Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2008 (13/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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la Decision Nº 582 de la Comision de la Comunidad MORDAZA de Naciones, Permiso de Operacion por el plazo de cuatro (4) anos contado a partir del dia siguiente a la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano, sujeto a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO:

-Aviacion Comercial: Servicio de Transporte Aereo No Regular de carga. AMBITO DEL SERVICIO: -Internacional. ZONAS y/o PUNTOS DE OPERACION:

CON DERECHOS DE TRAFICO DE TERCERA, CUARTA Y MORDAZA MORDAZA DEL AIRE:

-PUNTOS EN ECUADOR, VIA PUNTOS INTERMEDIOS EN TERCEROS PAISES DE LA REGION MORDAZA (COLOMBIA, BOLIVIA), HACIA MORDAZA Y/O IQUITOS, HACIA PUNTOS MAS ALLA DENTRO DE LA REGION MORDAZA (COLOMBIA, BOLIVIA) Y VV. PUDIENDO OBVIAR PUNTO O PUNTOS. MATERIAL AERONAUTICO: -AEROSPATIALE ATR42-320 BASE DE OPERACIONES: -Aeropuerto Internacional de Guayaquil ­ Ecuador. Articulo 2°.- Las aeronaves autorizadas a AERO EXPRESS DEL ECUADOR TRANS AM CIA LTDA., deben estar provistas del correspondiente Certificado de Matricula y de Aeronavegabilidad vigentes, asi como de los seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3°.- En relacion al Peru, en los casos que AERO EXPRESS DEL ECUADOR TRANS AM CIA LTDA., realice publicidad y/o ventas de sus rutas y/o destinos autorizados, queda obligada a hacer mencion expresa de que se trata, segun sea el caso, de vuelos de conexion, de codigo compartido o de cualquier otra forma prevista y/o permitida por la ley, de forma tal que no se induzca a error al consumidor, especialmente en cuanto a las caracteristicas del servicio, el precio y las condiciones de venta. El incumplimiento de este Articulo sera evaluado en la forma que establece el Articulo 197º del Reglamento de la Ley. Articulo 4°.- AERO EXPRESS DEL ECUADOR TRANS AM CIA LTDA., debera presentar los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad aerea, de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 5°.- El ejercicio y utilizacion de este Permiso de Operacion implica por parte de AERO EXPRESS DEL ECUADOR TRANS AM CIA LTDA.: a) Su renuncia a todo derecho para invocar cualquier reclamo o inmunidad diplomatica derivada de cuestiones de soberania y de otro origen, frente a reclamaciones surgidas como consecuencia de operaciones realizadas bajo este permiso. b)Su expreso sometimiento a la jurisdiccion peruana. Articulo 6°.- AERO EXPRESS DEL ECUADOR TRANS AM CIA LTDA., queda obligada con el Gobierno del Peru para que este pueda emplear en su servicio aeronaves, elementos, material y personal peruano de que disponga dicha empresa en los casos de conflictos internacionales, desordenes internos y calamidades publicas. El Gobierno del Peru abonara los gastos ocasionados de conformidad con la legislacion vigente y la practica internacional. Articulo 7°.- La vigencia del presente Permiso de Operacion se mantendra mientras la beneficiaria no pierda alguna de las capacidades legal, tecnica o financiera, exigidas por la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento; demas normas vigentes; y, cumpla las obligaciones a que se contrae la presente Resolucion. Articulo 8°.- Si la Administracion verificase la existencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado, la Direccion

General de Aeronautica Civil, procedera conforme a lo senalado en el Articulo 32.3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General. Articulo 9°.- AERO EXPRESS DEL ECUADOR TRANS AM CIA LTDA., debera constituir la garantia global que establece el Articulo 93º de la Ley Nº 27261 ­ Ley de Aeronautica Civil, por el cumplimiento de las obligaciones derivadas del servicio que solicita, en las condiciones y monto establecidas en los Articulos 199º y siguientes del Reglamento. El incumplimiento de esta obligacion determinara la automatica revocacion del presente Permiso de Operacion. Articulo 10º.- AERO EXPRESS DEL ECUADOR TRANS AM CIA LTDA. queda obligada a cumplir dentro de los plazos senalados con las disposiciones que respecto a ruido y medio ambiente emita la Direccion General de Aeronautica Civil. Articulo 11°.- AERO EXPRESS DEL ECUADOR TRANS AM CIA LTDA. debera respetar la riqueza cultural, historica y turistica que sustenta la buena imagen del pais. Articulo 12°.- El Permiso de Operacion que por la presente Resolucion Directoral se otorga a AERO EXPRESS DEL ECUADOR TRANS AM CIA LTDA., queda sujeto a la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; las Regulaciones Aeronauticas del Peru; y, demas disposiciones legales vigentes; asi como a las Directivas que dicte esta Direccion General; y podra ser revocado total o parcialmente en caso que el Gobierno de Ecuador, no otorgue a las lineas aereas peruanas derechos aerocomerciales reciprocos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAREOVICH Director General de Aeronautica Civil

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ORGANISMOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES
FE DE ERRATAS RESOLUCION Nº 413-2008-CONAFU
Mediante Oficio Nº 726-2008-CONAFU-SG, el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades - CONAFU solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Nº 413-2008-CONAFU, publicada en nuestra edicion del dia 5 de noviembre de 2008. DICE: Articulo Primero.- ADMITIR a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Coordinador del Proyecto universitario; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Derecho y Ciencias Politicas, 2) Administracion de Empresas y Cooperativas, 3) Administracion de Negocios Turisticos, y 4) Ingenieria de Informatica y de Sistemas. DEBE DECIR: Articulo Primero.- ADMITIR a tramite el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en calidad de Coordinador del Proyecto universitario; con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Derecho y Ciencias Politicas, 2) Administracion de Empresas y Cooperativas, 3) Administracion de Negocios Turisticos, y 4) Ingenieria de Informatica y de Sistemas.

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