegidas velar por la implementacion de las estrategias establecidas en el referido plan maestro. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del INRENA

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