Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2006 (08/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 99

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

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Aprueban procedimiento simplificado de Declaratoria de Fabrica e Independizacion para la construccion de nuevas unidades inmobiliarias en aires
DECRETO SUPREMO Nº 036-2006-VIVIENDA
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27157 "Ley de Regularizacion de Edificaciones, del Procedimiento para la Declaratoria de Fabrica y del Regimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Comun" establece los procedimientos para el saneamiento de la titulacion y de unidades inmobiliarias en las que coexisten bienes de propiedad exclusiva y de propiedad comun, tales como departamentos en edificios, quintas, MORDAZA en copropiedad, centros y galerias comerciales o MORDAZA feriales, otras unidades inmobiliarias con bienes comunes y construcciones de inmuebles de propiedad exclusiva, asi como el procedimiento para la tramitacion de la declaratoria de fabrica y del regimen legal de las unidades inmobiliarias que comprenden bienes de propiedad exclusiva y de propiedad comun; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2000-MTC, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 011 y 0132005-VIVIENDA, Nºs. 003 y 032-2006-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27157; Que, a fin de facilitar y simplificar el procedimiento de Declaratoria de Fabrica, Independizacion y Construccion en aires de nuevas unidades inmobiliarias, a las que se refiere el Decreto Supremo Nº 033-2006-VIVIENDA, es necesario aprobar un procedimiento simplificado, de conformidad con los principios de celeridad, eficacia y simplicidad administrativa consagrados en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo dispuesto con el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Estado y la Ley Nº 27792 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; DECRETA: Articulo 1º.- Procedimiento Simplificado para la Construccion en Aires Apruebese el procedimiento simplificado de Declaratoria de Fabrica e Independizacion para la construccion de nuevas unidades inmobiliarias en aires, en concordancia con la Ley Nº 27157. Articulo 2º.- Alcances 2.1 El presente procedimiento es de aplicacion a todas las edificaciones construidas hasta el 20 de MORDAZA de 1999, para lo cual los propietarios deberan cumplir para su inscripcion en el Registro de Predios con los siguientes requisitos: - Formulario Registral Simplificado que incluira el informe tecnico de verificacion, suscrito por el Verificador Responsable, segun formato que aprobara el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento mediante Resolucion Ministerial. - Plano de Distribucion firmado por Arquitecto o Ingeniero Colegiado. 2.2 Para efectos del presente procedimiento no sera exigible la MORDAZA del Certificado de Parametros Urbanisticos y Edificatorios, ni otros requisitos a los establecidos en el presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Independizacion La independizacion de los aires se MORDAZA en merito al Formulario Registral Simplificado. Articulo 4º.- Reglamento Interno El Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento aprobara mediante Resolucion Ministerial el Modelo Simplificado de Reglamento Interno.

Articulo 5º.- Tasas Preferenciales Para la calificacion e inscripcion registral del presente procedimiento, establezcanse las siguientes tasas preferenciales: - Declaratoria de Fabrica: - Independizacion: - Reglamento Interno: 0.006 UIT 0.003 UIT 0.006 UIT

Articulo 6º.- Excepcion La construccion de la escalera de acceso al nivel superior, no requerira de licencia de obra, siendo exigible para su inscripcion solo los requisitos establecido en el articulo 2º del presente Decreto Supremo. Articulo 7º.- Control MORDAZA Para efectos del Control MORDAZA la SUNARP MORDAZA cuenta a las Municipalidades respectivas de las Declaratorias de Fabrica registradas en aplicacion del presente Decreto Supremo, a los 30 dias de efectuadas las mismas. Articulo 8º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Justicia y el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Dado en la MORDAZA de Gobierno, a los siete dias del mes de noviembre del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

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Instituyen el dia 8 de noviembre como el "Dia Nacional del Urbanismo"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 423-2006-VIVIENDA
MORDAZA, 7 de noviembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, segun la Ley Nº 27792 - Ley de Organizacion y Funciones, es competente para formular, aprobar, ejecutar y supervisar las politicas de alcance nacional aplicables en materia de vivienda, urbanismo, construccion y saneamiento, asi como promover y fomentar la iniciativa e inversion privada y la participacion de las organizaciones de la sociedad civil, orientada a la expansion de la cobertura de la infraestructura economica, social y equipamiento de los centros poblados y sus areas de influencia; Que, el Plan Nacional de Vivienda: Vivienda para todos - Lineamientos de Politica 2006-2015 aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2006-VIVIENDA, tiene como objetivos generales contribuir al crecimiento ordenado de los centros poblados, al fortalecimiento de sus areas en consolidacion y a la recuperacion de las deterioradas y subutilizadas; Que, la Sociedad de Urbanistas del Peru, entidad sin fines de lucro, agremia a profesionales urbanistas o aquellos con grado de maestria en Urbanismo, Planeamiento MORDAZA y afines teniendo como mision promover el desarrollo sustentable de las ciudades; Que, desde el 8 de noviembre de 1933 se celebra el Dia Internacional del Urbanismo, en razon que en dicha fecha se realizo el Congreso Internacional de Arquitectura Moderna, en la MORDAZA de MORDAZA, Grecia; Que, es conveniente resaltar la importancia del Urbanismo demandando la practica eficiente de la profesion y la necesidad de formar mas urbanistas en el pais; De conformidad con la Ley Nº 27792, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA;

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