Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2004 (22/02/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES
TRAMO DE AUTOAVALUO ACUMULADO Hasta 48.000 Mas de 48.000 Hasta 192.000 Mas de 192.000

MORDAZA, MORDAZA 22 de febrero de 2004
ALICUOTA IMPUESTO IMPUESTO (%) PARCIAL ACUMULADO 0.2 0.6 1.0 S/. 96.00 S/. 864.00 S/. 96.00 S/. 960.00

Fijan montos por derechos de emision del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2004
ORDENANZA Nº 152-MDMM

MORDAZA MORDAZA, 13 de febrero de 2004 EL MORDAZA DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA en Sesion Ordinaria de Concejo Nº 04 de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Cuarta Disposicion Final del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, faculta a las municipalidades que brindan el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, a cobrar por dichos servicios un importe no mayor al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 de enero de cada ejercicio; Que, mediante Decreto Supremo Nº 192-2003-EF de fecha 27 de diciembre de 2003 se establecio que el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el ejercicio fiscal 2004 equivale a S/.3,200.00 (Tres mil doscientos y 00/100 Nuevos Soles); Que, por otro lado, el articulo 13º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, senala que el Impuesto Predial se calcula aplicando a la base imponible la escala progresiva acumulativa que el mismo articulo senala; Que, es necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion del Impuesto Predial y de Arbitrios Municipales de Limpieza, Publica, Parques y Jardines y Serenazgo; asi como senalar la escala progresiva acumulativa, para el calculo del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2004; De conformidad a lo dispuesto por el Articulo 109º de la Constitucion Politica del Peru y el inciso 9) del Articulo 9º y los Articulos 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal con MORDAZA de UNANIMIDAD, y con dispensa del tramite de lectura, ha dado la siguiente:
ORDENANZA QUE FIJA MONTOS POR CONCEPTO DE DERECHOS DE EMISION DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2004

El monto minimo anual a pagar no sera inferior al 0.6% de la UIT vigente al 1 de enero de cada ejercicio gravable, que equivale para el presente ano 2004 a S/.19.20 Nuevos Soles. Articulo 4º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA 03706

Establecen fechas de vencimiento para pago del Impuesto Predial y Arbitrios del ejercicio 2004
ORDENANZA Nº 153-MDMM

MORDAZA MORDAZA, 13 de febrero de 2004 EL MORDAZA DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA en Sesion Ordinaria de Concejo Nº 04 de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 15º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal senala que el Impuesto Predial podra cancelarse al contado hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, debiendose pagar la primera cuota hasta el ultimo dia habil del mes de febrero y las cuotas restantes hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre; Que, por otro lado, la Ordenanza MORDAZA del Regimen Tributario de los Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo establece que estos son de periodicidad y recaudacion mensual; Que, el ultimo parrafo del Articulo 29º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99/EF, establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado, con caracter general, por la Administracion Tributaria; Que, es necesario establecer las fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2004; De conformidad a lo dispuesto por el Articulo 109º de la Constitucion Politica del Peru y el inciso 9) del Articulo 9º y los Articulos 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal con MORDAZA de UNANIMIDAD, y con dispensa del tramite de lectura, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LAS FECHAS DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2004 Articulo 1º.- De conformidad con el Articulo 15º de la Ley de Tributacion Municipal, la obligacion de pago del Impuesto Predial para el ejercicio 2004 vence: 1. Pago al contado 2. Pago Fraccionado : 27 de febrero

Articulo 1º.- Fijese en S/. 8.00 (Ocho y 00/100 Nuevos Soles) el monto que deberan abonar los contribuyentes o responsables tributarios por concepto de derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuesto y distribucion de las declaraciones juradas del Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2004. Por cada predio adicional se abonara S/. 4.00 (Cuatro y 00/100 Nuevos Soles) por el derecho mencionado. Dichos montos se cancelaran conjuntamente con la primera cuota del Impuesto Predial del ejercicio 2004. Articulo 2º.- Fijese en S/. 1.00 (Uno y 00/100 Nuevos Soles) el monto mensual que deberan abonar los contribuyentes o responsables tributarios por concepto de derecho de emision mecanizada y distribucion de las liquidaciones de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo por cada predio correspondiente al ejercicio 2004. Articulo 3º.- En aplicacion de lo establecido por el Articulo 13º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, el Impuesto Predial correspondiente al ejercicio 2004, se calculara aplicando la escala progresiva acumulativa siguiente:

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