Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2005 (13/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, viernes 13 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Municipios de las zonas rurales asi como porque existen supuestos cobros indebidos a los cuales por la transparencia y legalidad no nos hemos prestado. Que, la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, no cuenta ni ha contado desde su creacion (1907) con un vehiculo motorizado (motocicletas, camiones, etc.) lo que demuestro con el inventario de bienes, adjunto. De alli que la Ley Nº 28425 (Ley de Racionalizacion de los Gastos Publicos de fecha 21-12-2004) dado por el congreso de la republica, referente a la prohibicion, para la adquisicion de todo MORDAZA de vehiculo motorizado, no se ajusta a la realidad de los pueblos del interior del MORDAZA, toda vez que la gran mayoria de los distritos del interior del MORDAZA no contamos con ningun medio vehicular, que pudiese servirnos siquiera para atender casos de emergencia en salud, medio ambiente y seguridad ciudadana y peor aun cuando se trata de desarrollar obras de gran envergadura como carreteras, infraestructuras de riego que son vitales para el desarrollo del hombre del campo. Que, segun la MORDAZA Nº 26 Region ­AncashGRRNGMA/DC, la misma que adjunto, de fecha marzo del 2005 emitida por Defensa Civil del Comite Regional de MORDAZA entre las medidas, se recomienda la adquisicion de una unidad vehicular para casos de emergencia en el sector salud del distrito. Que, el Puesto de Salud de Cajamarquilla, (capital del distrito de La Libertad), segun Oficio Nº 026-2005-GDLLPSC/C MORDAZA que adjunto de fecha 31 de marzo del 2005 nos solicita el apoyo con una movilidad vehicular para el traslado de los pacientes por emergencia y alto riesgo desde los cuatro caserios al puesto de salud de Cajamarquilla y de Cajamarquilla a Huaraz. Del mismo modo nos solicita el retiro de la basura o residuos solidos de las calles y especialmente de la MORDAZA MORDAZA de nuestra localidad a un lugar adecuado y distante para evitar la contaminacion ambiental a fin de proteger el medio ambiente, que por falta de una unidad vehicular no se realiza hasta la fecha; Que, con la finalidad de evitar la contaminacion y proteccion del medio ambiente el ano 2004 la Municipalidad a mi cargo realizo las gestiones para la adquisicion de un terreno de 2500 m 2 hecho que se materializo con la donacion del area indicada por la comunidad campesina de Cajamarquilla en calidad de donacion, pero que por la distancia de 2.5 Km. necesitamos un medio vehicular, hecho que no nos permite instalar una planta de tratamiento de residuos solidos y de esa forma contribuir en la salud de nuestra poblacion (Adjunto MORDAZA de escritura publica de donacion como prueba, siendo muy importante la erradicacion de los residuos solidos (basura) a lugares distantes, a fin de evitar la propagacion o brote de alguna enfermedad que podria repercutir gravemente en la salud de los pobladores del distrito. Que; en el distrito de La MORDAZA existen el Comite Distrital de Seguridad Ciudadana de acuerdo a la Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana, el mismo que se constituyo el 16 de noviembre del 2004, segun acta que adjunto, para velar por la seguridad de la poblacion ante los constantes actos delictivos, por cuanto en Cajamarquilla no existe un puesto policial, siendo el mas cercano, el puesto de Pira a 30 km. de distancia y tan solamente con dos efectivos policiales, de alli que las autoridades y la poblacion organizada requieren de un medio vehicular urgente para realizar las vigilancias dentro de nuestro ambito distrital, especialmente contra el abigeato y el robo comun; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 001-A-2005MDLL/A de fecha 3 de enero del 2005 se autoriza la incorporacion via Credito Suplementario los recursos financieros provenientes de los saldos de balance correspondientes al ejercicio fiscal 2004, al Presupuesto Institucional de Apertura del ano 2005 de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA por la suma de 151,921.98 soles de las MORDAZA de canon y sobrecanon y Fondo de Compensacion Municipal; cuyos saldos especificamente del FONCOMUN se destinaron para la adquisicion de un vehiculo por el monto de S/. 32,000.00, segun los anexos de la resolucion que se adjunta el saldo total por rubros que se prueban con una MORDAZA del acta de informe economico del Cabildo Abierto realizado el 23 de enero del ano 2005;

Que, el Jefe del Comite de Defensa Civil del distrito de La MORDAZA, a la vez Ing. Supervisor de las obras, luego de las evaluaciones de la problematica distrital, recomienda la adquisicion de un vehiculo motorizado para los casos de emergencia por salud. Segun el Informe Tecnico Nº 001-2005 de fecha 31 de marzo del 2005; del mismo modo el Asesor Externo de la Municipalidad segun el Informe Legal Nº 01-2005 opina que es procedente la Adquisicion de un vehiculo para casos de emergencia por salud. Informes que se adjuntan; Que, el Cabildo Abierto del dia tres de MORDAZA del ano en curso por unanimidad aprobo la adquisicion de un vehiculo motorizado para diferentes fines, entre ellos para prestar apoyo al sector salud del distrito de La MORDAZA, cuya MORDAZA adjunto; luego de haber visto todos los antecedentes y justificaciones del caso; Por lo que pongo en su conocimiento Sra. Contralora la Adquisicion de una camioneta doble cabina por el monto de S/. 32,000.00, recurso que corresponde al Rubro FONCOMUN de los saldos de Balance del ano 2004, para remediar los servicios de salud, proteccion del medio ambiente y seguridad ciudadana. Que segun se senala en una parte del inciso b y disposicion transitoria primera, de la Ley Nº 28425 (Ley de Racionalizacion de los gastos publicos), cuyo parrafo a la letra dice: "Estan excluidos del presente literal la adquisicion de aquellos vehiculos para el servicio policial y militar, la atencion de incendios, desastres y emergencias de salud..., siempre cuando cuente con el financiamiento correspondiente debidamente aprobado en el presupuesto institucional respectivo; Se puede establecer que el municipio distrital estaria inmerso en la justificacion para la adquisicion del vehiculo para los casos de emergencia por salud, proteccion del medio ambiente y para los casos de seguridad ciudadana, casos debidamente fundamentados en parrafos anteriores, ademas porque mi municipalidad cuenta con los recursos correspondientes que son saldos de balance del ano 2004 y de esa forma no se afectaria a los recursos del ejercicio 2005, probados con la Resolucion de Alcaldia Nº 001-A-2005-MDLL/A y MORDAZA del Acta del Cabildo Abierto del 23 de enero del ano 2005 (informe economico); Por tanto este Concejo Municipal, de acuerdo al Art. 32º de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades, establece que es inherente a su gestion. "La funcion de brindar los servicios a la poblacion asegurando el equilibrio Presupuestario de la Municipalidad"; Que, ante esta situacion el MORDAZA legal vigente en cuanto a Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 28267, TUO de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado D.S. Nº 083-2004-PCM y su Reglamento D.S. Nº 084-2004-PCM, permiten adecuarse a la exoneracion de procesos de seleccion a traves de la declaracion de situacion de emergencia y estando al MORDAZA de los articulos 19º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y Arts. 142º, 146º y 147º de su Reglamento, es procedente que el Concejo Municipal declare en situacion de EMERGENCIA, entre otros, las vias de comunicacion, el sector vivienda, el sector salud, el sector educacion; por lo tanto la situacion de emergencia requiere la adquisicion de una camioneta 4x4 de manera "Urgente" que sirva para afrontar la situacion expuesta; Que, la situacion de emergencia es una medida temporal que debe entenderse como el hecho de EXCEPCION, que determina una accion rapida de adquisicion como es la inminente e impostergable necesidad de adquisicion de una camioneta 4x4 de doble cabina expuesta y aprobada por Acuerdo Municipal; Estando a lo expuesto y de conformidad con los Arts. 9º, 32º y 74º de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades y lo previsto en los Arts. 19º, 20º y 21º de Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Art. 139º de su reglamento aprobado por el D.S. Nº 084-2004-PCM y demas normas vigentes pertinentes con el MORDAZA UNANIME DE LOS MIEMBROS DEL CONCEJO Y APROBACION DEL ACTA; ACORDO: Articulo Primero.- Declarar en Situacion de EMERGENCIA los servicios locales del distrito de La MORDAZA,

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