Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2006 (08/11/2006)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 105

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

332419

VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza de Fiscal Adjunto Provincial de la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Huaral, Distrito Judicial de Huaura, lo que hace necesario cubrir el referido Despacho con el Fiscal que asuma provisionalmente el cargo. Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Nombrar a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Huaura, en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Corporativa de Huaral. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Huaura, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion

Visto el expediente Nº 3347-31C, con 206 folios, presentado por la Oficina General de Servicios Economicos y Financieros, sobre Exoneracion de MORDAZA de seleccion; CONSIDERANDO: Que, por con Of. Nº 1208-OGSEF-2006, el Jefe de la Oficina citada en el visto eleva el expediente sobre Exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de material bibliografico a la Fundacion del Libro Universitario LIBUN; Que, por Resolucion Rectoral N 0371-2005/UNT se aprobo el convenio entre la Fundacion del Libro Universitario LIBUN y la UNT, con el objetivo especifico de posibilitar la compra venta de libros para las bibliotecas a precios menores al del MORDAZA comercial; Que, en autos aparece la Resolucion de la Asamblea Nacional de Rectores Nº 350-90-PCM, por la que resuelve declarar a la Fundacion LIBUN como una entidad que forma parte de las Universidades del MORDAZA, creada sobre la base del Sistema de Librerias Universitarias, con el proposito de que a traves de MORDAZA, las Universidades y demas Instituciones de Educacion superior e integrantes de la comunidad universitaria del MORDAZA, puedan adquirir a precios de costo los libros y demas materiales e instrumental necesarios para el MORDAZA ensenanza-aprendizaje; Que, con Of. Nº 0803-2006-UNT/OGSEF-ABAST, el Jefe de la Oficina de Abastecimiento informa que el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004PCM, senala que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen entre Entidades del sector publico, de acuerdo a los criterios de economia establecidas en el Reglamento, asimismo, el articulo 139º del Reglamento de la citada Ley establece las condiciones para la Adquisicion o Contratacion en forma directa en los siguientes casos: 1) cuando resulte mas favorable y ventajosa en comparacion con los precios del MORDAZA, 2) que en razon de costos de oportunidad resulte mas eficiente adquirir o contratar con otra entidad y 3) que la adquisicion resulte tecnicamente idonea y viable. Finalmente opina que la Fundacion LIBUN que pertenece a la Asamblea Nacional de Rectores, entendida esta como una entidad publica, cumple con los criterios de economia senalados en los dispositivos legales mencionados, sugiriendo para un mayor sustento tecnico legal el pronunciamiento de la Oficina de Asuntos Juridicos; Que, en el expediente se adjuntan los informes legales Nºs. 0798, 0657 y 1116-2006-OAJ/UNT, de la Oficina de Asuntos Juridicos, a traves de los cuales opina por la procedencia de la Exoneracion del MORDAZA de seleccion para la Adquisicion de material bibliografico a la Fundacion LIBUN, por las condiciones economicas que ofrece, sustentando su opinion en lo previsto en los articulos 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004PCM y articulo 139º del Reglamento de la citada Ley; Que, asimismo, el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, prescribe como procedimiento de Exoneracion, que la Entidad Efectuara las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases; Que, tambien forma parte del expediente la Declaracion Jurada presentada por el Director Ejecutivo de la Fundacion del Libro Universitario LIBUN en el sentido que dicha Fundacion no se encuentra inmersa en actividades empresariales, por ser una entidad constituida sin fines de lucro, razon por la que se encuentra inafecta a pagos de impuestos a la renta, ofreciendo asi precios menores a los encontrados en el mercado; Que, con Of. Nº 944-2006-VAD-UNT, el Vicerrector Administrativo opina por la procedencia de la Exoneracion solicitada y eleva el expediente para la emision de la Resolucion correspondiente; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas al senor Rector en virtud del articulo 33º de la Ley Nº 23733 concordante con el inciso c) del articulo 196º del Estatuto vigente; SE RESUELVE: 1º.- EXONERAR del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de material bibliografico e invitar a la Fundacion

4872-1 RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1373 - 2006-MP-FN
MORDAZA, 7 de noviembre de 2006 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentran vacantes las plazas de Fiscal Provincial y Fiscal Adjunto Provincial de la Tercera Fiscalia Provincial de Familia de Chiclayo, Distrito Judicial de MORDAZA, lo que hace necesario cubrir el referido Despacho con los Fiscales que asuman provisionalmente el cargo. Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Nombrar a la doctora MORDAZA Rivadeneyra MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la Tercera Fiscalia Provincial de Familia de Chiclayo. Articulo Segundo.- Nombrar al doctor Wilmer Culquicondor MORDAZA, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de MORDAZA, en el Despacho de la Tercera Fiscalia Provincial de Familia de Chiclayo. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, a la Fiscal Superior Decana del Distrito Judicial de MORDAZA, Gerencia General, Gerencia Central de Recursos Humanos, Gerencia de Registro de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion

4872-2

UNIVERSIDADES
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de material bibliografico para la Universidad Nacional de MORDAZA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE MORDAZA RESOLUCION RECTORAL Nº 1124-2006/UNT
MORDAZA, 12 de octubre de 2006

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.