Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2004 (21/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, lunes 21 de junio de 2004

NORMAS LEGALES PROYECTO

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- En las areas que comprendan la ampliacion de los planes minimos de expansion, los operadores deberan contar al menos con un centro de conmutacion de su propiedad. Tales compromisos no eximen a los operadores de las demas obligaciones pactadas en sus respectivos contratos de concesion". Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno,

telecomunicaciones mediante el uso de tarjetas de pago, denominado asi por la Resolucion Ministerial Nº 10422003-MTC/03. Sin embargo, los servicios especiales con interoperabilidad no se restringen al servicio que permite el acceso a los servicios publicos de telecomunicaciones mediante el uso de tarjetas de pago; dado que el criterio establecido en el PTFN es que el Ministerio establezca los servicios interoperables. En este sentido, los servicios especiales con interoperabilidad deben permitir lograr los objetivos de generar competencia y eficiencia para la prestacion de los servicios. Dichos objetivos no solo pueden ser alcanzados a traves del servicio que permite el acceso a los servicios publicos de telecomunicaciones mediante el uso de tarjetas de pago; sino tambien a traves de otros servicios que defina el Ministerio al MORDAZA del PTFN. Es asi que resulta necesario, ampliar los alcances del Decreto Supremo Nº 062-2003-MTC a otros servicios especiales con interoperabilidad que MORDAZA definidos por el Ministerio, a fin que se permita gozar a dichos servicios de las condiciones otorgadas por Decreto Supremo Nº 062-2003-MTC. Los principales beneficios que se esperan lograr con esta propuesta son: 1. Facilitar la prestacion de diversos servicios especiales con interoperabilidad. 2. Ampliar las alternativas de servicios a los que el usuario puede acceder desde un terminal de telefonia fija local. 3. Homogenizar el tratamiento otorgado al servicio que permite el acceso a los servicios publicos de telecomunicaciones mediante el uso de tarjetas de pago a los demas servicios que defina el Ministerio como interoperables. En suma se propone que los otros servicios especiales con interoperabilidad que se definan por el Ministerio, se encuentren sujetos a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 062-2003-MTC. 11534

EXPOSICION DE MOTIVOS Los servicios especiales con interoperabilidad gozan de la particularidad de ser necesariamente reconocidos por las redes locales, tal como lo establece el numeral 2.10.3 del Plan Tecnico Fundamental de Numeracion (PTFN), aprobado por Resolucion Suprema Nº 022 -2002-MTC de fecha 31 de agosto de 2002, el que dispone que son servicios especiales con interoperabilidad aquellos servicios brindados por los concesionarios de los servicios publicos locales, que deben ser necesaria y obligatoriamente reconocidos por todas las redes de los demas concesionarios de estos servicios; senalandose que dichos servicios seran establecidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Es asi que mediante Decreto Supremo Nº 062-2003-MTC de fecha 27 de noviembre de 2003, se regula a los servicios especiales con interoperabilidad, considerandose entre estos, a la prestacion de los diversos servicios a los usuarios de los servicios publicos mediante el uso de tarjetas de pago. La citada MORDAZA precisa en su Articulo 1º que se entiende por concesionarios u operadores de los servicios publicos locales; lo que es de aplicacion a todos los servicios especiales con interoperabilidad; sin embargo las demas disposiciones se encuentran referidas solo al servicio que permite el acceso a los servicios publicos de

PROYECTO DE MORDAZA QUE ESTABLECE LOS SERVICIOS ESPECIALES CON INTEROPERABILIDAD Y MODIFICA LA RESOLUCION MINISTERIAL Nº 284-2004-MTC/03
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones, pone a consideracion del publico interesado el contenido del referido proyecto, a fin que remitan sus opiniones y sugerencias por escrito a la Secretaria de Comunicaciones del Viceministerio de Comunicaciones, Av. 28 de MORDAZA Nº 800Lima o via fax al 332-4084, dentro del plazo de diez (10) dias habiles, o via correo electronico a jpena@mtc.gob.pe, de acuerdo al formato siguiente. Formato para la MORDAZA de comentarios al Proyecto Articulo del Proyecto 1º 2º Comentarios Generales MORDAZA, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 022-2002MTC de fecha 31 de agosto de 2002, se aprobo el Plan Tecnico Fundamental de Numeracion (PTFN); Que, el numeral 2.10.3 del referido Plan Tecnico establece que son servicios especiales con interoperabilidad aquellos servicios brindados por los concesionarios de los servicios publicos locales, que deben ser necesaria y obligatoriamente reconocidos por todas las redes de los demas concesionarios de estos servicios; senalandose que dichos servicios seran establecidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Comentarios

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