Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2005 (05/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, sabado 5 de noviembre de 2005 VISTOS:

NORMAS LEGALES

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El Expediente Administrativo Nº 030169 de fecha 11 de MORDAZA del 2005, que contiene el Memorando Nº 07532005-VRADM promovido por el Vicerrector Administrativo al Jefe de la Oficina de Logistica y Patrimonio sobre LICENCIAMIENTO DE SOFTWARE; los Infor mes Tecnicos Nºs. 071-FCC-VIRAD-UNJFSC-2005 de fecha 7 de MORDAZA del 2005 sobre la Exoneracion de MORDAZA de Seleccion para la adquisicion de licenciamiento de SOFTWARE y Nº 018-2005-ACEP-VPV de fecha 28 de setiembre del 2005; el Informe legal Nº 561-A-2005-OAJL de fecha 18 de octubre del 2005; carta de Microsoft de fecha 30 de junio del 2005; el Oficio Nº 0617-2005-VRADM de fecha 27 de octubre del 2005; demas recaudos que se adjuntan; y; los Decretos del Rectorado Nºs. 73632005-R-UNJFSC y Nº 7609-2005-R-UNJFSC de fechas 24 y 27 de octubre del 2005, respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Rectoral Nº 0062-2005UH de fecha 28 de enero del 2005, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano 2005 de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, encontrandose en MORDAZA la adquisicion de Software y licencia mediante una Adjudicacion Directa Selectiva; Que, el Art. 19º, inciso e) del texto ordenado de la Ley Nº 26850 ­ Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM, establece que estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico; MORDAZA concordante con el Art. 20º de la citada Ley; Que, el articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM, establece que en los casos que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA Nacional, la entidad podra contratar directamente. Se considera que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Que, mediante Oficio Nº 0224-2005-DELyP-UNJFSC de fecha 21 de MORDAZA del 2005, el Jefe de la Oficina de Logistica y Patrimonio adjunta documentacion sobre pro forma para la adquisicion de Licencias de Software, describiendo las formas de licenciamiento que brinda la Empresa COSAPI DATA, S.A. representante de Microsoft Peru, asi como, la comparacion de licenciamiento academico, propuesta Tecnica Economica, Ofertas de Microsoft Assurance, Beneficios del Software Assurence y las Constancias de proveedor Unico Directo; Que, conforme a los Informes Tecnicos Nºs. 071FCC-VIRAD-UNJFSC-2005 de fecha 7 de MORDAZA del 2005 y el Informe Nº 018-2005-ACEP-VPV de fecha 28 de setiembre, concluyen en la necesidad de exoneracion del MORDAZA de Seleccion y se adquiera las Licencias de Software mediante una Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, mediante Informe Legal Nº 561-A-2005-OAJL de fecha 18 de octubre del 2005, el asesor legal opina por que existen suficientes documentos con que se acredita la condicionalidad de exoneracion del MORDAZA de seleccion para adquirir el licenciamiento de Software; Estando a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Universidad y el Decreto del Rectorado Nºs. 7363-2005-R-UNJFSC de fecha 24 de octubre del 2005; SE RESUELVE: Articulo 1º.- EXONERAR del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva, la Adquisicion del Software y Licencia, adquiriendose mediante una Adjudicacion de Menor Cuantia a la Empresa Cosapi Data S.A, por ser proveedor Unico en este MORDAZA de bienes. Articulo 2º.- AUTORIZAR, a la Oficina de Logistica y Patrimonio, para la respectiva adquisicion de 358 Software y Licencias SCHOOL AGRIMEN por el valor

referencial de S/.72,423.40 (SETENTIDOS MIL CUATROCIENTOS VEINTITRES Y 00/40 NUEVOS SOLES) incluido los impuestos, y con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Directamente Recaudados de la Universidad. Articulo 3º.- DISPONER, que la Oficina de Logistica y Patrimonio, de cumplimiento estricto a la presente resolucion, remitiendose MORDAZA de la misma y los Informes Tecnico­Legal a la Contraloria General de la Republica y a CONSUCODE dentro del plazo legal, publicandolo en forma electronica a traves del SEACE. Articulo 4º.- PUBLIQUESE a traves de la Oficina de Secretaria General, en el Diario Oficial El Peruano dentro del termino legal de 10 dias habiles siguientes a la fecha de su emision. Articulo 5º.- TRANSCRIBIR, la presente Resolucion a las demas dependencias de la Universidad, para su conocimiento, cumplimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 18709

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU
Designan Directora General de la Oficina de Cooperacion Internacional de la Biblioteca Nacional del Peru
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 196-2005-BNP MORDAZA, 3 de noviembre de 2005 EL SENOR DIRECTOR NACIONAL DE LA BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERU VISTO: el Informe Nº 026-2005-BNP/OCTI emitido por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante el cual pone a disposicion de esta Direccion Nacional el cargo de Director General de la Oficina de Cooperacion Internacional de la Biblioteca Nacional del Peru; asi como el Informe Nº 145-2005-BNP/ODT emitido por el Director General de la Oficina de Desarrollo Tecnico y el Informe Nº 169-2005-BNP/OA emitido por el Director General de la Oficina de Administracion; y, CONSIDERANDO: Que, la Biblioteca Nacional del Peru es un Organismo Publico Descentralizado con autonomia tecnica, administrativa y economica, en concordancia con lo establecido en el articulo 12º de la Ley Organica del Ministerio de Educacion aprobada por Decreto Ley Nº 25762 y el articulo 4º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Biblioteca Nacional del Peru, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, y la autonomia administrativa le faculta a organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios publicos de su responsabilidad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, se aprobo la Estructura Organica y Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de la Biblioteca Nacional del Peru y del Sistema Nacional de Bibliotecas, y mediante Resolucion Suprema Nº 188-2002-ED, se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal - CAP de la Biblioteca Nacional; Que, asimismo, el Titular de la Entidad se encuentra facultado para la designacion de funcionarios en cargo de confianza, como es el caso del Director General de la Oficina de Cooperacion Internacional, conforme a lo establecido en el articulo 3º de la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Par ticipacion del Poder Ejecutivo en el

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