Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2005 (05/02/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, sabado 5 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 286301

tema Nacional de Inversion Publica; y la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la Directiva Nº 002-2005EF/68.01, "Procedimiento Simplificado Aplicable a los Proyectos de Inversion Publica que apruebe la Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres", que consta de 10 articulos, una disposicion complementaria y 3 anexos y forma parte de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas DIRECTIVA Nº 002 ­2005-EF/68.01 "PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO APLICABLE A LOS PROYECTOS DE INVERSION PUBLICA QUE APRUEBE LA COMISION MULTISECTORIAL DE PREVENCION Y ATENCION DE DESASTRES" CAPITULO 1 DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Objeto La presente Directiva tiene por objeto establecer un procedimiento simplificado aplicable a los Proyectos de Inversion Publica incluidos en los Programas aprobados por la Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres, creada por el Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM. Articulo 2º.- Base Legal 2.1 Decreto Legislativo Nº 183, Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas. 2.2 Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica. 2.3 Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.4 Decreto Supremo Nº 071-2001-EF modificado por Decreto Supremo Nº 093-2001-EF; que aprueba la reestructuracion organizativa institucional del Ministerio de Economia y Finanzas mediante la cual se modifica la Estructura Organica del Viceministerio de Economia. 2.5 Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM, que crea la Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres. 2.6 Decreto Supremo Nº 157-2002-EF, Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica. 2.7 Resolucion Ministerial Nº 158-2001-EF/15, que Modifica el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 3º.- Alcance La presente Directiva es de aplicacion a las entidades y empresas del Sector Publico, de los tres niveles de Gobierno, que ejecutan Proyectos de Inversion Publica en el MORDAZA de los Programas de Inversiones de Prevencion de Danos ante Peligro Inminente, Atencion de Emergencias y Rehabilitacion, aprobados por la Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres (CMPAD). Articulo 4º.- Particularidades de los Programas y Proyectos 4.1. Los Programas de Inversiones de Prevencion de Danos ante Peligro Inminente, Atencion de Emergencias y Rehabilitacion, tienen como objetivo mitigar los posibles o reales efectos causados por fenomenos naturales o antropicos de gran magnitud, asi como recuperar la infraestructura publica y la capacidad de produccion de las localidades afectadas. 4.2. En el MORDAZA de las atribuciones de la CMPAD, dichos Programas pueden considerar intervenciones

en una o mas de las siguientes fases: acciones ante peligro inminente, atencion durante la emergencia y rehabilitacion. 4.3. Los Proyectos de Inversion Publica contenidos en los Programas a que se refiere el numeral precedente, deben tener un periodo de ejecucion menor a cinco meses y deben estar destinados a uno o mas de estos fines: a) Realizar acciones de mitigacion ante el inminente impacto de un fenomeno natural que puede causar un desastre; b) Realizar acciones de atencion de emergencia y de rehabilitacion de la infraestructura publica para recuperar los niveles de servicio que tenian MORDAZA de la ocurrencia de un desastre; c) Realizar acciones de recuperacion de la capacidad productiva de las localidades afectadas por la ocurrencia de un desastre. 4.4. Todos los proyectos a que se refiere la presente MORDAZA, se deben ejecutar en las zonas declaradas previamente en Estado de Emergencia por ocurrencia de fenomenos naturales o antropicos y/o estar incluidos en un Programa aprobado por la CMPAD. 4.5. Las situaciones que determinan la emergencia deben estar debidamente registradas en el aplicativo informatico del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) denominado "Sistema Nacional de Informacion para la Prevencion y Atencion de Desastres (SINPAD)". Excepcionalmente se podra evaluar la elegibilidad de proyectos derivados de emergencias no registradas en el SINPAD, siempre y cuando se encuentre incluido en alguno de los Programas a que se refiere el articulo 3º y previo informe sustentatorio elaborado por el Comite de Defensa Civil responsable y con opinion favorable del INDECI. CAPITULO 2 DISPOSICIONES ESPECIFICAS Articulo 5º.- Del Procedimiento Simplificado 5.1. Corresponde a las entidades y empresas del Sector Publico de los tres niveles de Gobierno y en el ambito de su competencias, la identificacion de las principales intervenciones asociadas directamente a la emergencia, asi como la elaboracion de la Ficha Tecnica (Formato SNIP-12), la cual debe estar debidamente suscrita por la MORDAZA autoridad de la Unidad Ejecutora o empresa. 5.2. Corresponde a las entidades y empresas del Sector Publico, de los tres niveles de Gobierno y en el ambito de sus competencias, consolidar y priorizar los proyectos presentados por sus propias Unidades Ejecutoras, responsabilizandose del cumplimiento de lo establecido en la presente Directiva y de remitir los proyectos a: - la Direccion General de Programacion Multianual del Sector Publico del Ministerio de Economia y Finanzas (DGPM); con MORDAZA a: - el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI); y, - al Sector correspondiente, en el caso de Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales; Articulo 6º.- Declaracion de elegibilidad y elaboracion de expedientes tecnicos 6.1. Para que un proyecto sea elegible debe demostrar que tiene un nexo de causalidad directo con el desastre (real o inminente) que determina la emergencia, ser una solucion tecnica adecuada al problema planteado y ser factible financieramente. 6.2. Corresponde a: a) El INDECI, en su calidad de Secretaria Tecnica de la Comision Multisectorial de Prevencion y Atencion de Desastres (STCMPAD) y en coordinacion con la DGPM, estructurar y proponer los Programas a que

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.