Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2008 (13/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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383309

Pasajes: MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA US$ 2,100.00 x 1 persona Viaticos: US$ 260.00 x 1 persona x 8 dias Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto: US$ 30.25 x 1 persona

Articulo 3º.- MORDAZA de Informe El mencionado Personal Militar, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a la fecha de retorno al MORDAZA, de conformidad con lo dispuesto en la Cuarta Disposicion Final del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- Derecho de Exoneracion La presente Resolucion Suprema no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase ni denominacion.

Articulo 2º.- De la aprobacion El Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo o el que haga sus veces, debera fijar el monto que le corresponda a cada trabajador tomando en consideracion la evaluacion de su perfil profesional. En ningun caso el monto fijado para cada trabajador podra superar el monto MORDAZA establecido, en la presente Escala remunerativa. La Autoridad Nacional del Servicio Civil solo reconocera a los trabajadores a su servicio doce (12) remuneraciones anuales mas dos gratificaciones una por MORDAZA Patrias y otra por Navidad, de acuerdo a Ley. Articulo 3º.- De la prohibicion Prohibase, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, la percepcion por parte del trabajador de cualquier otro ingreso, retribucion, subvencion o asignacion por cualquier concepto o fuente de financiamiento, en especie o dinerario, en forma adicional al monto MORDAZA establecido en la presente Escala Remunerativa. Articulo 4º.- Del Financiamiento La presente Escala Remunerativa se financiara con cargo a los recursos asignados al Pliego Autoridad Nacional de Servicio Civil. Articulo 5º.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de noviembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA M. VALDIVIESO M. Ministro de Economia y Finanzas

Articulo 5º.- Refrendo La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA ARAOZ E. Ministro de Defensa

ANEXO 277701-11 POLITICA REMUNERATIVA 2008 DE LA AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
La remuneracion MORDAZA mensual por todo concepto, aplicable por categorias, se fijara conforme a: CATEGORIA PRESIDENTE EJECUTIVO GERENTE GENERAL SECRETARIO TECNICO DEL TRIBUNAL GERENTE ASESOR JEFE DE OFICINA PROFESIONAL 1 PROFESIONAL 2 PROFESIONAL 3 TECNICO (TECNICO ASISTENTE, SECRETARIA) CHOFER MENSAJERO REMUNERACION MORDAZA (En Nuevos Soles) 15 000 14 000 13 600 13 000 12 000 11 000 8 000 7 000 6 000 3 000 2 000

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Escala Remunerativa del Pliego Autoridad Nacional del Servicio Civil
DECRETO SUPREMO Nº 130-2008-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1023, se creo el Pliego Autoridad Nacional del Servicio Civil en el sector Presidencia del Consejo de Ministros, como un organismo tecnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestion de Recursos Humanos del Estado, con el fin de contribuir al mejoramiento del Sector Publico a traves del fortalecimiento del Servicio Civil; Que, la Primera Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1023, dispone que el personal de la Autoridad estara sujeto al regimen laboral de la actividad privada, en tanto se apruebe la Ley del Servicio Civil; Que, asimismo, mediante Resolucion Suprema Nº 2362008-PCM se aprobo el Cuadro para Asignacion de Personal de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; Que, el articulo 5º del Decreto de Urgencia Nº 0412008 dispone que por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, se aprobara la Escala Remunerativa de la Autoridad Nacional del Servicio Civil; Que, en el MORDAZA de los dispositivos MORDAZA citados es necesario aprobar la politica remunerativa del personal de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, a fin de que la misma pueda contar con el personal idoneo que impulse las reformas necesarias para el mejoramiento del Sector Publico; De conformidad con lo establecido por la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Articulo 1º.- Del Objeto de la MORDAZA Apruebese la politica remunerativa del Pliego Autoridad Nacional del Servicio Civil, de acuerdo al Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo.

La aplicacion de la presente escala se sujeta a las disposiciones establecidas por el Decreto Supremo que lo aprueba.

277701-5

EDUCACION
Aprueban "Normas Complementarias para la Creacion, Organizacion y Funcionamiento de los Centros de Recursos de la Educacion Basica Especial - CREBE"
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0650-2008-ED
MORDAZA, 10 de noviembre de 2008

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