Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2005 (05/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, sabado 5 de febrero de 2005

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Articulo 2º.- Remitase MORDAZA de la presente resolucion al mencionado Procurador Publico, para su cumplimiento y fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 02687

Precios CIF de referencia para la aplicacion del Derecho Variable Adicional o rebaja arancelaria a importaciones de maiz, azucar, arroz y lacteos
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 003-2005-EF/15 MORDAZA, 4 de febrero de 2005 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modificatorias, se establecio el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos senalados en el Anexo I del citado Decreto Supremo; Que, por Decreto Supremo Nº 184-2002-EF se modifico el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolucion Viceministerial del Viceministro de Economia; Que, por Decreto Supremo N° 075-2004-EF se dispuso que las Tablas Aduaneras del Maiz, Arroz y Lacteos, aprobadas por el Decreto Supremo Nº 001-2002EF y la Tabla Aduanera del Azucar a que se refiere el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 153-2002-EF tendran vigencia hasta el 30 de junio de 2005; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo comprendido entre el 16 y el 31 de enero de 2005; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese los precios CIF de referencia para la aplicacion del Derecho Variable Adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modificatorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF) US$ por T.M. Fecha Maiz Azucar Arroz Del 16/1/2005 al 31/01/2005 118 285 334

Leche Entera en Polvo 2 309

Que, mediante la Ley Nº 27209, Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, en concordancia con lo dispuesto en la Ley Nº 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, que entrara en vigencia a partir del 1 de enero de 2005, se establecen las normas fundamentales que rigen las distintas fases del MORDAZA presupuestario, los criterios tecnicos y los mecanismos operativos que permitan optimizar la gestion administrativa y financiera del Estado; Que, por Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, y la Directiva Nº 001-2005-EF/76.01, para la aprobacion del Presupuesto Institucional de Apertura de los Pliegos del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local para el Ano Fiscal 2005, aprobada por Resolucion Directoral Nº 055-2004-EF/76.01, se establecen las normas para el MORDAZA presupuestario que deben observar los organismos del Sector Publico durante el Ejercicio Fiscal 2005; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 668-2004ED se aprobo el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) de Ingresos y Egresos del Pliego 010 Ministerio de Educacion para el Ano Fiscal 2005, asi como la Estructura Funcional Programatica de Apertura, por Unidad Ejecutora, Funcion, Programa, Subprograma, Actividad y Proyecto; Que, conforme a la organizacion interna del Ministerio de Educacion, aprobada por Decreto Supremo Nº 51-95-ED y al Reglamento de Organizacion y funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-96-ED, corresponde a la Secretaria General las funciones relativas a la gestion administrativa del Ministerio, a traves de la Oficina de administracion; Que, a afectos de lograr una gestion administrativa mas dinamica en materia presupuestaria en el Ministerio de Educacion, resulta pertinente delegar al Secretario General, las facultades que en materia presupuestal le corresponde al Titular del Pliego, en MORDAZA a lo senalado en los articulos 38º, 39º, 40º y 41º y demas pertinentes de la Ley Nº 28411-Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, que no MORDAZA de exclusiva competencia del Titular del Pliego; Que, asimismo, es necesario designar a los jefes de las Unidades Ejecutoras, responsables de la administracion y ejecucion presupuestaria a nivel de Funciones, Programas, Subprogramas, Actividades y Proyectos, Componentes y el logro de las Metas Presupuestarias previstas para el Ejercicio Presupuestario 2005; Con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica y de la Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educacion; y, De conformidad con la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 28247- Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, el Decreto Ley Nº 25762 - Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificada por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nº 51-95-ED y Nº 002-96-ED y la Resolucion de Contraloria Nº 072-98-CG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Delegar a la Secretaria General del Ministerio de Educacion, durante el Ano Fiscal 2005, las siguientes facultades y atribuciones del Titular del Pliego 010:Ministerio de Educacion: a) De gestion y resolucion respecto de las Funciones, Programas, Subprogramas, Actividades y Proyectos a su cargo y el logro de las metas previstas para dicho ejercicio. b) De gestion y resolucion que correspondan al Titular del Pliego en materia presupuestaria, las mismas que se detallan a continuacion: - Autorizacion de Modificaciones Presupuestarias entre Actividades y proyectos de una misma Unidad Ejecutora o entre Unidades Ejecutoras. - Aprobacion de las Resoluciones de Modificaciones Presupuestarias mediante creditos y anulaciones presupuestarias entre Unidades Ejecutoras. - Aprobacion de las Resoluciones de Formalizacion de Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Viceministro de Economia 02672

EDUCACION
Delegan diversas facultades y atribuciones a la Secretaria General y designan a responsables de la administracion de las unidades ejecutoras y de ejecucion presupuestaria
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0669-2004-ED MORDAZA, 29 de diciembre de 2004

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