Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2010 (12/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de noviembre de 2010

RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL N° 334 -2010-P.R./G.R.TACNA 5 de octubre de 2010 VISTO: El Expediente N° 060-2010-ORABI/GOB.REG.TACNA, correspondiente al tramite de inscripcion en primera de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 3.8497 hectareas, ubicado en el sector Pinapa, del Distrito de Locumba Provincia MORDAZA Basadre y Region Tacna, y; CONSIDERANDO: Que, el Sistema Nacional de Bienes Estatales, tiene como finalidad contribuir al desarrollo del MORDAZA promoviendo el saneamiento de la propiedad estatal, para incentivar la inversion publica y privada, procurando una eficiente gestion del portafolio mobiliario e inmobiliario del Estado; asimismo, ordenar, integrar y simplificar los procedimientos de adquisicion, administracion, disposicion, registro y supervision de los bienes estatales a nivel del Gobierno Nacional, Regional y Local para lograr una eficiente gestion; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta el Gobierno Regional de Tacna, se ha identificado que el terreno eriazo de un perimetro de 1177.00 metros y con un area de 3.8497 hectareas, ubicado en el Sector Pinapa, del Distrito de ,).\Locumba, Provincia MORDAZA Basadre y Region Tacna, se encontraria libre de Inscripcion Registral. Que, mediante inspeccion tecnica realizada el 19 de agosto del 2010, se verifico que el terreno de 3.8497 ha, es de naturaleza eriaza, presenta forma irregular con una topografia de una MORDAZA con pendiente semi plana y comprende un suelo arenoso. Que, mediante Certificado de Busqueda Catastral, de fecha 17 de Agosto del 2010, expedido por la Oficina Registral Tacna, sobre la base del Informe Tecnico N° 2100-2010/Z.R.N°XIII-OC-ORT-R, del area de 3.8497 has, concluye que el predio solicitado a la fecha se encuentra sobre ambito que NO SE PUEDE DETERMINAR LOS ANTECEDENTES REGISTRALES y el grafico remitido se encuentra CONFORME; Que, estando al articulo 23 de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema de Bienes Estatales, establece que los predios que no se encuentren inscritos en Registro de Predios y que no constituyan Propiedad de Particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, cuya inmatriculacion compete a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN; y en las zonas en que se MORDAZA efectuado transferencia de competencias a los Gobiernos Regionales; Que, el Articulo 38 del Decreto Supremo N° 007-2008VIVIENDA, dispone que la Primera Inscripcion de Dominio de Predios Estatales, sin perjuicio de lo establecido en normas especiales, sera sustentada y aprobada por los Gobiernos Regionales o la SBN de acuerdo a sus respectivas competencias; Que, el parrafo tercero del articulo 16° del Reglamento de Predios de la Oficina Registral Tacna, aprobado mediante Resolucion N° 248-2008-SUNARP/SN, senala que "No impide la inmatriculacion el informe tecnico que senale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no..." En, consecuencia, corresponde tramitar la Primera Inscripcion de Dominio a favor del Estado del terreno de 3.8497 ha, de conformidad con el Articulo 23° de la Ley 29151, del articulo 38 del Reglamento de la Ley Nº 29151 aprobado por D.S. Nº 007-2008-VIVIENDA y la directiva N° 003-2004/SBN aprobada por resolucion N° 014-2004/ SBN que regula el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que mediante Acta de entrega y recepcion de funciones sectoriales y recursos asociados del Sector Economia y Finanzas _ Superintendencia de Bienes Nacionales, de fecha tres de noviembre de 2005, se realiza la transferencia de competencias en materia de administracion y adjudicacion de terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado, a favor del Gobierno Regional Tacna; comunicandose la fecha de suscripcion

del acta en el Diario Oficial El Peruano con fecha 26 de MORDAZA del 2006, mediante Resolucion Ministerial N° 4292006-EF/10; Que, el articulo 20°, de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, establece: "La Presidencia Regional es el Organo Ejecutivo del Gobierno Regional, siendo el Presidente Regional, la MORDAZA autoridad de su jurisdiccion, representante legal y titular del pliego Presupuestal del Gobierno Regional". Asi mismo, el articulo 62° del mismo cuerpo legal, en el inciso b), establece que son funciones especificas que ejercen los Gobiernos Regionales en materia de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del estado, realizar los actos de inmatriculacion, saneamiento, adquisicion, enajenacion, administracion y adjudicacion de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal; De conformidad con los considerandos expuestos y estando a lo establecido por la Ley Bases de Descentralizacion N° 27783 y sus modificatorias las Leyes N° 27950 y 28139; y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de los Gobiernos Regionales N° 27867, modificada y complementada por Ley N° 27902, Ley N° 28013, Ley Nº 28926 y el Informe N° 914-2010-ORAJ-G.R.TACNA, con la conformidad de la Gerencia General Regional y visacion de la Oficina Regional de Administracion de Bienes Inmuebles y Oficina Regional de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de Tacna. SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER la Inscripcion de Dominio a favor del ESTADO, representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, del terreno de 3.8497 hectareas, ubicado en el sector denominado Pinapa, del distrito de Locumba, Provincia MORDAZA Basadre y Region Tacna, segun plano y memoria descriptiva que sustenta la presente resolucion. Articulo Segundo.- La Oficina Registral Tacna perteneciente a la MORDAZA Registral N° XIII-Sede Tacna de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la Primera Inscripcion de Dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Tacna. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 565726-5

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban Dictamenes sobre constitucion de servidumbres de ocupacion MORDAZA a favor de SEDAPAL y autorizan al MORDAZA la suscripcion de los contratos respectivos
ACUERDO DE CONCEJO N° 044 Ate, 28 de octubre de 2010 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE; VISTO en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 28 de Octubre de 2010, el Dictamen N° 027-2010-MDA/ CDUyOP de la Comision de Desarrollo MORDAZA y Obras Publicas, mediante el cual se pronuncia en relacion a la solicitud de constitucion de Servidumbre de Ocupacion MORDAZA y a Titulo Gratuito formulada por la Oficina Zonal

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