Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2008 (13/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 13 de noviembre de 2008

Disposicion Complementaria y Final se prohibio que el personal medico cirujano que pase a la condicion de nombrado pueda desplazarse a otro establecimiento de salud durante los cinco anos siguientes al nombramiento; pudiendo excepcionalmente solicitar permuta con la debida sustentacion del caso; Que, posteriormente, con la finalidad de permitir el desplazamiento de los medicos cirujanos que tenga como proposito asignarles otro MORDAZA de responsabilidades de naturaleza administrativa, en la medida que este tenga las cualidades suficientes para ello, asi como fomentar la especializacion de los profesionales medicos cirujanos en el Residentado Medico por necesidad institucional; mediante Decreto Supremo Nº 006-2008-SA se modifico la referida Setima Disposicion Complementaria y Final, a fin de senalar expresamente que en los casos senalados no resulta aplicable la prohibicion senalada en el considerando anterior; Que, es politica del Ministerio de Salud, en su calidad de ente rector del Sector Salud, impulsar las acciones de fortalecimiento de capacidades que permitan mejorar la calidad de la atencion a los pacientes en los establecimientos de salud en el pais; para lo cual resulta necesario, entre otros aspectos, fomentar la participacion de los profesionales medicos cirujanos en eventos de capacitacion especializada que se realicen dentro o fuera del pais; Que, los articulos 113º y 116º del Reglamento de la MORDAZA Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, asi como la Resolucion Ministerial Nº 541-95SA/DM, Reglamento del Comite de Becas y Capacitacion del Ministerio de Salud, establecen las condiciones y requisitos para el otorgamiento de Licencia por Capacitacion Oficializada y No Oficializada; Que, si bien las normas senaladas en el considerando anterior constituyen un supuesto diferente al de las restricciones establecidas en la Septima Disposicion Complementaria y Final del Reglamento de la Ley Nº 28220, resulta necesario senalar expresamente que las Licencias por Capacitacion pueden ser solicitadas por los profesionales medicos cirujanos; Que, para tal efecto, resulta conveniente incorporar una Disposicion Complementaria y Final al Reglamento de la Ley Nº 28220, la cual senale que los profesionales medicos cirujanos nombrados bajo el MORDAZA de la Ley Nº 28220 estan en aptitud de solicitar Licencia por Capacitacion Oficializada o Licencia por Capacitacion No Oficializada, siempre y cuando cumplan con los requisitos senalados en las disposiciones legales vigentes y exista necesidad institucional; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo: DECRETA: Articulo 1º.- Incorporacion de la Decimo Primera Disposicion Complementaria y Final al Reglamento de la Ley Nº 28220 Incorporese la Decimo Primera Disposicion Complementaria y Final al Reglamento de la Ley Nº 28220, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2004-SA, con el siguiente texto: "Decimo Primera: Los profesionales medicos cirujanos nombrados bajo el MORDAZA de la Ley Nº 28220 podran solicitar Licencia por Capacitacion Oficializada o Licencia por Capacitacion No Oficializada, siempre y cuando cumplan con los requisitos senalados en las disposiciones legales vigentes y exista necesidad institucional" Articulo 2º.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Salud. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de noviembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud

Designan Secretaria General de la Secretaria General del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 809-2008/MINSA
MORDAZA, 12 de noviembre del 2008 CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 734-2008/ MINSA se encargo al abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcazar, Jefe de Gabinete de Asesores de la Alta Direccion, las funciones de Secretario General del Ministerio de Salud; Que, resulta conveniente designar a la profesional propuesta en el cargo de Secretaria General del Ministerio de Salud, dandose termino al encargo de funciones MORDAZA citado; Con las visaciones del Director General de la Oficina General de Gestion de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos y Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo Unico.Designar a la abogada MORDAZA MORDAZA CHAFLOQUE MORDAZA, en el cargo de Secretaria General, Nivel F-6, de la Secretaria General del Ministerio de Salud, dandose termino al encargo de funciones dispuesto por la Resolucion Ministerial Nº 734-2008/MINSA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud

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TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 347-2008-TR
Mediante Oficio Nº 3727-2008-MTPE/4, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 347-2008-TR, publicada en nuestra edicion del dia 6 de noviembre de 2008. MORDAZA considerando.DICE: "Que, en tal sentido, corresponde designar al actual Viceministro de Trabajo como presidente de la Comision Ejecutiva creada por la Ley Nº 27803, y al MORDAZA representante del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, ante la Comision Ejecutiva referida en el primer considerando de la presente Resolucion Ministerial;" DEBE DECIR: "Que, en tal sentido, corresponde designar al actual Viceministro de Trabajo como representante alterno del Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo, ante la Comision Ejecutiva referida en el primer considerando de la presente Resolucion Ministerial;"

277701-8

276616-1

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