Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2005 (13/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, viernes 13 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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SUNARP
Revocan tacha a inscripcion de titulo de compraventa de inmueble con formulario otorgado durante la vigencia de normas que regian al ex Registro Predial MORDAZA
TRIBUNAL REGISTRAL RESOLUCION Nº 142-2005-SUNARP-TR-L MORDAZA, 18 de marzo de 2005 APELANTE : MORDAZA MORDAZA CHEVARRIA MORDAZA TITULO : 414047 del 9 de diciembre de 2004. RECURSO : H.T.D. 7313 del 31 de enero de 2005. REGISTRO : Predios de Lima. ACTO (s) : Compraventa. SUMILLA :

2121º (Teoria de los hechos Cumplidos) del Codigo Civil, se tacha el presente titulo por lo siguiente: 1. Los Registradores Publicos califican la legalidad del titulo en cuya virtud se solicita la inscripcion, comprendiendo dicha calificacion la verificacion del cumplimiento de las formalidades propias del titulo y la capacidad de los otorgantes, asi como la validez del acto lo que constituye causa directa e inmediata de la inscripcion. 2. En aplicacion del MORDAZA de la aplicacion inmediata de la ley, si el actual ordenamiento regula una formalidad, es aplicable la Teoria de los hechos cumplidos no asi de los hechos adquiridos, por lo que al momento de la MORDAZA de los formularios registrales suscritos por el abogado se encontraba vigente el Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios por lo que en aplicacion de la MORDAZA invocada las inscripciones deben efectuarse por Escritura Publica o por Formulario Registral legalizado por Notario Publico, siempre que el valor del inmueble no supere las 20 UIT. 3. El Registro de Predios creado por Ley Nº 27755 publicada el 15 de junio de 2002, comprende el Registro de Propiedad Inmueble, el Registro Predial MORDAZA y la Seccion Especial de Predios Rurales conforme lo senala el articulo 2º de la acotada MORDAZA, fijandose el plazo para el MORDAZA de integracion de dos anos a partir de la vigencia de la Ley, 4. De conformidad con el Articulo 4º de la Ley Nº 27755 las solicitudes de inscripcion y publicidad que se presenten a partir de la vigencia de la Ley acotada, si trata de predios, con partidas registrales abiertas en el Registro Predial MORDAZA, 5. Estando a que el presente titulo ha sido ingresado con fecha 9 de diciembre de 2004 y que consta de los formularios registrales aprobados por R.D. Nº 015-95-DERP certificado por abogado; de acuerdo a lo expuesto y a la fecha de MORDAZA del titulo al Registro, fecha posterior en la cual ya habia concluido el plazo establecido por el Articulo 4º de la Ley Nº 27755, y que se encuentra en vigencia el Reglamento del Registro de Predios por lo que los Formularios Registrales adjuntados no se encuentran acogidos registralmente al no cumplir con la formalidad senalada en el articulo 6º del Reglamento del Registro de Predios, por lo que se procede a la tacha del titulo". III. FUNDAMENTOS DE LA APELACION El apelante fundamenta su recurso en los siguientes terminos: - Que, anteriormente presento el titulo al Registro y subsano las observaciones que le formularon, sin embargo el plazo de vigencia se vencio. - Que, el acto que se menciona en los formularios registrales se ha llevado a cabo con todas las formalidades de ley y con firma de abogado fedatario autorizado por el Registro Predial, por lo que es un acto juridico formal y por tanto se debe proceder a su inscripcion. IV. ANTECEDENTE REGISTRAL El predio materia de venta es el Lote 1 de la Mz. B del Barrio XIV, Grupo Residencial 1 Sector G, de la Urbanizacion Popular de Interes Social Proyecto Especial MORDAZA Pachacutec, distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, se encuentra inscrito con Codigo de Predio Nº P01028973 en el Registro de Predios de Lima. Consta inscrita como actual titular de dominio la sociedad conyugal integrada por MORDAZA MORDAZA Galvan MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Munoz. V. PLANTEAMIENTO DE LAS CUESTIONES Interviene como ponente la vocal MORDAZA MORDAZA MORDAZA Valdivia. De lo expuesto y del analisis del caso, a criterio de esta Sala la cuestion a determinar es, si actualmente procede la inscripcion de actos en el Registro de Predios, en merito a formularios registrales certificados durante la vigencia de las normas que regian la inscripcion en el ex Registro Predial Urbano. VI. ANALISIS 1. Siguiendo los lineamientos establecidos en la jurisprudencia registral, contenidos en las Resoluciones del

INSCRIPCION EN MERITO A FORMULARIO REGISTRAL OTORGADO DURANTE LA VIGENCIA DE LAS NORMAS QUE REGIAN AL EX REGISTRO PREDIAL MORDAZA "Procede la inscripcion de actos en el Registro de Predios en merito a formulario registral otorgado durante la vigencia de las normas que regian al ex Registro Predial MORDAZA, si tal documento fue certificado MORDAZA de la entrada en funcionamiento del primero".
I. ACTO CUYA INSCRIPCION SE SOLICITA Y DOCUMENTACION PRESENTADA Mediante el titulo venido en grado se solicita la inscripcion de la compraventa del predio ubicado en el Lote 1 de la Mz. B del Barrio XIV, Grupo Residencial 1 Sector G, de la Urbanizacion Popular de Interes Social Proyecto Especial MORDAZA Pachacutec, distrito de Ventanilla, Provincia Constitucional del Callao, que otorga la sociedad conyugal integrada por MORDAZA MORDAZA Galvan MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Munoz en favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Perez. Al efecto se adjunta la siguiente documentacion: - Formularios de transferencia del ex Registro Predial MORDAZA certificados por la abogada MORDAZA Janeth Chevarria MORDAZA, registrada en el indice de profesionales del ex RPU bajo el Nº0001-000004081BN01. - MORDAZA legalizada por notario MORDAZA Forero del formulario del impuesto a las transferencias. - MORDAZA legalizada por notario MORDAZA Forero del formulario HR. - MORDAZA legalizada por notario MORDAZA Forero del formulario PU. - Formulario de la SUNARP de informacion sobre el medio de pago. - MORDAZA simple del comprobante de pago del impuesto predial correspondiente al ano 2004. II. DECISION IMPUGNADA La Registradora Publica del Registro de Predios de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulo tacha sustantiva en los siguientes terminos: "Al MORDAZA del Numeral V, los Articulos 31º, 32º y 42º del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por la Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 195-2001-SUNARP/SN, Articulo 3º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por la Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 540-2003SUNARP/SN, Articulo 4º, Articulo 7º MORDAZA parrafo de la Ley que crea el Registro de Predios a cargo de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos Nº 540-2003-SUNARP/SN, y Articulos III del Titulo Preliminar, el Articulo 2011º concordantes con el Articulo

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