Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2004 (22/02/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 22 de febrero de 2004

Articulo 3º.- El registro de los prospectos a utilizar en las ofertas publicas de venta a que se refieren los articulos 1º y 2º de la presente Resolucion, se encuentra sujeto a lo dispuesto en el articulo 14º, inciso b), numeral 2 del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado mediante Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Articulo 4º.- La oferta publica de los valores a que se refieren los articulos 1º y 2º de la presente Resolucion debera efectuarse con sujecion a lo dispuesto en el articulo 25º y, de ser el caso, en el articulo 29º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 14198-EF/94.10. Asimismo, se debera cumplir con presentar a CONASEV la documentacion e informacion a que se refieren los articulos 23º y 24º del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10. Articulo 5º.- La aprobacion y el registro a que se refieren los articulos 1º y 2º de la presente Resolucion no implica que CONASEV recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion a FONAFE, a REFINERIA LA PAMPILLA S.A., al Banco Wiese Sudameris en su calidad de entidad estructuradora, a Wiese Sudameris Sociedad Agente de Bolsa S.A., en su calidad de agente colocador, a la Bolsa de Valores de MORDAZA y a CAVALI ICLV S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WITHMORY Gerente General 03090

mites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT; Que, toda vez que las actividades de elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo los siguientes Comites Tecnicos de Normalizacion Permanentes: a) Bebidas Alcoholicas, b) Salud y Seguridad Ocupacional, y c) Fibra de Alpaca, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, los Comites Tecnicos de Normalizacion citados, presentaron los siguientes Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas (PNTP) en las fechas indicadas: a) Bebidas Alcoholicas, 1 PNTP, el 14 de octubre del 2003. b) Salud y Seguridad Ocupacional, 1 PNTP, el 28 de octubre del 2003. c) Fibra de Alpaca, 2 PNTP, el 3 de noviembre del 2003. Los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas citados fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas mediante el Sistema Ordinario, y sometidos a Discusion Publica por un periodo de sesenta dias calendario; contados a partir del 28 de noviembre del 2003; Que, no habiendose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas y luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica de la Comision recomendo su aprobacion como Normas Tecnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolucion Nº 0072-2000/ INDECOPI-CRT, la Comision con el acuerdo unanime de sus miembros, reunidos en su sesion de fecha 29 de enero del 2004; RESUELVE: Primero.- APROBAR como Normas Tecnicas Peruanas, las siguientes: NTP 211.004:2004 BEBIDAS ALCOHOLICAS. Metodo de ensayo. Determinacion de grado alcoholico volumetrico. 2ª Edicion. Reemplaza a la NTP 210.004:1966, NTP 210.007:1966, NTP 210.010:1967, NTP 210.011:1967, NTP 211.004:1967 y NTP 211.005:1967. NTP 851.001:2004 SISTEMAS DE GESTION DE LA SALUD Y SEGURIDAD OCUPACIONAL. Especificaciones. 1ª Edicion. NTP 231.303:2004 FIBRA DE ALPACA CLASIFICADA. Determinacion del diametro medio (finura), por el metodo de flujo de aire "air-flow". 1ª Edicion. NTP 231.307:2004 FIBRA DE ALPACA. Calibracion del aparato de flujo de aire "airflow". 1ª Edicion. Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Tecnicas Peruanas: NTP 210.004:1966 BEBIDAS ALCOHOLICAS. Metodo usual por areometria para determinar la densidad y la densidad relativa. NTP 210.007:1966 BEBIDAS ALCOHOLICAS. Metodo de calculo para convertir las lecturas areometricas a 15°C/

INDECOPI
Aprueban NTP elaboradas por los Comites de Bebidas Alcoholicas, Fibra de Alpaca y Gestion de Aseguramiento de la Calidad
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES Nº 0011-2004/CRT-INDECOPI

MORDAZA, 29 de enero de 2004 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa Nº 26407. Dicho Codigo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Co-

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