Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2016 (31/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 180

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NORMAS LEGALES

Sábado 31 de diciembre de 2016 /

El Peruano

lo dispuesto por la Directiva N° 002-2015-SUSALUD/ SG aprobada por Resolución de Secretaria General N° 019-2015-SUSALUD/SG y modificada mediante Resolución de Secretaria General N° 086-2015-SUSALUD/ SG. Regístrese y comuníquese. ELENA ZELAYA ARTEAGA Superintendente 1469191-1

Presupuesto, para los fines correspondientes. Artículo 4.- ENCARGAR a la Oficina de Comunicación Corporativa la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y DISPONER la publicación de la presente Resolución en la página web institucional, conforme a lo dispuesto por la Directiva N° 002-2015-SUSALUD/SG aprobada por Resolución de Secretaría General N° 019-2015-SUSALUD/SG, modificada mediante Resolución de Secretaría General Nº 086-2015-SUSALUD/SG. Regístrese, comuníquese y publíquese ELENA CRISTINA ZELAYA ARTEAGA Superintendente 1469195-1

Designan Superintendente Adjunto de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de SUSALUD
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 198-2016-SUSALUD/S Lima, 30 de diciembre de 2016 VISTOS: La carta de renuncia de fecha 28 de diciembre de 2016 presentada por el señor M.C. Guido Aurelio Merea Longa; el Memorándum N° 02217-2016/OGPER de fecha 29 de diciembre de 2016; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Superintendencia Nº 021-2015-SUSALUD/S, publicada el 06 de febrero de 2015, se aprobó el reordenamiento de cargos del Cuadro de Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Superintendencia Nacional de Salud ­ SUSALUD aprobado por Resolución Ministerial Nº 730-2014/ MINSA, documento de gestión que tiene previsto el cargo de confianza de Superintendente Adjunto de la Superintendencia Adjunta de Supervisión, identificado con el Nº de Orden 033 y Código N° 134042; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 147-2016-SUSALUD/S, publicada el 09 de setiembre del 2016, se designó al señor M.C. Guido Aurelio Merea Longa en el cargo de confianza de Superintendente Adjunto de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de la Superintendencia Nacional de Salud; Que, mediante carta de vistos el señor M.C. Guido Aurelio Merea Longa ha formulado renuncia al cargo de Superintendente Adjunto de la Superintendencia Adjunta de Supervisión que venía desempeñando, por lo que resulta pertinente aceptar la misma, y designar al profesional que desempeñará el citado cargo; Con el visto del Secretario General, de la Encargada de las funciones de la Oficina General de Gestión de las Personas, y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- ACEPTAR LA RENUNCIA, formulada por el señor M.C. GUIDO AURELIO MEREA LONGA al cargo de confianza de Superintendente Adjunto de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de la Superintendencia Nacional de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR, al señor Econ. HERNÁN EDUARDO PENA en el cargo de confianza de Superintendente Adjunto de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de la Superintendencia Nacional de Salud. Artículo 3.- NOTIFÍQUESE la presente resolución a los interesados para conocimiento, a la Oficina General de Gestión de las Personas, Oficina General de Administración y Oficina General de Planeamiento y

Delegan facultades en funcionarios de SUSALUD

determinados

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 200-2016-SUSALUD/S Lima, 30 de Diciembre de 2016 VISTOS: Los Informes Nº 00541-2016/OGAJ y N° 00540-2016/ OGAJ; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1158 se disponen medidas destinadas al fortalecimiento y se encargan nuevas funciones y atribuciones a la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, incluyendo el cambio de su denominación por la de Superintendencia Nacional de Salud, asimismo, mediante Decreto Legislativo N°1289 se dictan disposiciones destinadas a optimizar el funcionamiento y los servicios de la Superintendencia Nacional de Salud; y, mediante el Decreto Supremo N° 008-2014SA, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF, se le asigna el acrónimo SUSALUD y se adecua su estructura orgánica y funcional a sus nuevas competencias; Que, de conformidad con los numerales 1) y 4) del artículo 23 del Decreto Legislativo N° 1158 y los literales a), d) y t) del artículo 10 del citado ROF de SUSALUD, corresponde al Superintendente ejercer la representación legal de la Superintendencia Nacional de Salud ­ SUSALUD; organizar, dirigir y supervisar el funcionamiento de la Institución; expedir resoluciones que correspondan al ámbito de sus funciones; y, por el literal y) del mencionado artículo 10 del ROF en mención, delegar en los servidores públicos de SUSALUD las facultades y atribuciones que no le sean privativas a su función; Que, asimismo, el artículo 11 del mencionado ROF establece que la Secretaría General constituye la máxima autoridad administrativa de la entidad y actúa como nexo de coordinación entre la Alta Dirección y los órganos de administración interna, teniendo entre otras funciones según el literal a) del artículo 12 del ROF en mención, dirigir y supervisar los aspectos administrativos de la institución, asistiendo y asesorando a la Alta Dirección en materias de su competencia; Que, el artículo 33 del señalado ROF establece que la Oficina General de Administración es el órgano de apoyo responsable de gestionar los Sistemas Administrativos de Abastecimiento, Contrataciones del Estado, Bienes Estatales, Contabilidad y Tesorería de SUSALUD, y depende jerárquica y funcionalmente de la Secretaría General; Que, el artículo 35 del citado ROF establece que la Oficina General de Gestión de las Personas es el órgano de apoyo responsable de gestionar en la entidad, el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, y depende jerárquica y funcionalmente de la Secretaría General;

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