Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2004 (21/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 21 de junio de 2004

9º, Capitulo II del Estatuto de la Institucion y con la opinion favorable del Gerente General y Asesor Legal Externo; RESUELVE: Primero.- Declarar en Situacion de Urgencia la reparacion integral de motor del Autovagon del Ferrocarril Huancayo - Huancavelica. Segundo.- Exonerar del MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva, la reparacion integral de motor del Autovagon Nº 32, autorizando la ejecucion de un MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia de acuerdo al siguiente detalle:
Descripcion Basica Servicio de Reparacion general de Motor del Autovagon 32 a todo costo Valor Referencial S/. 33,668.67

Que, con fecha 15 de MORDAZA de 2004, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia (en adelante "OSINERG") publico las Resoluciones de Consejo Directivo OSINERG Nº 070-2004-OS/CD y OSINERG Nº 0722004-OS/CD (en adelante las "RESOLUCIONES") contra las cuales Edecanete S.A. (en adelante "EDECANETE"), dentro del termino de ley, presento recurso de reconsideracion, siendo materia del presente acto administrativo el analisis y decision de dicho recurso impugnativo. 1.- ANTECEDENTES Que, de conformidad con lo dispuesto por el literal b) del articulo 43º 1 de la Ley de Concesiones Electricas (en adelante "LCE"), las tarifas y compensaciones correspondientes a los sistemas de transmision deberan ser reguladas por el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia (en adelante "OSINERG"). De acuerdo con lo estipulado por el articulo 44º2 de la LCE, la referida regulacion sera efectuada, independientemente de si las tarifas corresponden a ventas de electricidad para el servicio publico o para aquellos suministros que se efectuen en condiciones de competencia; Que, el MORDAZA de regulacion tarifaria de los Sistemas Secundarios de Transmision (en adelante "SST"), conforme se senala en el Informe OSINERG-GART/DGT Nº 018A-2004, se inicio el 31 de octubre de 2003 con la MORDAZA de los Estudios Tecnico Economicos de las empresas titulares de SST; Que, el OSINERG, en cumplimiento del Procedimiento para Fijacion de Tarifas y Compensaciones para los SST, aprobado por Resolucion OSINERG Nº 0001-2003OS/CD, convoco la realizacion de una Audiencia Publica para que los titulares expusieran el contenido y sustento de sus Estudios Tecnico Economicos, la misma que se realizo el 5 de diciembre de 2003; Que, seguidamente, el OSINERG presento sus observaciones a los referidos Estudios, incluyendo aquellas otras observaciones formuladas como consecuencia de las intervenciones de los interesados en la Audiencia Publica; Que, posteriormente, se efectuo la recepcion de las absoluciones a las observaciones realizadas por el OSINERG, la prepublicacion del proyecto de resolucion que fija las tarifas y compensaciones para los SST y la relacion de la informacion que la sustenta, la Audiencia Publica de fecha 22 de marzo de 2004 y la recepcion de opiniones y sugerencias de los interesados respecto a la mencionada prepublicacion, conforme a lo dispuesto en los literales g), h) e i) del Procedimiento para la Fijacion de Tarifas y Compensaciones de los SST; Que, con fecha 15 de MORDAZA de 2004, el OSINERG, en cumplimiento de lo establecido en el articulo 43º de la LCE, publico las Resoluciones OSINERG Nº 070-2004-

Dicha contratacion se ejecutara con cargo a la fuente de financiamiento de recursos directamente recaudados. Tercero.- Designar al Comite Especial que tendra a su cargo la conduccion del MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia para efectos de la presente declaratoria de Urgencia; conformado por:
Miembros Titulares: CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA Econ. MORDAZA MORDAZA M. Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sra. MORDAZA Salaman MORDAZA Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Dpto. Administracion Jefe Of. Planificacion y Pres. Jefe Dpto. Mecanica (e) Jefe Of. Abastecimiento Inspector de Mecanica Presidente Miembro Miembro Miembro Miembro

Miembros Suplentes: - Sr. MORDAZA MORDAZA Genta - CPC Aracely MORDAZA MORDAZA - Econ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Jefe Dpto. Trafico - Jefe Of. Contabilidad-Tes. (e) - Tecnico Of. Tesoreria - Presidente o Miembro - Miembro - Miembro

Cuarto.- Encargar a la Gerencia General la publicacion de la Resolucion que genere la presente Resolucion Acuerdo, en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles siguientes a su aprobacion. Quinto.- La Gerencia General queda encargada de comunicar el contenido de la presente Resolucion, a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias calendario siguientes a su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo REYNEIRO MORDAZA USANDIVARAS Miembro del Consejo Directivo Representante Gob. Reg. Hvca. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miembro del Consejo Directivo Representante Gob. Reg. MORDAZA 11634

1

Articulo 43º.- Estaran sujetos a regulacion de precios: a) La transferencia de potencia y energia entre generadores, los que seran determinados por el COES, de acuerdo a lo establecido en el articulo 41º de la presente Ley. Esta regulacion no regira en el caso de contratos entre generadores por la parte que supere la potencia y energia firme del comprador; b) Las tarifas y compensaciones a titulares de Sistemas de Transmision y Distribucion; c) Las ventas de energia de generadores a concesionarios de distribucion destinadas al Servicio Publico de Electricidad; y, d) Las ventas a usuarios del Servicio Publico de Electricidad.

OSINERG
Declaran fundado en parte recurso de reconsideracion contra las RR. Nºs. 070 y 072-2004-OS/CD, referentes a tarifas y compensacioes de Sistemas Secundarios de Transmision de diversas empresas
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 132-2004-OS/CD MORDAZA, 17 de junio de 2004

2

Articulo 44º.- Las tarifas de transmision y distribucion seran reguladas por la Comision de Tarifas de Energia independientemente de si estas corresponden a ventas de electricidad para el servicio publico o para aquellos suministros que se efectuen en condiciones de competencia, segun lo establezca el Reglamento de la Ley. Para estos ultimos, los precios de generacion se obtendran por acuerdo de partes. (...)

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