Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2005 (05/02/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 5 de febrero de 2005

Que, de lo expuesto se advierte que el Partido Democratico Descentralista ha cumplido con presentar su solicitud de inscripcion como partido politico de alcance nacional, dentro del plazo establecido por la Ley de Partidos Politicos, encontrandose pendiente de subsanacion el numero de firmas validas exigidas en el inciso b) del articulo 5ª de la acotada Ley. Que, sin perjuicio de lo establecido en la parte considerativa del caso materia de autos, el Pleno del JNE, advierte la necesidad de normar claramente, para el futuro, la etapa de subsanacion de firmas para la inscripcion de organizaciones politicas, por lo que debera formular una iniciativa legislativa en tal sentido. El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundado el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Naranjo MORDAZA, integrante del Comite Ejecutivo Nacional y apoderada legal del partido politico en via de inscripcion "Partido Democratico Descentralista"; en consecuencia revocar la Resolucion Nº 034-2004-OROP/JNE de fecha 27 de diciembre de 2004, que rechaza la inscripcion de su representada y dispone la devolucion de la documentacion y anexos presentados ante este organismo electoral para el citado tramite de inscripcion Articulo Segundo.- Admitir a tramite el lote de firmas presentado por la recurrente con fecha 13 de diciembre de 2004, remitiendose a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para su procesamiento. Registrese, comuniquese y publiquese. S.S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA BALLON - MORDAZA MORDAZA, Secretario General 02570

ONPE
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a ex funcionarios de la ODPE Azangaro por presunta comision de delitos de falsificacion de documentos y peculado
OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES RESOLUCION JEFATURAL Nº 022-2005-J/ONPE MORDAZA, 2 de febrero de 2005 VISTO; el Oficio Nº 004-2005-GCI/ONPE remitido por la Gerencia de Control Institucional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, elevando a este despacho el Informe Especial Nº 001-2005-GCI/ONPE "Informe Especial resultante del Examen Especial en torno a la presunta falsificacion de documentos y comision de delito de peculado por parte de ex funcionarios de la ODPE Azangaro durante las Elecciones Regionales y Municipales 2002"; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 14º literal b) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales aprobado mediante Resolucion Jefatural Nº 051-2004-J/ONPE, corresponde a la Gerencia de Control Institucional, ejecutar oportunamente las acciones de control previstas y no previs-

tas en el Plan Anual de Control, de acuerdo a las normas del Sistema Nacional de Control; Que, mediante Memorandum Nº 179-2004-J/ONPE, el Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, solicita a la Gerencia de Control Institucional proceder conforme a sus atribuciones en relacion a la carta de denuncia del ciudadano MORDAZA MORDAZA Amanqui MORDAZA, sobre presuntas irregularidades en la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de Azangaro durante las Elecciones Regionales y Municipales 2002; Que, mediante Oficio Nº 004-2005-GCI/ONPE de fecha 7 de enero y recibido con fecha 11 de enero del 2005, la Gerencia de Control Institucional remite a Jefatura Nacional el Informe Especial Nº 001-2005-GCI/ ONPE "Informe Especial resultante del Examen Especial en torno a la presunta falsificacion de documentos y comision de delito de peculado por parte de ex funcionarios de la ODPE Azangaro durante las Elecciones Regionales y Municipales 2002"; Que, la referida accion de control no se encontraba prevista en el Plan Anual de Control de la Gerencia de Control Institucional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales para el ano 2004, y se ha ejecutado a solicitud de la Jefatura Nacional, habiendose comunicado oportunamente a la Contraloria General de la Republica; Que, el "Informe Especial" MORDAZA citado se elaboro teniendo en consideracion los lineamientos establecidos en la MORDAZA de Auditoria Gubernamental 4.50 - Informe Especial, aprobada mediante Resolucion de Contraloria Nº 162-95-CG y modificada por Resolucion de Contraloria Nº 012-2002-CG; en tal sentido, constituye prueba preconstituida para la iniciacion de las acciones administrativas y/o legales resultantes, segun lo dispone el literal f) del articulo 15º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control; Que, el "Informe Especial" ha encontrado presunta responsabilidad de los ilicitos penales de Peculado y Falsedad Material, en la conducta de los senores MORDAZA MORDAZA Castaneda Taquire y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y de Estafa y Falsedad Material en la conducta del senor MORDAZA MORDAZA Ferreyros Yucra; Jefe, Asistente Administrativa y Coordinador de Mesa, respectivamente, de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de Azangaro durante las Elecciones Regionales y Municipales 2002; Que, el informe de visto ha concluido recomendando a la Jefatura Nacional autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales correspondientes contra los senores: MORDAZA MORDAZA Castaneda Taquire, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Ferreyros MORDAZA, por los hechos detallados en el mismo; Que, conforme senala la MORDAZA de Auditoria Gubernamental 4.50 - Informe Especial, anteriormente citada, corresponde al titular de la Oficina Nacional de Procesos Electorales implementar la recomendacion del "Informe Especial" emitido; De conformidad con lo establecido en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa Judicial del Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, y, la Ley Nº 26487, Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y con el visto de la Gerencia de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado, interponga e impulse las acciones legales correspondientes contra las personas a que se refiere la parte considerativa de la presente resolucion, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHU MORDAZA Jefa Nacional 02567

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