Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2004 (22/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, MORDAZA 22 de febrero de 2004

NORMAS LEGALES

Pag. 262955

(a) Este Convenio y la asistencia bajo el mismo estaran exonerados de impuestos bajo las leyes en vigencia en el territorio del Peru. (b) En caso que USAID pague el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promocion Municipal en las adquisiciones de bienes y servicios que demanden la ejecucion de las actividades financiadas bajo este Convenio, el monto de los impuestos pagados seran objeto de devolucion. Para tal efecto, USAID seguira los procedimientos requeridos. Las Partes acuerdan que las Enmiendas que se suscriban posteriormente cuyo proposito es comprometer un aporte adicional a cargo del monto total tal como se indica en la Seccion 3.1 (b) del Convenio, se sujetaran en cuanto a la ratificacion a la normatividad peruana vigente, teniendo en cuenta que las mismas son una sucesiva ejecucion del Convenio.

Excepto de lo enmendado o modificado en esta Enmienda, todos los terminos y condiciones de este Convenio permanecen en plena fuerza y vigencia. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, la Republica del Peru y los Estados Unidos de MORDAZA, actuando cada uno a traves de sus respectivos representantes debidamente autorizados, han suscrito esta Enmienda Nº Dos en sus nombres y la han otorgado en el dia y el ano que aparecen en la primera pagina. REPUBLICA DEL PERU MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA MORDAZA K. BUCKLES Mission Director USAID/Peru

CUADRO 1 PLAN FINANCIERO ILUSTRATIVO DE LA ACTIVIDAD POR COMPONENTES Y FUENTE DE FINANCIAMIENTO US$
Obligacion a la Fecha Enmienda Dos Total Obligado Mediante Enmienda Dos Total 2,102,650 2,762,650 FX 1,080,000 Life of Activity Contribucion de la Contraparte 1,559,565

DONACION USAID FX 1 Asistencia Tecnica Capacitacion 2 Politica y Regulacion Ambiental 3 Apoyo de capital para instituciones de micro finanzas 4 Servicios de Desarrollo Empresarial 5 Costos de manejo de la Actividad de USAID TOTAL 310,000 LC 350,000 Total 660,000 FX 685,000

DONACION USAID LC 1,417,650

DONACION USAID LC 5,065,090 Total 6,145,090

260,000

-

260,000

-

-

-

260,000

1,010,000

-

1,010,000

-

170,000

397,650

567,650

(170,000)

(397,650)

(567,650) 1/

0 1/

-

-

-

2,700,000

-

-

-

-

315,000

315,000

315,000

300,000

1,700,000

2,000,000

500,000

-

482,350

482,350

-

150,000

150,000

632,350

-

1,274,910

1,274,910

-

740,000

1,230,000

1,970,000

515,000

1,485,000

2,000,000

3,970,000

2,390,000

8,040,000

10,430,000

4,759,565

1/ Este componente esta siendo directamente financiado por USAID a traves de la Autoridad de Credito para el Desarrollo.

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TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan a Continental Airlines Inc. renovacion y modificacion de permiso de operacion de servicio de transporte aereo regular internacional de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 017-2004-MTC/12

MORDAZA, 13 de febrero de 2004 Vista la solicitud de CONTINENTAL AIRLINES INC., sobre Renovacion y Modificacion de Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 259-2000MTC/15.16 del 17 de octubre de 2000, se otorgo a CON-

TINENTAL AIRLINES INC., la Renovacion de Permiso de Operacion para prestar un Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo por el plazo de cuatro (4) anos; Que, con Solicitud de Registro Nº 2003-006296 del 3 de MORDAZA del 2003 ampliada con Solicitud de Registro Nº 2003-018951 del 18 de setiembre del 2003, CONTINENTAL AIRLINES INC. requiere la Modificacion y Renovacion, respectivamente, de Permiso de Operacion para prestar un Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de carga, a fin de incluir material aeronautico BOEING 767; Que, segun los terminos del Memorandum Nº 01762003-MTC/12.OAL y Memorandum Nº 0579-2003-MTC/ 12.AL del 30.10.2003 emitidos por la Asesoria Legal, Memorandum Nº 1717-2003-MTC/12.04 y Memorandum Nº 240-2004-MTC/12.04 emitidos por la Direccion de Seguridad Aerea; y, Memorandum Nº 023-2004-MTC/12. emitido por la Asesora de Politica Aerea; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; y, demas disposiciones legales vigentes; Que, asimismo, segun lo establecido en el Articulo 176º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, procede

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