Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2006 (29/06/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano jueves 29 de junio de 2006

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NORMAS LEGALES
Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 11421

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probatoria idonea pertinente que acredite su pretension, pues por ser especializado su merito probatorio no era factible establecerlo en el MORDAZA siendo la via idonea, el MORDAZA contencioso administrativo; Que, senala el Procurador Publico, que no han sido observados los criterios vinculantes establecidos por el Tribunal Constitucional, ni las reglas del Codigo Procesal Constitucional, para los procesos de MORDAZA, ni por el juez ni por la Sala Civil Superior de MORDAZA al resolver esta controversia, habiendose resuelto a favor del demandante sin que en el MORDAZA MORDAZA quedado fehacientemente acreditada su pretension, por la ocurrencia de vicios al interior del MORDAZA, todo lo cual ha devenido en una decision ilegal y arbitraria de los organos jurisdiccionales que han conocido el proceso; Que, con el oficio de visto, el Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Institucion, manifiesta que la nulidad planteada el 26 de MORDAZA de 2006 fue declarada improcedente por la Sala Civil de MORDAZA, mediante la Resolucion Nº 0017-2006 de fecha 31 de MORDAZA de 2006, la misma que incluso le fue notificada en lugar diferente al domicilio procesal, abundando con ello las transgresiones al debido MORDAZA en perjuicio de la Entidad, y que el 19 de junio de 2006 le ha sido notificada la Resolucion Nº 19 con el requerimiento para el cumplimiento de la sentencia, manifestando que con ello el derecho de la Institucion se encuentra MORDAZA para iniciar el MORDAZA de nulidad de cosa juzgada fraudulenta; Que, en consecuencia, en el presente caso se evidencia que se ha producido afectacion del debido MORDAZA, dado que al emitirse las sentencias en primera y MORDAZA instancia, se han incurrido en vicios insubsanables afectando el derecho de defensa, derecho de contradiccion, y por ende el debido MORDAZA en perjuicio del Ministerio Publico, por lo que, resulta necesario se autorice al Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio Publico, inicie las acciones judiciales a que hubiere lugar, a fin de obtener la nulidad de la sentencia de la Sala Civil de MORDAZA que en MORDAZA instancia resuelve confirmar la sentencia dictada por el senor Juez del MORDAZA Juzgado Mixto de MORDAZA, contenida en la Resolucion Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2006; asimismo, dicho Procurador Publico podra delegar sus facultades de representacion judicial al Procurador Adjunto y Abogados Auxiliares de la Procuraduria Publica de la Entidad, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado en Asuntos Judiciales y sus modificatorias; Contando con el visto de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado en Asuntos Judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 64º de Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al senor Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio Publico, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales a que hubiere lugar, a efecto de que se declare la nulidad de la sentencia de la Sala Civil de MORDAZA que en MORDAZA instancia resuelve confirmar la sentencia dictada por el senor Juez del MORDAZA Juzgado Mixto de MORDAZA, contenida en la Resolucion Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2006, asimismo, podra delegar dichas facultades de representacion judicial al Procurador Adjunto y Abogados Auxiliares de la Procuraduria Publica de la Entidad, por los hechos descritos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- REMITIR MORDAZA autenticada de la presente resolucion al senor Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio Publico, para su conocimiento y fines pertinentes. Articulo Tercero.- REMITIR MORDAZA de la presente resolucion a la Gerencia General y a la Oficina de Asesoria Juridica, para su conocimiento y fines pertinentes.

Nombran fiscales en Despachos de diversas Fiscalias Provinciales de los Distritos Judiciales de MORDAZA, MORDAZA, Tumbes, Pasco, Canete, Ucayali, Tacna, San MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Callao
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 816-2006-MP-FN MORDAZA, 27 de junio de 2006 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Junta de Fiscales Supremos Nº 033-2006-MP-FN-JFS de fecha 8 de junio del 2006, se crearon Fiscalias de caracter permanente en los Distritos Judiciales a nivel nacional, las mismas que deberan despachar con sus homologos del Poder Judicial; Que, al encontrarse vacante las plazas de Fiscales Provinciales y Fiscales Adjuntos Provinciales, de la MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA MORDAZA, Tercera Fiscalia Provincial Mixta del Modulo Basico de Justicia de Paucarpata y MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA de MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA, se hace necesario cubrir los referidos Despachos con los Fiscales que asuman provisionalmente el cargo; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora Maritza MORDAZA MORDAZA Suclla, como Fiscal Provincial Provisional en el Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la Primera Fiscalia Provincial Mixta de Maynas, materia de la Resolucion Nº 1815-2005-MPFN, de fecha 4 de octubre del 2005. Articulo Segundo.- Modificar la denominacion de la Fiscalia Provincial Mixta del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA MORDAZA, en Primera Fiscalia Provincial Mixta del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA Melgar. Articulo Tercero.- Nombrar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA Melgar. Articulo Cuarto.- Nombrar al doctor MORDAZA MORDAZA Satur no MORDAZA, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA Melgar. Articulo Quinto.- Nombrar a la doctora Maritza MORDAZA MORDAZA Suclla, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la Tercera Fiscalia Provincial Mixta del Modulo Basico de Justicia de Paucarpata. Articulo Sexto.- Nombrar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la Tercera Fiscalia Provincial Mixta del Modulo Basico de Justicia de Paucarpata. Articulo Setimo.- Modificar la denominacion de la Fiscalia Provincial Mixta del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA de MORDAZA, en Primera Fiscalia Provincial Mixta del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA de Hunter. Articulo Octavo.- Nombrar al doctor MORDAZA Calcina MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Provincial Mixta del Modulo Basico de Justicia de MORDAZA de Hunter. Articulo Noveno.- Nombrar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del

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