Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2008 (13/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de noviembre de 2008

NORMAS LEGALES
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Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de noviembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura MORDAZA MORDAZA BRACK EGG Ministro del Ambiente MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas MORDAZA UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior y la Ministra de Justicia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de noviembre del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA FLORES-ARAOZ ESPARZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MELONI Ministro del Interior MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Justicia

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Rectifican las RR.MM. Nºs. 310 y 3222008-PCM
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 372-2008-PCM MORDAZA, 11 de noviembre de 2008 Vistos; los Memorandum Nºs. 458-2008-PCM/CMAN y 464-2008-PCM/CMAN de la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada de las Acciones y Politicas del Estado en los Ambitos MORDAZA, la Reparacion Colectiva y la Reconciliacion Nacional. CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 310-2008-PCM se autorizo al Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, efectuar una transferencia financiera a favor de los Gobiernos Locales de los departamentos de MORDAZA y MORDAZA senalados en el Cuadro Nº 01 que forma parte de dicha Resolucion, por la suma de S/. 1 437 943,99 (UN MILLON CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES CON 99/100 NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento 4 Donaciones y Transferencias, para la ejecucion de los Proyectos de Inversion Publica declarados viables y Expedientes Tecnicos aprobados, a partir de la suscripcion de los Convenios de Transferencias Financieras entre la Presidencia del Consejo de Ministros y los Gobiernos Locales mencionados en el citado Cuadro Nº 01; Que, en el Anexo A, que tambien forma parte de la Resolucion Ministerial Nº 310-2008-PCM, se consigno en el numeral 15, como nombre del proyecto el de "Construccion de Infraestructura y Equipamiento del Puesto de Salud de Pampamalca - Huanta", cuando en realidad el nombre del proyecto es "Construccion de Infraestructura y Equipamiento del Puesto de Salud de Pampalca - Huanta"; Que, por Resolucion Ministerial Nº 322-2008-PCM se autorizo al Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, efectuar una transferencia financiera a favor de los Gobiernos Locales de los departamentos de MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA y San MORDAZA senalados en el Cuadro Nº 01 que forma parte de dicha Resolucion, por la suma de S/. 1 479 424,38 (UN MILLON CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO CON 38/100 NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1 Recursos Ordinarios, para la ejecucion de los Proyectos de Inversion Publica declarados viables y Expedientes Tecnicos aprobados, a partir de la suscripcion de los Convenios de Transferencias Financieras entre la Presidencia del Consejo de Ministros y los Gobiernos Locales mencionados en el citado Cuadro Nº 01; Que, en el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 322-2008-PCM, se indica que la transferencia financiera se efectua por la suma de "S/. 1 479 424,38 (UN MILLON QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO CON 38/100 NUEVOS SOLES)", cuando en realidad corresponde que la informacion consignada sea "S/. 1 479 424,38 (UN MILLON CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO CON 38/100 NUEVOS SOLES)"; Que, en el Anexo A, que tambien forma parte de la Resolucion Ministerial Nº 322-2008-PCM, se consigno en los numerales 10, 11, 12, 13, 14 y 15 informacion distinta a la que deberia aparecer en el apartado referido a los numeros de codigo SNIP y/o Resolucion de Alcaldia de los proyectos a los que se refieren los Convenios correspondientes, asi como en lo referido al cronograma de desembolso y el financiamiento a cargo de la PCM en los numerales 10, 11, 12 y 13;

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Prorrogan Estado de Emergencia declarado en distritos y provincias de los departamentos de MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA y MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 072-2008-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 063-2008-PCM de fecha 11 de septiembre de 2008, se prorrogo por el termino de sesenta (60) dias, a partir del 16 de septiembre del 2008, el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convencion del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de MORDAZA y en los distritos de MORDAZA MORDAZA de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junin; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia referido en el considerando precedente, aun subsisten las condiciones que determinaron la declaratoria del Estado de Emergencia en las provincias y distritos alli indicados; De conformidad con el articulo 118º, numerales 4) y 14) de la Constitucion Politica del Peru; con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Prorroga de Estado de Emergencia Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias, a partir del 15 de noviembre de 2008, el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convencion del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de MORDAZA y en los distritos de MORDAZA MORDAZA de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junin. Articulo 2º.- Suspension del ejercicio de Derechos Constitucionales Durante el termino del Estado de Emergencia a que se refiere el articulo anterior, queda suspendido el ejercicio de los derechos constitucionales contemplados en los incisos 9), 11), 12) y 24) apartado f) del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru.

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