Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2005 (13/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, viernes 13 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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celo MORDAZA Barrios; en consecuencia, declarar nulo y sin efecto el acuerdo tomado en la sesion extraordinaria del 2 de agosto de 2004, que desestimo el pedido de vacancia de los cargos de MORDAZA de don MORDAZA Arbizu MORDAZA y de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Concejo Distrital de Vinac, provincia de Yauyos, departamento de Lima. Articulo Segundo.- Declarar la vacancia de los cargos de MORDAZA de don MORDAZA Arbizu MORDAZA y de Regidor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Concejo Distrital de Vinac, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, por haber incurrido en la causal de ausencia de la respectiva jurisdiccion municipal por mas de treinta dias consecutivos, sin autorizacion del concejo municipal. Articulo Tercero.- Declarar que el Regidor don Asencion MORDAZA Saldana MORDAZA asume el cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Vinac, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, para el periodo de gobierno municipal 2003-2006; debiendosele otorgar la respectiva municipal. Articulo Cuarto.- Convocar a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a don MORDAZA MORDAZA Madueno, candidatos no proclamados de la organizacion politica nacional "Accion Popular", para que asuman los cargos de Regidor en el Concejo Distrital de Vinac, provincia de Yauyos, departamento de MORDAZA, para completar el periodo de gobierno municipal 2003 - 2006; debiendoseles otorgar la respectiva credencial. Registrese, comuniquese y publiquese. S.S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA BALLON-LANDA MORDAZA Secretario General 08986

a MORDAZA MORDAZA MORDAZA Santini con los Acuerdos de Concejo Nºs. 106-2004-MPC y 027-2005-MPC que declara y ratifica la vacancia de su cargo de Regidora; Que habiendo transcurrido a la fecha el plazo de quince dias habiles para interponer el recurso de apelacion que faculta la Ley Nº 27972, en su articulo 23º, sin haberse impugnado el acuerdo de vacancia, dicho acuerdo ha quedado consentido; Que en autos se encuentra acreditado que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Santini ha incurrido en la causal de vacancia prevista en el inciso 7) del articulo 22º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que conforme lo establece el numeral 2) del articulo 24º de la Ley Nº 27972, en caso de vacancia del regidor, este es reemplazado por el suplente respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, correspondiendo convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado del Partido Aprista Peruano; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Convocar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato no proclamado del Partido Aprista Peruano, para que asuma el cargo de Regidor en el Concejo Provincial de Canete, departamento de MORDAZA, para completar el periodo de gobierno municipal 2003 2006, debiendosele otorgar la respectiva credencial. Registrese, comuniquese y publiquese. S.S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA URDANIVIA BALLON-LANDA MORDAZA Secretario General 08987

Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Provincial de Canete
RESOLUCION Nº 099-2005-JNE Exp. Nº 040-2005 MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2005 VISTA la solicitud recibida el 20 de enero de 2005, presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Alcaldesa del Concejo Provincial de Canete, departamento de MORDAZA, para que se convoque al candidato suplente, ante la declaratoria de vacancia del cargo de Regidora de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Santini; CONSIDERANDO: Que el Concejo Provincial de Canete en sesion extraordinaria del 30 de diciembre de 2004, acordo por unanimidad declarar la vacancia del cargo de Regidora de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Santini por haber incurrido en la causal de inconcurrencia injustificada a 3 sesiones ordinarias consecutivas de concejo, prevista en el articulo 22º inciso 7) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, segun consta de fojas 37 a 42, expidiendose en igual sentido el Acuerdo de Concejo Nº 1062004-MPC del 31 de diciembre de 2004 de fojas 43 y 44; ratificandose dicho acuerdo en sesion extraordinaria del 14 de MORDAZA de 2005 Nº 10, segun consta de fojas 45 a 50, trasuntado en el Acuerdo de Concejo Nº 027-2005-MPC del 14 de MORDAZA de 2005 de fojas 51 y 52; Que de las copias autenticadas de las constancias de citaciones presentadas, se acredita que MORDAZA MORDAZA MORDAZA Santini fue debidamente convocada a las sesiones de fechas 21, 29, 30 de octubre de 2004, 11, 12, 18 y 29 de noviembre de 2004 y 21, 28 y 29 de diciembre de 2004; Que con Oficios Nºs. 005 y 159-2005-SG-MPC que obran a foja 32 y 53, recibidos el 17 de enero y 18 de MORDAZA de 2005, respectivamente; se acredita haber notificado

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de Alcaldes y Regidores de los Concejos Distritales de Incahuasi e Imaza
RESOLUCION Nº 100-2005-JNE MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2005 Visto, el Oficio Nº 1114-2004-S-1SPT- CSn, del Secretario de la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por el cual remite a este Supremo Tribunal Electoral, copias certificadas de la Ejecutoria Suprema del Recurso de Nulidad Nº 1161- 2004, en el MORDAZA seguido contra MORDAZA Marthans MORDAZA MORDAZA por el delito de Peculado y Malversacion de Fondos en agravio del Concejo Distrital de Incahuasi; y, Los escritos de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Vilcabana MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, vecinos del distrito de Incahuasi, solicitando pronunciamiento del MORDAZA Nacional de Elecciones, con relacion a la sentencia judicial MORDAZA mencionada; CONSIDERANDO: Que, la vacancia del cargo de MORDAZA o regidor es declarada por el correspondiente concejo municipal, en sesion extraordinaria, con el MORDAZA aprobatorio de dos tercios del numero legal de sus miembros, previa notificacion al afectado para que ejerza su derecho de defensa, conforme lo dispone el articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; Que, MORDAZA Marthans MORDAZA MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Incahuasi, conforme se acreditan de las copias certificadas de fojas 4 a 11 ha sido condenado por sentencia de fecha 10 de diciembre de 2003, expedida por la Tercera Sala Penal de MORDAZA, confirmada por la Corte Suprema de Justicia de la Republica, con ejecutoria de fecha 17 de junio de 2004 por la comision de los delitos

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