Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2009 (04/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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previstos para tal fin, elaborando de comun acuerdo su cronograma de pruebas. De ser necesario, el Ministerio facilitara las coordinaciones a efectos de consensuar el citado cronograma de pruebas externas entre los concesionarios. e. En el caso de pruebas fallidas, los concesionarios involucrados deberan solucionar en el mas breve plazo los problemas detectados a fin de reiniciar y culminar las pruebas previstas, bajo responsabilidad. Actividad 3: Plan de Informacion al Publico El objetivo del Plan de Informacion al Publico es orientar a los usuarios y al publico en general, respecto a la introduccion de las medidas establecidas en la presente Resolucion, a fin de minimizar los riesgos de confusion. Los concesionarios de los servicios de telefonia movil, servicio de comunicaciones personales, servicio movil de MORDAZA multiples de seleccion automatica (troncalizado), servicio movil por satelite, servicio de telefonia fija local, servicio de telefonia publica y servicio portador de larga distancia internacional; presentaran a la Direccion General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, hasta el 30 de MORDAZA de 2010, el texto de los mensajes que proponen brindar a sus usuarios, la periodicidad o frecuencia de su difusion, entre otra informacion que consideren pertinente para la realizacion de cada una de las actividades previstas en el numeral 3.2. El Ministerio, a traves de la Direccion General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones, recibida o no las propuestas de los concesionarios referidas en el parrafo precedente, aprobara y comunicara el mensaje neutro y uniforme, asi como el periodo y frecuencia de difusion, para las actividades previstas en el numeral 3.2. El Plan de Informacion al Publico se iniciara el 1 de agosto de 2010 y culminara el 31 de octubre de 2010; comprendiendo: 3.1 Por el Estado: El Ministerio y el OSIPTEL coordinaran mutuamente, a fin de: 3.1.1 Emitir notas de prensa, publicar comunicados y conceder entrevistas, en medios de comunicacion a nivel nacional. 3.1.2 Realizar campanas de difusion masiva a los usuarios a nivel nacional, a traves de la radio y la television, durante un periodo minimo de quince (15) dias. 3.1.3 Emitir afiches, volantes, tripticos u otros impresos, para su distribucion a nivel nacional. 3.1.4 Brindar informacion y orientacion al publico en general, a traves de la central telefonica u otros MORDAZA de atencion al publico de cada institucion. 3.1.5 Difundir en sus respectivas paginas web, la informacion y procedimiento necesario para orientar al publico, en un espacio virtual especifico destinado para tal fin. Por su parte, el Ministerio informara a los organismos e instituciones nacionales e internacionales, los alcances de la presente Resolucion. 3.2 Por los concesionarios de los servicios publicos de telecomunicaciones: Los concesionarios de servicios publicos de telecomunicaciones realizaran, como minimo, las siguientes acciones a su cargo, de conformidad con lo dispuesto por la presente Resolucion: 3.2.1 Difusion a traves de Radio y Television Los concesionarios de los servicios publicos de telefonia movil, servicio de comunicaciones personales, servicio movil de MORDAZA multiples de seleccion automatica (troncalizado) y servicio movil por satelite; a fin de orientar a los usuarios y publico en general, efectuaran actividades de difusion a traves de la radio y la television, por un periodo minimo de quince (15) dias. 3.2.2 Envio de mensajes cortos de texto Los concesionarios de los servicios publicos de telefonia movil, servicio de comunicaciones personales, servicio movil de MORDAZA multiples de seleccion automatica

(troncalizado) y servicio movil por satelite; enviaran mensajes cortos de texto a sus usuarios, remitiendo la informacion aprobada para tal efecto. 3.2.3 Activacion de grabacion telefonica por marcacion errada Los concesionarios de servicios publicos de telefonia movil, servicio de comunicaciones personales, servicio movil de MORDAZA multiples de seleccion automatica (troncalizado), servicio movil por satelite, servicio de telefonia fija local, servicio de telefonia publica y servicio portador de larga distancia internacional; difundiran grabaciones telefonicas por marcacion errada, que contendra informacion MORDAZA, precisa y breve, a fin de orientar a los usuarios y reducir los errores en la marcacion. Los anuncios indicaran al usuario, el modo de marcacion y la informacion general necesaria para orientar este proceso. La grabacion telefonica por marcacion errada, se emitira a partir del sabado 4 de setiembre de 2010, con la entrada en vigencia del Area Virtual Movil, y se mantendra como minimo hasta el 31 de octubre de 2010. 3.2.4 Difusion de informacion adjunta a los recibos de servicio Los concesionarios de servicios publicos de telefonia movil, servicio de comunicaciones personales, servicio movil de MORDAZA multiples de seleccion automatica (troncalizado), servicio movil por satelite y servicio de telefonia fija local; anexaran a sus recibos de servicio informacion de orientacion al usuario, segun lo dispuesto en la presente Resolucion. 3.2.5 Publicacion en pagina web Los concesionarios de servicios publicos de telefonia movil, servicio de comunicaciones personales, servicio movil de MORDAZA multiples de seleccion automatica (troncalizado), servicio movil por satelite, servicio de telefonia fija local, servicio de telefonia publica y servicio portador de larga distancia internacional; publicaran en sus respectivas paginas web, un banner conteniendo informacion y el procedimiento de marcacion establecido en la presente Resolucion. 3.2.6 Coordinacion con corresponsales en otros paises Los concesionarios de servicios publicos de telefonia movil, servicio de comunicaciones personales, servicio movil de MORDAZA multiples de seleccion automatica (troncalizado), servicio movil por satelite, y servicio portador de larga distancia internacional; estableceran coordinaciones con sus corresponsales en otros paises, a fin de difundir informacion pertinente, segun lo dispuesto en la presente Resolucion. 3.2.7 Difusion de informacion en oficinas de atencion y servicios de asistencia telefonica Los concesionarios de servicios publicos de telefonia movil, servicio de comunicaciones personales, servicio movil de MORDAZA multiples de seleccion automatica (troncalizado), servicio movil por satelite, servicio de telefonia fija local y servicio de telefonia publica; brindaran informacion y asistencia a traves de sus oficinas o centros de atencion a usuarios y de sus servicios telefonicos establecidos para tal fin. Asimismo, entregaran volantes informativos en sus oficinas y otros MORDAZA de atencion personal con los que cuenten. En aquellas oficinas o centros de atencion con circuito cerrado de television, se emitira el spot televisivo referido en el numeral 3.2.1. PERIODO DE ESTABLECIMIENTO: · Periodo en el cual unicamente se permitira las marcaciones establecidas en el Anexo del Plan Tecnico Fundamental de Numeracion referidas a la MORDAZA Etapa ­ Area Virtual Movil, establecidas por la presente Resolucion. · Este periodo se iniciara a partir del sabado 4 de setiembre de 2010, con la entrada en vigencia del Area Virtual Movil y se mantendra como minimo hasta el 31 de octubre de 2010. · Durante este periodo debera continuarse con el Plan de Informacion al Publico, a fin de minimizar el impacto a los usuarios, de acuerdo a lo previsto en la Actividad 3.

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