Norma Legal Oficial del día 08 de noviembre del año 2006 (08/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, miercoles 8 de noviembre de 2006

NORMAS LEGALES

332327

Suprema Nº 065-2006-EM, es a la altura del kilometro 169 de la Carretera Panamericana Sur, en la denominada MORDAZA Melchorita. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Agricultura y por el Ministro de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, sera publicada en el Diario Oficial El Peruano por una sola vez y por cuenta del titular, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes a su expedicion; y, entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese.

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

2922-1

4894-6

Otorgan autorizacion a Tecnologica de Alimentos S.A. para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 475-2006-MEM/DM
MORDAZA, 4 de octubre de 2006 VISTO: El Expediente Nº 33146106, organizado por TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., persona juridica inscrita en la Partida Nº 00722618 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, sobre solicitud de otorgamiento de autorizacion para generacion de energia electrica; CONSIDERANDO: Que, TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A. ha solicitado autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Termica Tasa-Chimbote, con una potencia instalada de 2 020 kW, ubicada en el distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA y departamento de MORDAZA, cuyas coordenadas UTM (PSAD 56) figuran en el Expediente; Que, la peticion se ampara en las disposiciones contenidas en el articulo 38º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas y, en el articulo 67º de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, la peticionaria ha presentado Declaracion Jurada de cumplimiento de las normas tecnicas y de conservacion del medio ambiente y el Patrimonio Cultural de la Nacion, de acuerdo a los requisitos senalados en el articulo 38º de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº 2562006-DGE-CEL; Estando a lo dispuesto por el articulo 38º de la Ley de Concesiones Electricas, y el item AE01 del Anexo Nº 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2002-EM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion por tiempo indefinido a TECNOLOGICA DE ALIMENTOS S.A., que se identificara con el codigo Nº 33146106, para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Termica Tasa-Chimbote, con una potencia instalada de 2 020 kW, ubicada en el distrito de Chimbote, provincia del MORDAZA y departamento de Ancash. Articulo 2º.- La titular esta obligada a operar cumpliendo las normas tecnicas y de seguridad, preservando el medio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nacion; asi como, al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y otras normas legales pertinentes.

Aprueban transferencia financiera a favor de diversos Gobiernos Regionales y Municipalidades para la ejecucion de proyectos de inversion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 524-2006-MEM/DM
MORDAZA, 7 de noviembre de 2006 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 527-2005MEM/DM de fecha 30 de diciembre de 2005, se aprueba el Presupuesto Institucional del Pliego 016- Ministerio de Energia y Minas correspondiente al Ano Fiscal 2006, que incluye a la Unidad Ejecutora Nº 002 - Direccion Ejecutiva de Proyectos; Que, el Articulo 1º de la Ley Nº 28880, dada el 08 de septiembre de 2006, autoriza un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, hasta por la suma de UN MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 937 189 157,00), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con el objeto de financiar la ejecucion de actividades y proyectos de inversion de indole y efecto social a cargo de diversos Sectores, que se encuentran detallados en los Anexos de la citada Ley; Que, mediante el Oficio Circular Nº 029-2006EF/76.12 de fecha 11 de septiembre de 2006, la Direccion Nacional de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas ha remitido el Anexo con Codigo AIR57A6C - Distribucion del Gasto del Gobierno Nacional por Actividad y Proyecto y Grupo Generico de Gasto de la Ley Nº 28880, que consta en 16 paginas y registra el credito presupuestario asignado al Pliego 016 - Ministerio de Energia y Minas por el monto de CIENTO SESENTA Y OCHO MILLONES CIENTO QUINCE MIL CIENTO SESENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.168 115 165,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, de conformidad a lo establecido en el Articulo 1º de la Ley MORDAZA referida, mediante la Resolucion Ministerial Nº 448-2006-MEM/DM de fecha 14 de septiembre de 2006, el Pliego 016 - Ministerio de Energia y Minas, aprueba la desagregacion de los recursos provenientes del Credito Suplementario a nivel de funcion, programa, sub programa, actividad, proyecto y grupo generico del gasto, hasta por la suma de S/. 168 115 165,00 en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios; Que, en aplicacion del Articulo Unico de la Resolucion Directoral Nº 049-2006-EF/76.01, se establecieron Lineamientos para la Aplicacion del Numeral 3.2 del Articulo 3º de la Ley Nº 28880, referente a la ejecucion de proyectos de inversion mediante Transferencias Financieras del Gobierno Nacional a los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Publicas; y, que asimismo, mediante el Articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 053-2006EF/76.01, se incluye el Numeral 1.4 en el Articulo 1º de los Lineamientos MORDAZA referidos; Que, conforme a lo senalado en la Decimo MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 28880 y a la Resolucion Directoral Nº 049-2006-EF/76.01 y su modificatoria, el Gobierno Nacional, mediante Resolucion Ministerial efectua las transferencias financieras a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Publicas, teniendo como requisito previo la suscripcion

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