Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2008 (13/11/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 13 de noviembre de 2008

a) Sustento tecnico del aporte de riesgo por MORDAZA de cobertura y clase de vehiculo, con aplicacion de metodos y procedimientos de la ciencia estadistica. Son componentes necesarios para estimar el aporte de riesgo las siguientes variables: i) Frecuencia, es decir el numero esperado de accidentes de MORDAZA y de victimas de los accidentes de MORDAZA en los que intervengan los vehiculos coberturados de la AFOCAT, por MORDAZA de cobertura y clase de vehiculo; (ii) Severidad, es decir la estimacion de las indemnizaciones promedio que se esperan pagar, por MORDAZA de cobertura y clase de vehiculo, por las victimas de accidentes de MORDAZA en los que intervengan los vehiculos coberturados de la AFOCAT; y (iii) Margen de seguridad, es decir un factor de ajuste para prever posibles desviaciones de la frecuencia y severidad estimadas. b) Sustento tecnico del componente del aporte anual para cubrir los gastos administrativos en que incurra la AFOCAT para el ejercicio de sus funciones, sobre la base de un analisis de costos y del numero esperado de vehiculos coberturados de la AFOCAT. Este componente puede ser expresado como un porcentaje del aporte anual y diferenciado por clase de vehiculo. c) Estimacion final del aporte anual. d) Estimacion final del numero de vehiculos coberturados de la AFOCAT. e) Analisis de factibilidad respecto del cumplimiento de los limites del Fondo Minimo y del Fondo de Solvencia. 22.3 Otros que determine la SBS mediante MORDAZA de caracter general" "Articulo 23.- Impedimentos para ser miembro del Consejo Directivo o Gerente General Estan impedidos para ser miembros del Consejo Directivo o ser designado Gerente General de la AFOCAT quienes se encuentren incursos en uno de los siguientes supuestos: 23.1 Haber sido condenado por delitos de trafico ilicito de drogas, terrorismo, delitos contra el patrimonio, contra la fe publica y demas delitos dolosos, aun cuando hubieran sido rehabilitados. 23.2 Quienes, por razon de sus funciones, esten prohibidos de ejercer el comercio, asi como de desempenar cargos directivos en empresas del sistema crediticio, financiero, de conformidad con las normas legales vigentes. 23.3 Haber sido declarado en MORDAZA de insolvencia, mientras dure el mismo; y los quebrados. 23.4 Ser miembro o funcionario de los organos de gobierno de los Gobiernos Locales y/o Regionales. 23.5 Ser director y/o trabajador de los organismos publicos que MORDAZA o supervisan la actividad de las AFOCAT. 23.6 Registrar protestos de documentos en los ultimos cinco (5) anos, no aclarados a satisfaccion de la SBS. 23.7 Haber sido miembro del Consejo Directivo o Gerente General de una AFOCAT cuyo registro MORDAZA sido cancelado o haber sido miembro de MORDAZA en los dos anos previos a la cancelacion, siempre que administrativamente se les hubiera encontrado responsables de actos que han merecido sancion. 23.8 Quienes, como directores o gerentes de una persona juridica, hayan resultado administrativamente responsables por actos que han merecido sancion. 23.9 Quienes MORDAZA miembros del Consejo Directivo de una AFOCAT no podran ser miembros del Consejo Directivo de otra AFOCAT. 23.10 Quienes, directa o indirectamente, tengan creditos vencidos por mas de ciento veinte (120) dias o que hayan ingresado a cobranza judicial en una empresa del sistema financiero. 23.11 Otros que determine la SBS mediante MORDAZA de caracter general." "Articulo 24.- Requisitos para la inscripcion de la Asociacion en el Registro Para solicitar la inscripcion de una Asociacion en el Registro, el Gerente General o Administrador de la misma, debe presentar la siguiente documentacion: 24.1. MORDAZA de la escritura publica de constitucion de la Asociacion, debidamente inscrita en el Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de la SUNARP

correspondiente a su domicilio, en la que conste su finalidad principal y su ambito de operacion. 24.2. Certificado de Vigencia de Poder de los miembros del Consejo Directivo y del Gerente General de la AFOCAT expedido por la Oficina Registral de la SUNARP correspondiente a su domicilio. 24.3 MORDAZA del Libro Registro de Miembros de la AFOCAT, en el que conste los datos a que se refiere el articulo 83º del Codigo Civil, asi como la relacion de empresas de transportes y el detalle de cada uno de sus vehiculos a los que se prestara cobertura, asi como la relacion de los vehiculos que prestan los servicios de transporte provincial de personas, MORDAZA e interurbano, incluyendo los mototaxis que se encuentren asociados. Asimismo, cuando resulte pertinente debera considerar el numero y fecha de las resoluciones emitidas por la autoridad competente, mediante las cuales se le concede o autoriza la prestacion de los servicios MORDAZA indicados. 24.4 Curriculum vitae documentado del cargo de Gerente General o Administrador de la Asociacion o, en su caso, del Presidente del Consejo Directivo, de acuerdo a las normas del presente Reglamento. 24.5 MORDAZA del titulo de propiedad, contrato de arrendamiento o cualquier otro documento que contenga el acto juridico que acredite la posesion legitima del inmueble que constituira el domicilio legal y sede administrativa de la Asociacion. 24.6 Declaraciones Juradas suscritas por los miembros del Consejo Directivo y el Gerente General o Administrador de la Asociacion en el sentido de que no estan incursos en ninguno de los impedimentos establecidos en el articulo 23 del presente Reglamento. 24.7 El documento que contiene la nota tecnica que sustenta el aporte anual, con el detalle contenido en el articulo 22º. 24.8 Detalle de ambito geografico en la que operara 24.9 Direccion electronica de la pagina web de la AFOCAT. Los documentos que se entreguen a la SBS deben encontrarse certificados por el Presidente del Consejo Directivo de la Asociacion." "Articulo 25.- Obligaciones de las AFOCAT Las AFOCAT se encuentran obligadas a:

(...) 25.4 Mantener, en soporte informatico y su misma pagina web, un registro de los CAT y de los vehiculos a los que prestan cobertura, el mismo que estara a disposicion de la SBS y de la Policia Nacional del Peru a efectos de que se cuente con informacion actualizada para las acciones de control, asi como para informacion de cualquier persona que tenga interes sobre el particular. (...) 25.9 Presentar a la SBS la informacion estadistica, contable o prudencial de acuerdo con los formatos, medios y periodicidad que MORDAZA determine mediante MORDAZA de caracter general. 25.10 Realizar las auditorias para garantizar el correcto manejo administrativo de la AFOCAT, del Fondo, y otros aspectos que considere de importancia. La SBS podra disponer la realizacion de auditorias internas o externas, con los alcances que considere necesarios. (....) 25.12 Presentar a la SBS, dentro de los noventa (90) dias naturales del cierre del ejercicio, los estados financieros auditados de la AFOCAT y los Estados Financieros del Fondo, estos ultimos preparados por el Fiduciario, asi como cualquier otra informacion que la SBS requiera, en los plazos y forma establecidos. 25.13 Emitir el CAT y la calcomania por cada vehiculo coberturado, de acuerdo con los formatos aprobados por el MTC. (.....) 25.15 Cumplir con los demas requerimientos que le formule por escrito la SBS." "Articulo 26.- Fideicomiso 26.1 Sin perjuicio de las facultades de la AFOCAT para administrar los riesgos generados por los vehiculos coberturados, la administracion financiera de los recursos del Fondo sera entregada en fideicomiso a una entidad fiduciaria debidamente autorizada conforme a lo establecido en la Ley General, la misma que sera previamente designada por la SBS

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