Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2006 (29/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano jueves 29 de junio de 2006

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LICA DEL P E

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NORMAS LEGALES

322693

Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica Federativa del Brasil, sin MORDAZA de guerra; Que, las Fuerzas Aereas del Peru y Brasil han acordado la realizacion de una Operacion Combinada de Interdiccion de aeronaves, presuntamente dedicadas a vuelos ilicitos entre las fronteras de ambos paises denominado PERBRAII, en el MORDAZA del Memorando de Entendimiento sobre Cooperacion en materia de Vigilancia y Proteccion de la Amazonia; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la Republica Federativa del Brasil, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 2 al 7 de MORDAZA de 2006, para participar con la Fuerza Aerea del Peru, en la Operacion Combinada de Interdiccion de aeronaves, presuntamente dedicadas a vuelos ilicitos entre las fronteras de Peru y Brasil denominado PERBRAII. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a la que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 11535

ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la Republica, establece que la autorizacion de ingreso al territorio peruano del personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA por razones protocolares, de asistencia civica, actividades academicas, de entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante Resolucion Suprema, en la que se debe especificar los motivos, la identificacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano; De conformidad con la Ley Nº 27856; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la Republica Federativa del Brasil, cuyos nombres se indican en el anexo que forma parte de la presente Resolucion, del 3 al 7 de MORDAZA de 2006, para participar en la XII Reunion Regional de Intercambio Militar entre los Ejercitos de Peru y la Republica Federativa de Brasil, en la MORDAZA de Cusco. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa MORDAZA cuenta del contenido de la presente Resolucion Suprema a la Comision de Defensa Nacional, Orden Interno, Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la Republica, en el plazo de 24 horas de su expedicion. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a la que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MAURTUA DE MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 11537

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Reglamento de la Ley Nº 28560, "Ley de Nombramiento del personal tecnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial, que se encuentren prestando servicios en la condicion de contratados bajo cualquier modalidad por el Ministerio de Salud a nivel nacional"
DECRETO SUPREMO Nº 097-2006-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que mediante Ley No 28560, se autoriza al Ministerio de Salud a efectuar el nombramiento del personal tecnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial, que a la fecha de entrada en vigencia de la citada Ley, se encuentren prestando servicios en la condicion de contratados bajo cualquier modalidad; Que la Primera Disposicion Complementaria de la mencionada Ley, dispone que se expidan las normas reglamentarias correspondientes, a efecto de llevar a cabo dicho MORDAZA de nombramiento; Que en tal sentido, se han propuesto las normas que regulan las condiciones, requisitos y procedimientos a que debe sujetarse el referido MORDAZA de nombramiento; y,

RESOLUCION SUPREMA Nº 296-2006-DE/SG
MORDAZA, 27 de junio de 2006 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 604, de fecha 19 de junio de 2006, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica Federativa del Brasil, sin MORDAZA de guerra; Que, los Ejercitos del Peru y Brasil han acordado realizar la XII Reunion Regional de Intercambio Militar Peru - Brasil, correspondiente al ano 2006, en la MORDAZA de Cusco; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorizacion y Consentimiento para el

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