Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2009 (04/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES

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del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC/03; Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Renovar la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial N° 333-2002-MTC/15.03 a RADIO COMAS TELEVISION S.R.L., por el plazo de diez (10) anos, que vencera el 2 de octubre de 2017, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho, de la provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a extenderle la correspondiente Licencia de Operacion. Articulo 3°.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles. Articulo 4º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual, caso contrario, la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion improrrogable de doce (12) meses; Que, el articulo 29º del Reglamento de la Ley de Radio y Television indica que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicho articulo se detallan; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 231-2005MTC/03, ratificada con Resolucion Viceministerial Nº 7462008-MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de OM para diversas localidades del departamento de Pasco, entre las cuales se encuentra la localidad de Pasco, la misma que incluye al distrito de Chaupimarca, provincia y departamento de Pasco; Que, con Informe Nº 1208-2009-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones senala que se considera viable otorgar la autorizacion solicitada por la empresa RADIO MINERIA DE CERRO DE PASCO E.I.R.L. para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM) en el distrito de Chaupimarca, provincia y departamento de Pasco; De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y modificado por Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01, el Decreto Supremo Nº 038-2003MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda Onda Media (OM) para la localidad de Pasco, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 231-2005MTC/03 y ratificado con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008-MTC/03, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE:

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Otorgan a Radio Mineria de Cerro de Pasco E.I.R.L. autorizacion para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media en el distrito de Chaupimarca, provincia de Pasco
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 223-2009-MTC/03
MORDAZA, 22 de junio de 2009 VISTO, el Expediente Nº 2008-002456 presentado por la empresa RADIO MINERIA DE CERRO DE PASCO E.I.R.L., sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM) en el distrito de Chaupimarca, provincia y departamento de Pasco. CONSIDERANDO: Que, el articulo 14º de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion; Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el

Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a la empresa RADIO MINERIA DE CERRO DE PASCO E.I.R.L., por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media (OM) en la localidad de Pasco, departamento de Pasco, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion:
Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad : : : RADIODIFUSION SONORA EN OM 1370 kHz. COMERCIAL OCU-4O 10K0A3EGN 5 Kw. C Jr. Bolognesi Nº 225, distrito de Chaupimarca, provincia y departamento de Pasco. Longitud Oeste : 76º 15' 14'' Latitud Sur : 10º 40' 32'' Cerro Algayhuachanan, distrito de Chaupimarca, provincia y departamento de Pasco. Longitud Oeste : 76º 15' 31'' Latitud Sur : 10º 41' 24'' El area comprendida dentro del contorno de 62 dB V/m.

Caracteristicas Tecnicas: Indicativo : Emision : Potencia Nominal del Transmisor : Clasificacion de Estacion : Ubicacion de la Estacion: Estudio Coordenadas Geograficas Planta Transmisora Coordenadas Geograficas MORDAZA de Servicio : : : : :

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. De acuerdo con lo establecido en el articulo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, para el caso de los enlaces auxiliares se requiere de autorizacion previa otorgada por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones. El plazo de la autorizacion y permiso concedidos se computara a partir del dia siguiente de notificada la

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