Norma Legal Oficial del día 12 de noviembre del año 2010 (12/11/2010)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 66

429046

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de noviembre de 2010

EL SUB GERENTE DE PLANIFICACION MORDAZA Y CATASTRO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente Nº 49176 de fecha 12 de Diciembre del 2007, seguido por MORDAZA MORDAZA POPPE HAGUE, por el que solicita la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada del Programa de vivienda denominada "Pariachi 3º Etapa", para uso Residencial de Densidad Media - RDM, uso Comercio Zonal ­ CZ, MORDAZA de Recreacion Publica - ZRP y Proteccion y Tratamiento Paisajista - PTP del terreno MORDAZA de area de 430,480.77 m2; constituido por la Parcela Nº 3 situado en el Ex Fundo MORDAZA de la U.C. Nº 10015, ubicado en el Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el Articulo 194º, numeral 5) del Articulo 195º de nuestra Carta Magna, las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y le corresponde planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes, Que de acuerdo a la Ley 27972 Ley Organica de Municipalidades, senala en su articulo I del Titulo Preliminar que los gobiernos locales son entidades basicas de la organizacion territorial del Estado y MORDAZA inmediatos de participacion vecinal en los asuntos publicos, que institucionalizan y gestionan con autonomia los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la poblacion y la organizacion. Asimismo, las Municipalidades Provinciales y Distritales, son los organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Ademas, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, dado que nuestra carta magna establece que la autonomia de las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, son sujecion al ordenamiento juridico, que en concordancia con lo dispuesto en el Articulo 79º numeral 3) del acotado cuerpo legal, las municipalidades, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen funciones especificas exclusivas de las municipalidades distritales: 3.6 Normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de 3.6.1. Habilitaciones urbanas; Que, mediante Acuerdo N° 05; tomado en Sesion N° 18-2010-CTDHU/MDA, de fecha 16 de Diciembre de 2009, la Comision Tecnica Dictaminadora de Habilitaciones Urbanas, emitio dictamen FAVORABLE, el proyecto de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada del terreno de 430,480.077 m2, constituido la Parcela Nº 3 situado en el Ex Fundo MORDAZA de la U.C. Nº 10015 con zonificacion Residencial de Densidad Media "RDM", uso Comercio Zonal ­ CZ, MORDAZA de Recreacion Publica - ZRP y Proteccion y Tratamiento Paisajista ­ PTP, ubicado en el Distrito de Ate, estableciendose que en el proyecto se han dejado fisicamente los siguientes aportes reglamentarios para la zonificacion Residencial Densidad Media; Recreacion Publica con un area total de 26,129.76 m2, constituido por el MORDAZA Nº 1 con 2,974.29 m2 MORDAZA Nº 2 con 1,018.00 m2, MORDAZA Nº 3 con 2,854.24 m2, MORDAZA Nº 4 con 4,682.48 m2, MORDAZA Nº 6 con 3,056.00 m2, MORDAZA Nº 7 con 6,774.75 m2, MORDAZA Nº 8 con 1,900.00 m2, MORDAZA Nº 9 con 2,690.00 m2, el aporte para Parques Zonales con un area de 1,074.00 m2, constituido por los lotes del Nº 02 al Nº 05 y del Nº 12 al Nº 14; el aporte para el Ministerio de Educacion con un area de 9,034.00 m2, para Otros Fines con area de 896.93 m2 y como deficit de aportes a Recreacion Publica con un area de 3,078.26 m2, Parques Zonales con un area de 7,271.14 m2; Servicios Publicos Complementarios Otros fines con un area de 7,448.71 m2 y Renovacion MORDAZA con un area de 4,172.57 m2, estableciendose como deficit de aportes de la zonificacion Comercio Zonal, las correspondiente

a Parques Zonales con un area de 399.18 m2: Servicios Publicos Complementarios Otros fines con un area de 159.67 m2 y Renovacion MORDAZA con un area de 239.50 m2 y que por no encontrar area disponible en terreno seran redimidos en dinero de conformidad con el Art°10, de la Ordenanza N° 836 ­ Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante Valorizacion Nº 012-2010-SGPUCGDU/MDA de fecha 10 de Febrero de 2010 se efectuo la liquidacion referente al deficit de aporte de Recreacion Publica de 3,078.26 m2 y Servicio Publico Complementario Otros Fines con un area 7,448.71 m2 para zonificacion RDM y por Proyectos de Habilitacion MORDAZA, la cual asciende a un monto total de S/. 290,820.77 Nuevos Soles y mediante resolucion Sub Gerencial de Recaudacion y Control Nº 021-2010-MDA-GAT/SGRyC se aprueba el Convenio de Fraccionamiento en 08 cuotas, y con el Recibo: Nº 0006259169 de fecha 28 de MORDAZA del 2010 cancelo la 1º Cuota, con el Recibo Nº 0006328640 de fecha 30 de Junio del 2010 cancelo la 2º Cuota, con Recibo Nº 0006393760 de fecha 03 de Agosto del 2010 cancelo la 3º Cuota, con Recibo Nº 0006393771 de fecha 03 de Agosto cancelo la 4º Cuota, acreditan la cancelacion respectiva quedando pendientes de cancelacion 04 cuotas; Que, mediante Informe N° 175-2010-SYL, de fecha 23 de Agosto de 2010; emitido por el Area de Habilitaciones Urbanas de la Sub Gerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro; se concluye que el presente tramite es procedente, al respetar los planes urbanos y haber cumplido los administrados con presentar los requisitos y pagos estipulados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos Vigente de la Municipalidad Distrital de Ate. Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del capitulo II del articulo 79° de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades y la ley Nº 27444 Ley Procedimiento Administrativo General, asi como de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29090 Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, Ordenanza 836-ML y por el Reglamento Nacional de Edificaciones. SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR de acuerdo con el Plano Signado con el N° 062 - 2010 - SGPUC-GDU/MDA, que forma parte de la presente Resolucion, El Proyecto de Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada del Programa de vivienda denominada "Pariachi 3º Etapa", para uso Residencial de Densidad Media ­ RDM, Comercio Zonal ­ CZ, MORDAZA de Recreacion Publica - ZRP y Proteccion y Tratamiento Paisajista - PTP del terreno MORDAZA de area de 430,480.77 m2; constituido por la Parcela Nº 3 situado en el Ex Fundo MORDAZA de la U.C. Nº 10015, ubicado en el Distrito de Ate, Provincia y Departamento de Lima. Articulo Segundo.- AUTORIZAR al senor MORDAZA SANITAGO POPPE HAGUE; para ejecutar las obras de Habilitacion MORDAZA hasta el 12 de Diciembre del 2013, responsabilizandose la administrada por la culminacion de las mismas y teniendo en cuenta las caracteristicas y especificaciones tecnicas de acuerdo a la siguiente descripcion: CUADRO DE AREAS: AREA BRUTA TOTAL Area Bruta CZ Area Bruta PTP Area Bruta RDM Area Util Total Vivienda Comercio SERPAR Ministerio de Educacion Otros Fines Sedapal Area por Compensar Area de Via Metropolitana Area de Vias Recreacion Publica 430,480.77 m2 7,983.57 m2 5,239.92 m2 417,257.24 m2 207,993.41 m2 188,266.04 m2 7,983.57 m2 1,074.00 m2 9,034.00 m2 896.43 m2 739.37 m2 6,623.08 m2 10,152.00 m2 174,342.60 m2 26,129.76 m2

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.