Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2008 (13/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Diplomatico de la Republica; los articulos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 1302003-RE; en concordancia con el articulo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, su modificatoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes oficiales al exterior de servidores y funcionarios publicos se realicen en clase economica, su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008; SE RESUELVE:

Articulo Primero.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesor de la Subsecretaria de Comunidades Peruanas en el Exterior, a la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de Costa Rica, del 13 al 16 de noviembre de 2008, a fin de que efectue una visita de inspeccion a la Embajada del Peru en dicho pais. Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 33830 Misiones Diplomaticas, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasajes Nombres y Apellidos US$ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 687.12 Viaticos por dia US$ 200.00 Numero de dias 4+1 Total viaticos US$ 1,000.00 Tarifa aeropuerto US$ 30.25

Que, existen servidores en las Direcciones de Salud y sus organos desconcentrados, Institutos Especializados de Salud, Organismos Publicos del Ministerio de Salud, asi como en las Direcciones Regionales de Salud y sus organos desconcentrados de los Gobiernos Regionales; que por muchos anos vienen laborando en calidad de destacados, en diferentes lugares de sus dependencias de origen, por diversos motivos, ya sea por unidad conyugal, unidad familiar, tratamiento medico especializado del titular, conyuge y/o familiares directos y necesidad del servicio; Que, la Constitucion Politica del Peru, MORDAZA por la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad, protege al MORDAZA, al adolescente, a la MORDAZA y al anciano con la finalidad de garantizar la unidad familiar; Que, de acuerdo a lo establecido en la Novena Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28411, Ley del Sistema Nacional de Presupuesto, el personal destacado percibe los incentivos laborales en la dependencia de destino y sus remuneraciones las percibe en su dependencia de origen, conforme a lo previsto en el articulo 80º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, la accion de personal de renovacion de los destaques de los servidores para el ano 2009, no irrogara gasto adicional al Tesoro Publico, ya que los montos asignados para el pago de incentivos laborales y guardias hospitalarias seguiran manteniendose inalterables a los que vienen percibiendo durante el presente ejercicio presupuestal; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 29158, Ley del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y literal j) del articulo 8 de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; DECRETA: Articulo 1º.- Del objeto Autorizar al Ministerio de Salud, a las Direcciones de Salud y sus Organos Desconcentrados, Institutos Especializados de Salud y Organismos Publicos del Ministerio de Salud, asi como a las Direcciones Regionales de Salud y sus organos desconcentrados de los Gobiernos Regionales, a renovar los destaques de aquellos servidores que se encuentren laborando en la condicion de destacados al 31 de diciembre de 2008, por el periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2009. Articulo 2º.- De las disposiciones complementarias El Ministerio de Salud dictara las disposiciones complementarias que MORDAZA necesarias para la aplicacion del presente Decreto Supremo. Articulo 3º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de noviembre del ano dos mil ocho.

Articulo Tercero.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de la referida comision, el mencionado funcionario diplomatico debera presentar ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia Ministra (e) del Despacho de Relaciones Exteriores

277292-1

SALUD
Autorizan renovar destaques de servidores que se encuentren laborando en la condicion de destacados al 31 de diciembre de 2008
DECRETO SUPREMO Nº 023-2008-SA
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante los Decretos Supremos Nº 001-2006SA, Nº 024-2006-SA y Nº 001-2008-SA, se dispuso que las Direcciones de Salud y sus Organos Desconcentrados, Institutos Especializados de Salud y Organismos Publicos Descentralizados del Ministerio de Salud, asi como las Direcciones Regionales de Salud y sus organos desconcentrados de los Gobiernos Regionales renueven los destaques para los ejercicios presupuestales 2006, 2007 y 2008, de aquellos servidores que venian presentado servicios en la condicion de destacados al culminar los anos 2005, 2006 y 2007, respectivamente;

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud

277701-7

Incorporan Disposicion Complementaria y Final al Reglamento de la Ley Nº 28220, aprobado por Decreto Supremo Nº 0092004-SA
DECRETO SUPREMO Nº 024-2008-SA
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28220 se autorizo al Ministerio de Salud a efectuar el nombramiento de medicos cirujanos en el ambito nacional; Que, por Decreto Supremo Nº 009-2004-SA se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 28220, en cuya Septima

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