Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2009 (04/07/2009)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, sabado 4 de MORDAZA de 2009

NORMAS LEGALES
Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA BRACK EGG Ministro del Ambiente MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo

398571

Nunez MORDAZA, profesionales que prestan servicios en el Organismo de Supervision de Concesiones Forestales Maderables ­ OSINFOR y en el Ministerio de Ambiente, respectivamente, a la MORDAZA de MORDAZA, Confederacion Suiza, del 4 al 11 de MORDAZA de 2009, para que participen en la sesion del Comite Permanente de la CITES, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, estaran a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes Viaticos (US$ 260,00 x 7 dias) Tarifa CORPAC - MORDAZA MORDAZA Nunez MORDAZA Pasajes Viaticos (US$ 260,00 x 7 dias) Tarifa CORPAC : US $ : US $ : US $ 2 406,98 1 820,00 31,00 : US $ : US $ : US $ 2 406,98 1 820,00 31,00

368482-4

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de Colombia y Brasil
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 582-2009-DE/SG
MORDAZA, 26 de junio de 2009 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DGS) Nº 625 de fecha 10 de junio de 2009, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Colombia sin MORDAZA de guerra; Que, en el MORDAZA de la XII Reunion del Comite de Trabajo del Acuerdo de Asistencia Mutua realizada entre la Armada Nacional de Colombia y la MORDAZA de MORDAZA del

Articulo 3°.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, el personal cuyo viaje se autoriza, debera presentar a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo y a los Titulares de sus respectivas Instituciones, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en el evento al que asistiran; asimismo, presentaran la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Ambiente y la Ministra de Comercio Exterior y Turismo.

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